El celibato sacerdotal se define como el estado de continencia perpetua y exclusiva asumido por los ministros ordenados, especialmente obispos, presbíteros y diáconos en la tradición latina. No implica una renuncia al amor humano, sino su sublimación en una donación total a la Iglesia, imitando la virginidad de Cristo y de María.2
Esta disciplina distingue claramente entre el sacerdocio ministerial y el sacerdocio común de los fieles, ordenando al sacerdote de manera más estricta al servicio de la comunidad eclesial.4 Como señala el Magisterio, el celibato no es una imposición arbitraria, sino una consecratio que libera el corazón del sacerdote para dedicarse íntegramente a Dios y a los hombres, facilitando una paternidad espiritual más amplia.5,4
Diferencia con la continencia
Es preciso diferenciar el celibato (abstinencia de matrimonio) de la continencia (abstinencia de relaciones conyugales). En la Iglesia primitiva, muchos clérigos casados practicaban la continencia postordenación, es decir, se abstenían de relaciones sexuales tras recibir las órdenes sagradas.1,6
