Auxilio litúrgico

El auxilio litúrgico se refiere a las diversas formas en que los fieles laicos participan en las celebraciones litúrgicas de la Iglesia Católica, asistiendo al clero y contribuyendo a la dignidad y eficacia de los ritos. Esta participación puede ser tanto por ministerios instituidos (lectores y acólitos) como por designación temporal, incluyendo roles como comentadores, cantores y ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión. A lo largo del tiempo, la Iglesia ha buscado fomentar una participación plena, consciente y activa de todos los fieles, reconociendo sus dones y responsabilidades bautismales en la vida litúrgica.
Tabla de contenido
La Naturaleza y el Propósito del Auxilio Litúrgico
La Madre Iglesia desea fervientemente que todos los fieles sean conducidos a una participación plena, consciente y activa en las celebraciones litúrgicas. Esta participación es exigida por la propia naturaleza de la liturgia y es un derecho y deber del pueblo cristiano en virtud del bautismo1. Es la fuente principal y necesaria de la cual los fieles obtienen un verdadero espíritu cristiano1.
El Concilio Vaticano II estableció que en las celebraciones litúrgicas, cada uno, sea ministro o fiel, al desempeñar su función, realice solo y todo aquello que le corresponde por la naturaleza del rito y las normas litúrgicas1. Este principio subraya la importancia de los diversos órdenes y ministerios en la Iglesia, que se manifiestan en la misma organización de la celebración1.
Ministerios Instituidos
En la Iglesia Latina, existen ministerios específicos que están estrechamente relacionados con los ministerios de la Palabra y del Altar: el Lectorado y el Acolitado. Estos ministerios se han conservado y adaptado para incluir las funciones del subdiaconado1.
El Lector
El lector es instituido para la función específica de leer la Palabra de Dios en la asamblea litúrgica, excepto el Evangelio2. También puede dirigir las intenciones de la oración universal y, si es necesario, instruir a los fieles que asisten a la preparación de los sacramentos2. Para desempeñar adecuadamente este ministerio, el lector debe meditar asiduamente las Sagradas Escrituras y procurar adquirir un afecto y conocimiento cada vez más plenos de ellas2.
El Acólito
El acólito es instituido para ayudar al diácono y servir al sacerdote2. Su función es cuidar el servicio del altar y asistir al diácono y al sacerdote en las acciones litúrgicas, especialmente en la celebración de la Misa2,3. Además, como ministro extraordinario, puede distribuir la Sagrada Comunión cuando faltan los ministros ordinarios (obispo, presbítero, diácono) o cuando el número de fieles que se acercan a la mesa eucarística es tan grande que la celebración de la Misa se prolongaría demasiado2,4. En circunstancias extraordinarias, también se le puede encargar exponer públicamente el Santísimo Sacramento para la adoración de los fieles y luego reponerlo, aunque no para bendecir al pueblo2,3. El acólito también puede instruir a otros fieles que, por designación temporal, ayudan al sacerdote o al diácono en las acciones litúrgicas, llevando el misal, la cruz, los cirios, u otros oficios similares2.
Los ministerios de lector y acólito se confieren a hombres de edad adecuada y con dotes determinadas por decreto de la Conferencia Episcopal, mediante un rito litúrgico establecido5,6. Sin embargo, la concesión de tales roles no les da derecho a sustento o remuneración por parte de la Iglesia5,6,7.
Ministerios por Designación Temporal
Además de los ministerios instituidos, los laicos pueden desempeñar funciones litúrgicas por designación temporal6.
Funciones Comunes para Todos los Laicos
Todos los laicos pueden desempeñar las funciones de comentador o cantor, o de otras funciones, según la norma del derecho6. Las Conferencias Episcopales pueden determinar con mayor precisión el lugar adecuado desde donde las mujeres pueden anunciar la Palabra de Dios en la asamblea litúrgica8. A las mujeres se les permite proclamar las lecturas, excepto el Evangelio, proferir las intenciones de la oración universal, moderar el canto del grupo litúrgico y tocar el órgano u otros instrumentos permitidos8. También pueden leer las moniciones que ayudan a los fieles a comprender mejor el rito y realizar ciertas tareas al servicio de la congregación, como recibir a los fieles, disponerlos en los lugares convenientes, organizar procesiones o recoger las ofrendas8.
