Erección de una provincia eclesiástica para Extremadura
Un hito determinante para la realidad contemporánea se encuentra en el acto por el que se estableció en España una provincia eclesiástica en el territorio de Extremadura. En Acta Apostolicae Sedis se indica que los obispos de esa región solicitaron la creación de la nueva circunscripción eclesiástica, y que, con el consentimiento de la Conferencia Episcopal y con la colaboración prevista en el procedimiento canónico, la Santa Sede dispuso constituir la provincia eclesiástica como Emeritensem Augustanam–Pacensem.
En ese mismo acto se detallan consecuencias concretas: se crea la provincia eclesiástica como Iglesia de ese nombre, se establece una sede episcopal en Pacense y se indica el cambio nominal en el rango de la sede metropolitana.
Elevación al rango metropolitano y relación con Sevilla
El documento no se limita a reorganizar límites: también precisa la elevación de la sede al nivel de Iglesia metropolitana. En efecto, se eleva al rango correspondiente al obispo pacense nombrado, asignándole títulos y deberes que se vinculan a las normas del derecho canónico propias de esta condición.
Asimismo, se establece una relación jurisdiccional: la nueva estructura metropolitana queda subordinada a la Iglesia metropolitana de Sevilla.
Una sede con posibilidad de residencia y distribución del servicio
El texto pontificio prevé además aspectos prácticos del gobierno eclesial: el arzobispo metropolitano puede residir en la ciudad de Pacense o Emeritense, y puede colocar otras responsabilidades arcipastorales en un lugar distinto.
Esta previsión refleja que la identidad eclesial de la provincia se articula en torno a una realidad territorial más amplia que una sola ciudad, especialmente por el peso histórico que tiene tanto Mérida como Badajoz en la región.