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Abjuración

La abjuración es la renuncia solemne y pública a una doctrina herética o a la fe católica, realizada bajo juramento, que constituye un paso esencial para la reconciliación del pecador con la Iglesia. A lo largo de la historia, la Iglesia ha regulado este acto mediante cánones, concilios y decretos, diferenciándolo de la apostasía y vinculándolo estrechamente con el sacramento de la Penitencia. El presente artículo examina su definición, fundamentos canónicos e históricos, modalidades, relación con la penitencia, distinción de la apostasía, aplicación actual y consideraciones pastorales.

Tabla de contenido

Definición y alcance

La abjuración se define como «una negación, desavowal o renuncia bajo juramento» que, en el lenguaje eclesiástico, se limita a la renuncia de la herejía hecha por el hereje penitente al reconciliarse con la Iglesia1. Este acto siempre ha sido acompañado de una penitencia apropiada, y puede incluir la imposición de manos, la unción con crisma o simplemente la profesión de fe1.

Fundamento canónico e histórico

Orígenes patrísticos

  • San Gregorio el Grande (590‑604) describió la práctica de la abjuración en su carta a los obispos de Iberia, señalando que, cuando el bautismo herético era inválido, el hereje debía ser recibido mediante la imposición de manos o la unción con crisma1.

  • Los Concilios de la Antigüedad (Nicaea, Laodicea, Arles) establecieron que la abjuración debía ir acompañada de una profesión solemne de fe y, en algunos casos, de una penitencia1.

Evolución canónica

  • En la época de la Inquisición, surgieron tres tipos de abjuración: de formali (herético notorio), de vehementi (sospecha fuerte) y de levi (sospecha ligera)1.

  • El Código de Derecho Canónico (1917) mantuvo la exigencia de la abjuración para los conversos que habían recibido bautismo válido en una herejía, mientras que los menores de catorce años estaban exentos1.

Tipos de abjuración

Abjuración de forma formal (de formali)

Se exige a herejes notorios o apostatas que renuncien públicamente a sus doctrinas, acompañada de una anatematización de la herejía y sus líderes1.

Abjuración de fuerte sospecha (de vehementi)

Aplicada a católicos fuertemente sospechados de herejía; la renuncia se realiza bajo juramento, aunque con menor gravedad formal1.

Abjuración de ligera sospecha (de levi)

Dirigida a católicos ligeramente sospechados; la fórmula es más breve y la pena menos severa1.

Relación con la penitencia y la reconciliación

El sacramento de la Penitencia es el medio ordinario para la reconciliación del penitente con Dios y con la Iglesia2. La abjuración se presenta como parte integral de la penitencia cuando el pecado implica la adhesión a una herejía; el penitente debe:

  1. Contrición sincera.

  2. Confesión del acto de herejía.

  3. Abjuración formal de la doctrina errónea.

  4. Cumplimiento de la penitencia asignada3.

Diferencia entre abjuración y apostasía

  • Apostasía implica la renuncia total a la fe cristiana (apostasia a fide), considerada el pecado más grave y, tradicionalmente, sujeta a excomunión perpetua sin esperanza de perdón eclesial inmediato4.

  • La abjuración, por el contrario, es una renuncia a una herejía específica mientras se mantiene la fe católica; permite la reconciliación inmediata mediante la penitencia1,4.

Aplicación actual y normativa canónica

Requisitos canónicos contemporáneos

Para que la abjuración sea válida, la Iglesia exige:

  • Decisión interna de abandonar la herejía.

  • Manifestación externa de esa decisión (juramento público).

  • Reconocimiento por la autoridad eclesiástica competente5.

Excepciones y reformas recientes

El Papa Benedicto XVI, en la carta Omnium in Mentem (2009), eliminó ciertas excepciones canónicas que permitían la permanencia en la Iglesia sin una abjuración formal, reforzando la necesidad de una renuncia clara y pública6.

Ejemplos históricos relevantes

  • Arianos: recibidos en Occidente mediante la imposición de manos y en Oriente mediante la unción con crisma, tras su abjuración de la doctrina arriana1.

  • Monofisitas: admitidos con una simple profesión de fe después de renunciar a sus errores doctrinales1.

  • Nestorianos y Eutiquianos: reconciliados mediante abjuración y una profesión solemne de fe en los concilios de Éfeso y Calcedonia1.

Pastoral y consideraciones actuales

Conclusión

La abjuración sigue siendo un instrumento esencial para la reconciliación de los que han caído en la herejía, integrando la renuncia pública, la penitencia sacramental y la profesión de fe. Su evolución histórica y su regulación canónica reflejan la constante preocupación de la Iglesia por preservar la pureza doctrinal mientras ofrece siempre la misericordia divina a los que se arrepienten.

Cuadro resumen

Cuadro resumen[Datos abiertos]
NombreAbjuración
CategoríaTérmino canónico
DefiniciónRenuncia solemne y pública a una doctrina herética o a la fe católica, bajo juramento
Contexto HistóricoRegulado desde los concilios patrísticos (Nicaea, Laodicea, Arles), aplicado en la Inquisición y codificado en el Código de Derecho Canónico de 1917
EjemplosArianos, monofisitas, nestorianos, eutiquianos
Autoridad EclesiásticaBenito XVI

Citas y referencias

  1. Abjuración, The Encyclopedia Press 🔗. Enciclopedia Católica, §Abjuración. 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14
  2. Sección dos los siete sacramentos de la Iglesia, Catecismo de la Iglesia Católica 🔗, § 1497.
  3. El misterio de la Eucaristía en la vida de la Iglesia - II. Nuestra respuesta - C) conversión, Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos. El Misterio de la Eucaristía en la Vida de la Iglesia, § 51 (2021). 2
  4. Apostasía, The Encyclopedia Press 🔗. Enciclopedia Católica, §Apostasía. 2
  5. Dicasterio para los Textos Legislativos. Actus formalis defectionis ab Ecclesia catholica (13 de marzo de 2006), § 1 (2006).
  6. Papa Benedicto XVI. Omnium in Mentem (2009).



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