Clérigo

En la Iglesia Católica, un clérigo es una persona que ha sido legítimamente recibida en las filas del clero, la jerarquía eclesiástica divinamente instituida, distinta del laicado. Esta distinción se remonta a los tiempos del Nuevo Testamento. La palabra «clérigo» se deriva del griego kleros, que significa «lote» o «porción», indicando que los clérigos han tomado al Señor como su herencia. Si bien su sentido estricto se refiere a aquellos que han recibido al menos la tonsura (históricamente, ahora la ordenación), en un sentido más amplio, las leyes canónicas pueden extender los privilegios clericales a miembros de órdenes religiosas y otros que se dedican al servicio de la Iglesia. Los clérigos tienen obligaciones específicas, incluyendo el vestuario, la conducta moral, la obediencia a los obispos y la prohibición de ciertos negocios seculares, aunque la naturaleza de estas obligaciones ha evolucionado con el tiempo. El ministerio clerical se ejerce en diversos grados a través del sacramento del Orden Sagrado: obispos, presbíteros (sacerdotes) y diáconos, cada uno con funciones y gracias sacramentales distintas para el servicio del Pueblo de Dios.
Tabla de contenido
Origen y Significado del Término
El término clérigo (del latín clericus, que a su vez viene del griego kleros) significa originalmente «lote» o «porción»1. En la Septuaginta, la traducción griega del Antiguo Testamento, se usa con frecuencia en su sentido literal. Sin embargo, en la Primera Epístola de San Pedro (1 Pe 5,3), se aplica a todo el cuerpo de los fieles1,2. El uso de la palabra con su significado restringido actual, refiriéndose a aquellos en el ministerio eclesiástico, aparece ya en el siglo III, en escritos de autores como Tertuliano, Orígenes y Clemente de Alejandría1.
Una explicación común para la evolución del significado es que, de «lote» o «porción», llegó a significar un «lote» u «oficio» particular asignado a alguien, y finalmente, la persona misma que posee ese lote u oficio1. El Pontificale Romanum y San Jerónimo refieren a los clérigos como aquellos cuya «suerte» es el Señor mismo, una idea que se encuentra también en el Catecismo del Concilio de Trento, donde se explica que el clérigo toma al Señor como su herencia, similar a los levitas entre los judíos a quienes se les prohibió tener parte de la tierra, diciendo Dios: «Yo soy tu porción y herencia»3. Aunque estas palabras son aplicables a todos los fieles, se aplican de manera especial a quienes se consagran al servicio de Dios3.
Distinción entre Clero y Laicado
La distinción entre clero y laicado es fundamental en la Iglesia Católica y se considera de derecho divino1. Cristo no encomendó la predicación del Evangelio y la administración de los sacramentos a todos los fieles en general, sino a personas específicas, como los Apóstoles y los setenta y dos Discípulos1. Estos últimos recibieron el poder de gobernar a las comunidades, simbolizado por las Llaves1.
La distinción entre clero y laicado ya era reconocida en los tiempos del Nuevo Testamento. San Pablo afirma que los obispos han sido puestos por el Espíritu Santo para gobernar la Iglesia (Hch 20,28), y el derecho a gobernar implica una obligación correlativa de obedecer. Los presbíteros son constantemente distinguidos de los laicos en las Epístolas Paulinas1.
El Código de Derecho Canónico de 1983 define claramente a quienes, por recibir el sacramento del orden, se convierten en «ministros sagrados que en el derecho también se llaman clérigos», y a los «demás miembros de los fieles cristianos… llamados laicos» (can. 207)4. Esta distinción es importante para la estructura de la Iglesia.
Grados del Sacramento del Orden Sagrado
El ministerio eclesiástico divinamente instituido se ejerce en diferentes grados, llamados desde tiempos antiguos obispos, presbíteros y diáconos5. Estos tres son los grados del sacramento del Orden Sagrado.
Obispos
Los obispos reciben la plenitud del ministerio pastoral y son los herederos de la plenitud del ministerio apostólico. En su eparquía (diócesis), el obispo tiene la responsabilidad principal de enseñar la Palabra de Dios, guiar al Pueblo de Dios y santificarlos6. El ministerio santificador propio de un obispo incluye la ordenación de otros obispos, presbíteros y diáconos, la consagración del Santo Crisma y la consagración de los antimensia6. Los obispos, ayudados por presbíteros y diáconos, tienen el deber de enseñar auténticamente la fe, celebrar el culto divino (especialmente la Eucaristía) y guiar a sus Iglesias como verdaderos pastores, con una responsabilidad que abarca todas las Iglesias, con y bajo el Papa7.
