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Celibato voluntario

El celibato voluntario en la tradición católica es la elección libre y perpetua de abstenerse del matrimonio y las relaciones sexuales por amor al Reino de Dios, imitando la vida de Jesús y configurándose más plenamente a Cristo. Este don divino, recomendado por el Evangelio, se manifiesta en el sacerdocio, la vida consagrada y entre algunos laicos, destacando su valor escatológico como signo de la vida eterna y estímulo para la caridad pastoral. A lo largo de la historia, la Iglesia lo ha promovido como medio para una mayor unión con Dios y fecundidad espiritual, diferenciándolo del celibato impuesto y adaptándolo a diversas vocaciones, siempre con raíces en la Escritura y el Magisterio.1,2,3

Tabla de contenido

Definición y características esenciales

El celibato voluntario se define como un estado de vida en el que una persona, por gracia divina, renuncia libremente al matrimonio para dedicarse por completo al servicio de Dios y de la Iglesia. No es un mero abstencionismo, sino una afirmación positiva de la entrega total al Señor, que implica continencia perfecta y perpetua.4

Esta elección surge de un llamado personal, como lo expresó Jesús: «No todos comprenden esta enseñanza, sino sólo aquellos a quienes se les ha concedido» (Mt 19,11).5,3 Se distingue del celibato por defectos naturales o forzados, siendo específicamente «por el Reino de los Cielos» (Mt 19,12).3

Entre sus características principales figuran:

En la doctrina católica, este celibato no menosprecia el matrimonio, sino que lo complementa, recordando la superioridad del Reino.7

Fundamento bíblico

La Sagrada Escritura presenta el celibato voluntario como un carisma evangélico para la mayor entrega a Dios. Jesús mismo vivió célibe, sin lazos familiares, para proclamar el Reino, pidiendo a sus discípulos dejar «todo», incluyendo esposa e hijos (Lc 18,29).5

En el Evangelio de Mateo, Cristo distingue tres tipos de eunucos: los nacidos tales, los castrados por hombres y «los que se han hecho tales por el Reino de los Cielos» (Mt 19,12), elevándolo a un ideal accesible por gracia divina.3 San Pablo lo elogia en Primera Corintios: «El soltero se preocupa de las cosas del Señor, de cómo agradar al Señor» (1 Cor 7,32), recomendándolo para un servicio undivided.2

Este fundamento escatológico apunta al Cielo, donde «no se tomarán esposa ni marido» (Mc 12,25), haciendo del celibato un anticipo de la resurrección gloriosa.6,9 Así, es un signo profético de la unión nupcial con Dios.10

Desarrollo histórico en la Iglesia

En la Iglesia primitiva

Desde los orígenes, el celibato fue valorado, aunque no siempre obligatorio. San Pablo permitía obispos casados, pero «marido de una sola mujer» (1 Tm 3,2), excluyendo poligamia o segundas nupcias.11 En Oriente, persiste la tradición de presbíteros casados; en Occidente, surgió como práctica recomendada.12

El Concilio de Elvira (ca. 300) fue pionero, exigiendo continencia a clérigos ordenados (canon 33).2,11 Eusebio y Sócrates relatan cómo San Pafnucio defendió en Nicea (325) que no se separaran a los casados antes de la ordenación.11

Edad Media y Concilios ecuménicos

En Occidente, se fortaleció con concilios provinciales y papas. El II Concilio de Cartago (390) afirmó: «Lo que los Apóstoles enseñaron y la Iglesia antigua guardó, lo observemos también nosotros».2 Trento (1563) lo sancionó solemnemente para la Iglesia latina.1

En Oriente, el Concilio Trulano (692) permitió presbíteros casados, pero no obispos.12 Esta diversidad disciplina persiste, reconociendo el celibato como apto, no esencial al sacerdocio.12

Celibato en el sacerdocio católico

Iglesia latina

En la tradición latina, el celibato es norma para presbíteros y diáconos permanentes (no para estos últimos). Es un «don precioso» para la Iglesia, radicado en la configuración a Cristo Cabeza.13 Pablo VI en Sacerdotalis Caelibatus (1967) lo defendió contra objeciones modernas, destacando su promoción por pontífices.1

Juan Pablo II lo llamó «traduccion canónica de una realidad teológica», ligada al «dinamismo del don» sacramental.14 Facilita el amor esponsal al Pueblo de Dios.13,10

Iglesias orientales

Aquí, obispos son célibes, pero diáconos y presbíteros pueden ser casados antes de la ordenación (CCEO cc. 373, 758). Esta praxis, legítima, enriquece la unidad católica.12

