La Iglesia enseña que la cruz no es objeto de culto por sí misma como si fuera una realidad divina, sino que recibe honor relativo en cuanto imagen y signo del misterio pascual. El II Concilio de Nicea (año 787), en su definición sobre las imágenes sagradas, afirma que deben ser presentadas en las iglesias la figura de la «preciosa y vivificante cruz», y recibir una «saludación» y una «reverencia» adecuadas; pero precisa que esto no equivale al «verdadero culto de fe» que pertenece solo a la naturaleza divina.1
El mismo Concilio explica el principio decisivo: el honor pasa al «prototipo». Por ello, quien venera una imagen reverencia «en ella» al sujeto representado:
«El honor que se tributa a la imagen se transfiere a lo representado; y quien honra la imagen honra en ella al que la imagen representa.»1
En la carta del sínodo al emperador y la emperatriz, el Concilio aborda el sentido del término griego usado para la reverencia (proskýnesis / «reverenciar»). Aclara que, como «veneración» puede tener varios significados, la Escritura enseña que la veneración se da a Dios, mientras que el mandato de «servir» se reserva solo a Dios. Así, queda subrayado que la latría pertenece solo a la divinidad.2
En síntesis doctrinal, la veneración a la cruz expresa dos verdades inseparables:



