Un punto de inflexión fundamental llega con la reorganización eclesiástica motivada por el crecimiento de fieles y la necesidad de una estructura más adecuada. En los Acta Apostolicae Sedis se describe la erección de una nueva provincia eclesiástica en Costa Rica, con la que la sede de San José pasa a ocupar un lugar metropolitano estable.,
Traslado de la jurisdicción metropolitana
El texto indica que se exime a la diócesis (entonces «San José de Costa Rica») del derecho metropolitano de la arquidiocesis de Guatemala, integrándola en un orden propio dentro de la nueva provincia.,
Ordenación territorial de la provincia
La documentación expone que el territorio se dividió en partes para constituir, por una parte, la porción que permanecería como diócesis histórica en San José, y por otra, el territorio destinado a nuevas circunscripciones.
Además, se especifica que el territorio de la nueva diócesis Alajuelense y el vicariato apostólico Limonense quedarían vinculados como sufragáneos de la Iglesia metropolitana de San José.
Indicios del rango del arzobispo metropolitano
Los Acta Apostolicae Sedis recogen un aspecto relevante para comprender el rango litúrgico y jurídico: se señala que al arzobispo de San José le correspondería el derecho de llevar la cruz y el uso del palio, siempre que se obtuviera la solicitud y concesión correspondiente por la Sede Apostólica.