Fundamento petrino
La Iglesia católica profesa que Jesucristo confió a san Pedro una misión singular entre los apóstoles. El obispo de Roma ejerce esa misión como sucesor de Pedro. El primado romano no constituye una simple precedencia honorífica ni una primacía derivada de la antigüedad, del prestigio político de Roma o de una concesión posterior de otros obispos.
La doctrina católica vincula el primado a los textos evangélicos relativos a Pedro, especialmente a la confesión de Cesarea de Filipo, a la entrega de las llaves, al mandato de confirmar a los hermanos y a la misión de apacentar el rebaño de Cristo. La tradición doctrinal romana resume esta convicción afirmando que la Iglesia de Roma posee el primado por la palabra evangélica del Señor y Salvador, y no por una disposición sinodal semejante a la que estableció otros primados.
La sucesión apostólica garantiza la continuidad de esta misión. San Ireneo de Lyon vinculó la Iglesia romana con la predicación de los apóstoles Pedro y Pablo y con la sucesión de sus obispos. Al explicar su autoridad doctrinal, presentó la concordancia con Roma como un criterio especialmente significativo para custodiar la tradición apostólica.
El testimonio de Ireneo no debe aislarse de la vida de la Iglesia antigua ni convertirse en una fórmula simplista. Su argumento incluye la sucesión episcopal, la conservación pública de la fe y la concordia de las Iglesias. La Iglesia universal conserva una misma fe en lugares y culturas diversas, sin que la variedad de lenguas o costumbres altere el contenido de la tradición apostólica.
Naturaleza divina del primado
La teología católica distingue entre lo que pertenece a la estructura esencial de la Iglesia y lo que pertenece a su organización histórica. Los patriarcados y primados regionales pueden configurarse mediante la costumbre, la disciplina eclesiástica y las decisiones de los concilios. El primado universal del papa, por el contrario, pertenece al esse de la Iglesia, es decir, a su constitución fundamental.
Esta doctrina fue definida solemnemente por el Concilio Vaticano I en la constitución dogmática Pastor aeternus, promulgada en 1870. La definición enseña que la Sede Apostólica y el Romano Pontífice poseen el primado sobre toda la Iglesia; también identifica al papa como sucesor de san Pedro, vicario de Cristo y cabeza visible de la Iglesia.
La formulación doctrinal recogida por el Concilio Vaticano I atribuye al papa la plenitud de potestad para apacentar, regir y gobernar la Iglesia universal. Esta potestad no procede de una delegación del colegio episcopal ni de un acuerdo entre Iglesias particulares, aunque su ejercicio debe orientarse al bien de la comunión eclesial y respetar la naturaleza propia de las Iglesias particulares y de los obispos.
Sucesión y permanencia
El primado no terminó con la muerte de Pedro. La doctrina católica sostiene que Pedro tiene sucesores perpetuos en el primado universal y que el obispo de Roma desempeña ese oficio en cada generación. El fundamento del primado, por tanto, incluye tanto la misión confiada a Pedro como la continuidad histórica de la sede romana.
La sucesión romana aparece muy pronto asociada a la conservación de la tradición apostólica. San Ireneo enumera a los primeros obispos de Roma desde Linus, pasando por Anacleto y Clemente, y presenta esta sucesión como una garantía de continuidad doctrinal desde los apóstoles.