La etapa fundacional
En 1484, la comunidad de Beatriz comenzó su existencia en los Palacios de Galiana. La presencia de doce compañeras expresa el carácter comunitario de la fundación, aunque el número posee también resonancias simbólicas propias del lenguaje religioso medieval. El monasterio necesitaba todavía una aprobación eclesiástica que regularizara su identidad, sus bienes, su gobierno y su disciplina.
La aprobación de Inter Universa
La bula de Inocencio VIII aprobó el monasterio y sus normas principales. El pontífice actuó a petición de Beatriz y de Isabel la Católica, lo que muestra la cooperación entre la iniciativa de una fundadora y la protección de la autoridad regia.
Inter Universa no debe identificarse sin más con la regla definitiva de la Orden. El documento autorizó la fundación y confirmó las disposiciones iniciales, pero la propia historia jurídica de la institución continuó después de la muerte de Beatriz.
La muerte de la fundadora y la continuidad institucional
Beatriz murió antes de iniciar plenamente la vida regular conforme a la autorización pontificia, según el relato presentado por Pablo VI. A pesar de ello, sus discípulas y los Frailes Menores conservaron y desarrollaron su proyecto. La comunidad no desapareció, sino que progresó hasta adquirir una configuración propia.
La continuidad de la fundación demuestra que la Orden no dependió solo de la presencia física de su fundadora. Las primeras religiosas asumieron su carisma y lo transmitieron dentro de una estructura eclesial estable.
La regla propia de 1511
La Orden obtuvo su regla propia en 1511, varios años después de la muerte de Beatriz. Este dato resulta fundamental para comprender la evolución jurídica de la institución: la autorización de 1489 permitió el establecimiento inicial, mientras que la regla de 1511 proporcionó una forma normativa más completa a la vida concepcionista.
La regla desarrolló la identidad contemplativa de las religiosas, su clausura, la disciplina comunitaria y su orientación hacia la imitación de María en el misterio de su Concepción Inmaculada. La tradición franciscana desempeñó un papel determinante en la consolidación posterior de la Orden.
Diferencia entre las bulas y otros actos posteriores
La bula Inter Universa, de 1489, pertenece a la etapa inicial y fundacional. No equivale a la regla de 1511 ni a las disposiciones pontificias posteriores que afectaron a la celebración litúrgica de la Concepción de María.
En el siglo XVII, por ejemplo, Inocencio X permitió que la fiesta de la Concepción de la Virgen María tuviera carácter obligatorio en los reinos de España, al retirar para esos territorios el obstáculo derivado de una constitución anterior de Urbano VIII. Esta medida favoreció el ambiente litúrgico y devocional en el que se desarrollaba el concepcionismo, pero no constituyó la aprobación original de la Orden fundada por Beatriz.