La constitución reorganizó la Curia mediante una reducción y agrupación de dicasterios. El propósito consistió en unir organismos con finalidades semejantes o complementarias, evitar la duplicación de competencias y mejorar la eficacia de la acción institucional.
La estructura comprende, en términos generales:
- La Secretaría de Estado.
- Los dicasterios.
- Los organismos de justicia.
- Los organismos económicos.
- Las oficinas de la Curia Romana.
- Las instituciones vinculadas a la Santa Sede.
- Otras entidades previstas por el derecho particular.
Los responsables de las instituciones curiales deben informar con regularidad al romano pontífice acerca de los asuntos actuales, las actividades y los programas de sus organismos.
Secretaría de Estado
La Secretaría de Estado ocupa una posición central en la coordinación de la actividad de la Santa Sede. Su función se relaciona con la asistencia inmediata al papa, la coordinación de los distintos organismos curiales y las relaciones de la Santa Sede con la Iglesia universal y con la comunidad internacional.
El secretario de Estado coordina, de acuerdo con el papa, las reuniones de los responsables de las instituciones curiales destinadas a favorecer la coherencia y la transparencia del trabajo de la Curia.
Dicasterio para la Evangelización
El Dicasterio para la Evangelización ocupa un lugar especialmente relevante en la nueva organización. El romano pontífice lo preside directamente y cada una de sus dos secciones queda dirigida en su nombre y por su autoridad por un proprefecto.
Una de sus secciones atiende los informes quinquenales y las visitas ad limina Apostolorum de las Iglesias particulares confiadas a su competencia. Otra sección trabaja en el ámbito de la cultura y promueve el diálogo con quienes, aunque no profesen una religión concreta, buscan sinceramente la verdad sobre Dios. También expresa la preocupación pastoral de la Iglesia por quienes no profesan ninguna fe religiosa.
Dicasterio para la Doctrina de la Fe
El Dicasterio para la Doctrina de la Fe tiene como misión promover y proteger la doctrina católica sobre la fe y las costumbres. Su función se sitúa al servicio de la unidad doctrinal de la Iglesia y de la transmisión íntegra del Evangelio.
La existencia de este dicasterio manifiesta que la descentralización propuesta por Praedicate Evangelium no permite una diversidad ilimitada en materia de fe o moral. Las competencias episcopales locales deben respetar la unidad doctrinal de la Iglesia universal.
Dicasterio para los Obispos
El Dicasterio para los Obispos atiende las cuestiones relacionadas con la constitución y provisión de las Iglesias particulares y con el ejercicio del ministerio episcopal en la Iglesia latina, sin perjuicio de la competencia del Dicasterio para la Evangelización.
Su actividad se relaciona especialmente con la selección de candidatos al episcopado, la organización de las diócesis y el acompañamiento del ministerio de los obispos, siempre dentro de la autoridad del papa.
Otros dicasterios
La reforma integró o reorganizó competencias relativas a materias como:
La agrupación de competencias pretende favorecer una visión menos fragmentada de la misión eclesial. La evangelización, la vida familiar, la defensa de la vida, la cultura, la justicia social y el diálogo con las religiones forman parte de la responsabilidad pastoral de la Iglesia universal.