El término «clérigo» (del latín clericus, y este del griego kleros, que significa «lote») se utiliza para designar a una persona que ha sido incorporada legítimamente a las filas del clero. En su sentido estricto, el clero abarca la jerarquía eclesiástica completa1. Para ser considerado clérigo, es necesario haber recibido al menos la tonsura, aunque hoy en día se asocia principalmente con la recepción del Orden Sagrado1.
Desde los tiempos del Nuevo Testamento, se reconoce una distinción esencial entre el clero y los laicos, basada en el derecho divino1. Cristo no encomendó la predicación del Evangelio y la administración de los sacramentos a todos los fieles en general, sino a individuos específicos, como los Apóstoles y los setenta y dos Discípulos1. Estos recibieron la autoridad para gobernar las comunidades, simbolizada por las «llaves»1. San Pablo también subraya esta distinción al afirmar que los obispos han sido constituidos por el Espíritu Santo para gobernar la Iglesia1.
El ministerio ordenado es la primera forma específica de proclamación del Evangelio, garantizando la presencia sacramental permanente de Cristo Redentor en diferentes épocas y lugares2. Esta organización vocacional se expresa en tres grados: episcopal, presbiteral y diaconal2. Los obispos tienen la responsabilidad de llamar a aquellos que aspiran a las Órdenes Sagradas para que se conviertan en sus colaboradores en el oficio apostólico2.