Presbíteros (Sacerdotes)
Los presbíteros son co-trabajadores de los obispos7. Son consagrados para predicar el Evangelio, pastorear a los fieles y celebrar el culto divino8. Bajo la autoridad del obispo, santifican y gobiernan la parte del rebaño del Señor que se les ha confiado8. Los presbíteros celebran los Misterios de Bautismo, Crismación (Confirmación en rito latino), Eucaristía, Penitencia, Unción de los Enfermos y Matrimonio, así como otras bendiciones y consagraciones para las necesidades de los fieles6. En el sacramento del Orden, los obispos y presbíteros, por la unción sacerdotal, son conformados a Cristo Sacerdote de tal manera que pueden actuar en la persona de Cristo Cabeza8.
Diáconos
Los diáconos son ordenados «no para el sacerdocio, sino para el ministerio de servicio»8. Fortalecidos por la gracia sacramental, en comunión con el obispo y su grupo de presbíteros, sirven en el diaconado de la liturgia, de la palabra y de la caridad al Pueblo de Dios8. Los diáconos son puestos por el obispo para el servicio litúrgico junto con el obispo o presbítero, pero también para otros ministerios relacionados con la enseñanza y la asistencia al Pueblo de Dios en sus necesidades, especialmente a los pobres y enfermos6.
Extensión del Significado y Privilegios Clericales
Si bien en sentido estricto un clérigo es quien ha recibido la ordenación (o históricamente, la tonsura)1, el término puede tener una extensión de significado en el derecho canónico. Se emplea para referirse a todos aquellos a quienes se han extendido los privilegios clericales. Esto incluye a miembros de órdenes religiosas como monjes y monjas, e incluso hermanos legos y novicios1. También se aplica a terciarios de órdenes mendicantes, ermitaños y vírgenes o célibes cuyos votos han sido aprobados por el obispo, siempre que cumplan ciertas condiciones de vida en comunidad o aprobación eclesiástica1. Incluso miembros de órdenes militares religiosas, como los Caballeros Templarios y los actuales Caballeros Teutónicos y de Malta, son considerados clérigos en este sentido amplio1.
Históricamente, los privilegios clericales eran significativos y reconocidos por los gobiernos seculares, aunque en la actualidad la mayoría de estos privilegios garantizados por el poder civil han sido eliminados1.
Obligaciones de los Clérigos
Los clérigos tienen obligaciones específicas inherentes a su estado:
Vestimenta: Deben usar un atuendo adecuado a su estado. Aunque el derecho canónico común no detalla cada aspecto, numerosas prescripciones canónicas, constituciones pontificias y decretos de concilios ordenan que los clérigos no vistan como laicos y deben abstenerse de colores llamativos. En muchos lugares, se prescribe el uso de la sotana o la vestimenta que los distinga de los laicos, como el traje de color sobrio y el cuello romano1.
Comercio y Negocios Seculares: Se les prohíbe dedicarse al comercio y los negocios seculares con fines de lucro. En épocas tempranas, se permitía buscar el sustento necesario mediante el trabajo, y esto sigue siendo permitido si el clérigo no recibe el apoyo adecuado de fuentes eclesiásticas. Sin embargo, lo que está específicamente prohibido es el comercio con ánimo de lucro1. No se prohíbe la administración de bienes de un beneficio eclesiástico o invertir dinero a interés, lo que se considera equivalente a la gestión económica en las circunstancias modernas. Sin embargo, el juego en bolsa sigue siendo una forma ilícita de comercio para los clérigos1.
Relaciones con el Sexo Opuesto: Existen leyes estrictas sobre las relaciones de los clérigos con personas del otro sexo. Deben ajustarse a los cánones en todo lo que respecta a permitir que mujeres vivan en sus casas, y sobre todo, deben evitar asociarse con aquellas cuya moralidad cause la menor sospecha1.
Diversiones Inapropiadas: Se les prohíben diversiones indecorosas, como frecuentar obras de teatro y espectáculos impropios, visitar tabernas, participar en juegos de azar, portar armas o dedicarse a la caza. Sin embargo, cuando no hay impropriedad inherente en tales actividades, la costumbre legítima y las prescripciones sinodales pueden hacerlas permisibles1.
