Rechazo de una conducta mala
La aversión al mal consiste en desaprobar aquello que se opone a la razón y a la ley moral. No equivale a despreciar a quien ha obrado mal: permite condenar el pecado y, al mismo tiempo, reconocer la dignidad de la persona y desear su conversión.
La contrición cristiana incluye precisamente el pesar por el pecado y la detestación del mal cometido, junto para no volver a pecar. Su objeto es el pecado, no la eliminación de quien lo ha cometido.
Por ello, el rechazo de una acción injusta no constituye por sí mismo una falta moral. La ira o el dolor ante un daño tampoco bastan para determinar la culpabilidad: el rechazo se vuelve desordenado cuando excede lo que justifica la ofensa y se transforma en un deseo injusto de mal para quien la causó.
Enemistad contra una persona
La aversión personal aparece cuando alguien dirige su rechazo contra otra persona, desea su desgracia o se complace en aquello que la desacredita. La teología moral clásica la describe como enemistad -odium inimicitiae- y la diferencia del rechazo de una cualidad o conducta mala, denominado odium abominationis.
La enemistad voluntaria es contraria a la caridad porque convierte a la persona, y no al mal cometido, en objeto del rechazo. Su gravedad depende de la materia y de la medida del acto; la tradición distingue, como en otros pecados, entre faltas veniales y graves. Para que un acto constituya pecado mortal también cuentan el conocimiento suficiente y el consentimiento libre.,