Funciones Supletorias en Ausencia de Ministros
Cuando la necesidad de la Iglesia lo requiera y falten ministros, los laicos, incluso si no son lectores o acólitos, pueden suplir algunas de sus funciones6. Esto incluye el ministerio de la palabra, presidir oraciones litúrgicas, conferir el bautismo y distribuir la Sagrada Comunión6. Sin embargo, el recurso a ministros extraordinarios en la celebración de la liturgia debe ser solo en caso de verdadera necesidad9. Esto no está previsto para asegurar una participación más plena de los laicos, sino que es por su naturaleza supletorio y provisional9. Si por necesidad se recurre a estos oficios, se deben multiplicar las oraciones especiales y continuas al Señor para que envíe pronto sacerdotes al servicio de la comunidad y suscite abundantes vocaciones a los órdenes sagrados9.
Participación Femenina en el Auxilio Litúrgico
Aunque tradicionalmente el acolitado y lectorado instituido estaban reservados a hombres2, el Papa Francisco ha abierto estos ministerios a las mujeres, reconociendo que las mujeres ya ejercen estas funciones de facto y que es importante formalizar su servicio a la Iglesia10. Esta decisión se basa en la antigua tradición de la Iglesia, donde el ministerio del lector y del acólito estaba reservado a los varones2. Sin embargo, la Iglesia ha evolucionado en su comprensión de estos roles, permitiendo una mayor participación de las mujeres de acuerdo con las necesidades pastorales y la dignidad de los bautizados.
Conclusión
El auxilio litúrgico es un aspecto vital de la vida de la Iglesia, que permite a los fieles laicos participar activamente en la alabanza y el culto a Dios. A través de ministerios instituidos como el lectorado y el acolitado, así como de funciones temporales, los laicos contribuyen a la riqueza y diversidad de las celebraciones litúrgicas, manifestando la naturaleza de la Iglesia como un cuerpo con muchos miembros y diversas funciones, todos unidos en el servicio a Cristo y a su pueblo. La Iglesia sigue promoviendo esta participación, siempre bajo la guía de las normas litúrgicas y la supervisión del clero, para asegurar la dignidad y el orden en el culto divino.
Citas
Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Institutione Lectorum et Acolythorum de Admissione Inter Candidatos ad Diaconatum et Presbyteratum de Sacro Caelibatu Amplectendo (La Institución de Lectores y Acólitos, la Admisión de Candidatos al Diaconado y al Presbiterado, y el Rito de Abrazar el Celibato Sagrado), § 4. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Institutione Lectorum et Acolythorum de Admissione Inter Candidatos ad Diaconatum et Presbyteratum de Sacro Caelibatu Amplectendo (La Institución de Lectores y Acólitos, la Admisión de Candidatos al Diaconado y al Presbiterado, y el Rito de Abrazar el Celibato Sagrado), § 6. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10
Caput ii de institutione acolythorum, Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Institutione Lectorum et Acolythorum de Admissione Inter Candidatos ad Diaconatum et Presbyteratum de Sacro Caelibatu Amplectendo (La Institución de Lectores y Acólitos, la Admisión de Candidatos al Diaconado y al Presbiterado, y el Rito de Abrazar el Celibato Sagrado), § 18. ↩ ↩2
Capítulo i. La celebración eucarística, Código de Derecho Canónico, § 910 (1983). ↩
Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Institutione Lectorum et Acolythorum de Admissione Inter Candidatos ad Diaconatum et Presbyteratum de Sacro Caelibatu Amplectendo (La Institución de Lectores y Acólitos, la Admisión de Candidatos al Diaconado y al Presbiterado, y el Rito de Abrazar el Celibato Sagrado), § 7. ↩ ↩2
Título ii. Las obligaciones y derechos de los fieles cristianos laicos, Código de Derecho Canónico, § 230 (1983). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6
Capítulo ii. Los obispos, Código de Derecho Canónico, § 408 (1983). ↩
Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción Liturgicae instaurationes (5 de septiembre de 1970), § 7 (1970). ↩ ↩2 ↩3
Capitolo vii - I compiti straordinari dei fedeli laici, Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción Redemptionis Sacramentum (19 de marzo de 2004), § 151 (2004). ↩ ↩2 ↩3
Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Carta de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos a los Presidentes de las Conferencias Episcopales sobre el Rito de Institución de los Catequistas (3 de diciembre de 2021) (2021). ↩