Obediencia: Los clérigos están obligados a obedecer a sus obispos diocesanos en todos los asuntos determinados por el derecho canónico. Esta obligación se fortalece para los sacerdotes por la promesa solemne hecha en la ordenación y para los titulares de beneficios por el juramento canónico1. La sujeción al obispo en asuntos lícitos, sin embargo, no es un voto1.
Pérdida de Privilegios Clericales
Aunque el carácter sacramental recibido en las Órdenes Sagradas es imborrable, incluso los clérigos de órdenes superiores pueden ser degradados de su dignidad y reducidos a lo que técnicamente se denomina comunión laical. Esto también aplica a los clérigos de órdenes inferiores. Sin embargo, si un clérigo que solo ha recibido órdenes menores o incluso la tonsura es restaurado al estado clerical después de haber perdido sus privilegios, esta restitución no se considera una nueva conferición de la tonsura o las órdenes menores, sino meramente ceremonial1. Esto indica que incluso los clérigos menores tienen una conexión estable con el orden jerárquico1.
Órdenes Religiosas Clericales
Dentro de las órdenes regulares en sentido estricto, cuyos miembros emiten votos solemnes, existe una gran clase designada como clérigos regulares (clerici regulares). Se les llama así porque viven según una regla (regula). A diferencia de las órdenes monásticas, estas órdenes clericales fueron instituidas para ejercer un ministerio similar al de los clérigos seculares, promoviendo el culto divino y procurando la salvación de las almas. Su objetivo principal es el servicio espiritual y temporal al prójimo, a través de la educación de la juventud, la predicación, el servicio a los enfermos, etc. Las órdenes de clérigos regulares se fundaron por primera vez en el siglo XVI, e incluyen a los jesuitas, teatinos, barnabitas y otros. Muchas congregaciones religiosas que no son órdenes en sentido estricto, como los pasionistas y redentoristas, siguen un modo de vida similar1.
Conclusión
El clérigo en la Iglesia Católica es una figura definida por su recepción en la jerarquía eclesiástica a través del sacramento del Orden Sagrado. Esta vocación implica una dedicación especial al servicio de Dios y del Pueblo de Dios, con roles específicos como obispos, presbíteros y diáconos. La naturaleza de su ministerio es sacramental e indelible, aunque sus privilegios y obligaciones canónicas se han adaptado a lo largo de la historia. A pesar de los cambios, la distinción entre clero y laicado sigue siendo fundamental para la estructura y la misión de la Iglesia, con los clérigos sirviendo como «testigos asignados» para la asamblea de los fieles, y con la constante necesidad de que esta distinción se viva con humildad y en servicio mutuo, evitando el clericalismo9.
Citas
Clérigo, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, §Clérigo. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10 ↩11 ↩12 ↩13 ↩14 ↩15 ↩16 ↩17 ↩18 ↩19 ↩20 ↩21 ↩22 ↩23
Ryan Miller. «Clerical» y «Laical» como Términos Análogos, § 5. ↩
Los sacramentos - Las órdenes sagradas - El nombre «clérigo», Papa Pío V. Catecismo del Concilio de Trento, §Los Sacramentos - Las Órdenes Sagradas (1566). ↩ ↩2
«clerical» y «laical» como términos análogos, Ryan Miller. «Clerical» y «Laical» como Términos Análogos, § 1. ↩
III. Los tres grados del sacramento del orden sagrado, Catecismo de la Iglesia Católica, § 1554 (1992). ↩
Parte dos - La oración de la Iglesia - II. La oración de la comunidad eclesial - C. Los santos misterios de la vida cristiana - 3. Los santos misterios del servicio: Matrimonio y órdenes sagradas - 3) el sacerdocio jerárquico, Sínodo de la Iglesia Greco-Católica Ucraniana. Catecismo de la Iglesia Católica Ucraniana: Cristo – Nuestra Pascua, § 492 (2016). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Párrafo 4. Los fieles de Cristo - Jerarquía, laicos, vida consagrada, Catecismo de la Iglesia Católica, § 939 (1992). ↩ ↩2
IV la relación entre los dones jerárquicos y carismáticos en la vida y la misión de la Iglesia. - Identidad de los dones jerárquicos, Congregación para la Doctrina de la Fe. Carta Iuvenescit Ecclesia a los Obispos de la Iglesia Católica sobre la Relación entre los Dones Jerárquicos y Carismáticos en la Vida y la Misión de la Iglesia, § 14 (2016). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Conclusión, Ryan Miller. «Clerical» y «Laical» como Términos Análogos, § 14. ↩