Ámbito geográfico tradicional
En la descripción clásica del inicio de la jurisdicción de Tuguegarao, la sede se presenta como una diócesis en Filipinas que abraza las provincias civiles indicadas y los grupos de islas mencionados.
Cambios de límites a lo largo del siglo XX
La historia eclesiástica de Tuguegarao refleja un principio constante: la delimitación de las circunscripciones se ajusta para facilitar la cura pastoral. En varios decretos constan mutaciones y separaciones de territorios, así como nuevas erigidas jurisdicciones.
Incorporaciones desde Nueva Segovia (1936)
Un decreto de 1936 recoge una modificación fronteriza: la petición de un obispo de Nueva Segovia para que, en bien de los fieles, se agregaran a la circunscripción de Tuguegarao determinados territorios que habían quedado separados tras la creación de una prefectura apostólica. Se citan explícitamente distritos como Langanan, Zimigui, Cayapa, y otros distritos definidos por su relación hidrográfica con el río Malig.
Separación de territorios vinculados a la provincia civil de Isabela (1967)
En 1967, el documento pontificio sobre la creación de una nueva prelatura (denominada Bayombongensis) indica que se detractaron territorios de la diócesis de Tuguegaraoana para constituir una nueva circunscripción. El texto describe el territorio por sus fronteras con provincias civiles colindantes y determina la ubicación de la sede.
Creación de la diócesis de Ilagan (1970)
En 1970 se decreta la creación de la diócesis Ilaganensis, nuevamente con la lógica de reorganizar la cura pastoral mediante la sustracción de parte del territorio de Tuguegaraoana y de otra circunscripción (Infantensis). El decreto señala que se forma una nueva diócesis y define su pertenencia eclesiástica como sufragánea de la sede metropolitana indicada en el texto.
Ajustes con la prelatura «nullius» de Infantens (i)s (1954)
Un decreto de 1954 registra que, con el fin de favorecer la administración eclesial, se realiza la separación de un territorio determinado perteneciente a Tuguegaraoana y su anexión perpetua a la prelatura «nullius» de Infantensis. En el texto se menciona el municipio de Palanan y se enumeran parroquias y lugares asociados (por ejemplo, Binatug, Buyasan, Dicamay, Disulap, Gangalan, Ibujan, Tappa), junto con los elementos eclesiásticos vinculados (iglesias, oratorios, casas, cementerios y bienes).
Reordenación de Batanes y Babuyanes (2002)
En 2002 se describen cambios especialmente relevantes para el conjunto insular: el decreto indica que se separan de la prelatura territorial Batanensis y Babuyanensis las islas Babuyanenses, uniéndolas de manera perpetua a la archidiócesis de Tuguegaraoana. Además, el texto decide que la prelatura territorial «Batanes y Babuyanes» pase a denominarse simplemente «Batanes», y fija el modo de dependencia eclesiástica posterior, conectándola con otra provincia eclesiástica.