Celibato en la vida consagrada

La vida religiosa asume el celibato como voto de castidad en los consejos evangélicos. Monjes como Antonio, Basilio y Benito lo vivieron radicalmente, preservando la fe y cultura.8 Pío XII en Sacra Virginitas (1954) lo extendió a institutos seculares y laicos por promesa privada.4

El Ordo Virginum, revivido por Pablo VI, consagra vírgenes para el servicio diocesano, imitando a María.5 Es «matrimonio espiritual» con Cristo.6

Celibato entre los laicos

No solo clérigos o religiosos: laicos célibes por voto privado sirven libremente, como misioneros o en apostolados.4 Juan Pablo II en Mulieris Dignitatem lo vinculó a la vocación escatológica femenina y masculina.3 En Familiaris Consortio, animó a matrimonios a valorarlo como ejemplo de fidelidad.7

Significado teológico y espiritual

Teológicamente, el celibato es signo escatológico: anticipa la glorificación del cuerpo, más allá de la muerte.6 Juan Pablo II lo integró en su «teología del cuerpo»: renuncia carnal para don espiritual a la Iglesia, imitando la Esposa de Cristo.6,10

Espiritualmente, une al celibato con la fecundidad: «ser padre y madre de muchos» en lo espiritual.7,9 Es superior al matrimonio para clinging a Dios, no por desprecio, sino por mayor expedición a la santidad.9

«El celibato para el Reino de los Cielos […] es una afirmación que surge del descubrimiento del don».10

Desafíos contemporáneos y testimonios

Hoy, enfrenta secularización, pero el Magisterio lo reafirma. Juan Pablo II en 1988 elogió su testimonio de amor crístico.13 Obispos ingleses en Cherishing Life (2004) destacaron su rol en renovación eclesial.8

Testimonios como el de religiosos y sacerdotes fieles inspiran, mostrando su gracia sustentadora.1

Enseñanza del Magisterio actual

Vaticano II en Presbyterorum Ordinis (16) lo vinculó a la santidad sacerdotal.9 El Catecismo (1579-1580) distingue disciplinas latina y oriental.12 Francisco y predecesores mantienen la norma latina, permitiendo excepciones orientales.

En resumen, el celibato voluntario es tesoro eclesial: don para Reino, camino santidad y signo Cielo. Invita a discernir vocaciones, valorando matrimonio y celibato en armonía.

Citas

  1. Celibato en la vida de la Iglesia, Papa Pablo VI. Sacerdotalis Caelibatus, § 36 (1967). 2 3 4

  2. Papa Pío XI. Ad Catholici Sacerdotii, § 43 (1935). 2 3 4

  3. VI. Maternidad – Virginidad – Virginidad por el Reino, Papa Juan Pablo II. Mulieris Dignitatem, § 20 (1988). 2 3 4 5

  4. Papa Pío XII. Sacra Virginitas, § 6 (1954). 2 3

  5. I. La vocación y testimonio del ordo virginum – Los fundamentos bíblicos de la virginidad consagrada, Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica. Ecclesiae Sponsae Imago, § 15 (2018). 2 3

  6. Paul Goudreau. Jesús y Pablo sobre el Significado y Propósito de la Sexualidad Humana, § 41 (2020). 2 3 4 5

  7. Parte dos el plan de Dios para el matrimonio y la familia – Matrimonio y virginidad o celibato, Papa Juan Pablo II. Familiaris Consortio, § 16 (1981). 2 3 4

  8. Celibato consagrado, Conferencia de Obispos Católicos de Inglaterra y Gales. Cherishing Life, § 115 (2004). 2 3

  9. Lawrence J. Welch y Guy Mansini O.S.B. Reflexiones sobre Presbyterorum Ordinis, § 16 (2007). 2 3 4

  10. Lawrence J. Welch y Guy Mansini O.S.B. Reflexiones sobre Presbyterorum Ordinis, § 21 (2007). 2 3 4

  11. Celibato del clero, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, § Celibato del Clero (1913). 2 3

  12. Celibato, Edward G. Farrugia. Diccionario Enciclopédico del Oriente Cristiano, § Celibato (2015). 2 3 4 5

  13. A un grupo de obispos de los Estados Unidos de América en su visita ad limina, Papa Juan Pablo II. A un grupo de obispos de los Estados Unidos de América en su visita ad limina (24 de octubre de 1988), § 6 (1988). 2 3

  14. Papa Juan Pablo II. A los participantes del Simposio Internacional sobre Pastores Dabo Vobis (28 de mayo de 1993) – Discurso, § 2 (1993).