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Clonación humana

La clonación humana es un conjunto de técnicas propuestas para producir un nuevo ser humano mediante procedimientos que buscan una reproducción «asexual» y sin gametos, de modo que el resultado sea, en sentido genético, una «copia» sustancialmente idéntica. Desde la enseñanza católica, la clonación humana —tanto la orientada a la reproducción como la llamada «terapéutica» o de investigación— plantea problemas graves de dignidad de la persona, de respeto al embrión humano y de verdad sobre el matrimonio, porque introduce la lógica de la manipulación técnica en el inicio mismo de la vida, desvinculándolo del acto conyugal y del modo propio de la procreación humana.1,2,3,4

Tabla de contenido

Definición y comprensión general

En el lenguaje bioético y magisterial, «clonación humana» suele referirse específicamente a la reproducción de individuos en la fase embrionaria mediante métodos distintos de la fertilización natural, con la intención de que el nuevo ser sea genéticamente idéntico al individuo de origen.2

Para la Instrucción Dignitatis personae, la clonación humana se entiende como la reproducción «asexual» o «agamética» de un organismo humano entero, con el objetivo de obtener uno o más «copias» que, desde el punto de vista genético, sean sustancialmente idénticas al «original».1

En un plano antropológico, la Iglesia insiste en que no se trata solo de un «procedimiento biológico», sino de cómo ese procedimiento incide en la condición personal del concebido y en el modo en que la sociedad y quienes ejecutan la técnica se relacionan con el origen de la vida.3,2,5

Técnicas propuestas para la clonación humana

La reflexión católica recogida en Dignitatis personae señala dos procedimientos que se han propuesto para alcanzar la clonación humana:

Gemelación embrionaria artificial

Consiste en separar artificialmente células o grupos celulares del embrión en sus fases más tempranas y, posteriormente, transferirlos al útero para obtener embriones idénticos de manera artificial.1

Transferencia nuclear

Consiste en introducir el núcleo procedente de una célula embrionaria o somática en un ovocito enucleado, y después estimular el ovocito para que comience a desarrollarse como embrión.1

En ambos casos, el punto decisivo no es únicamente el «cómo técnico», sino el tipo de relación que la técnica introduce entre la persona que busca el origen y el sujeto concebido, que, según el magisterio, termina siendo objeto de manipulación.1,2

Finalidades: reproducción y «terapia» o investigación

La Instrucción Dignitatis personae explica que la clonación humana se ha propuesto para dos finalidades básicas:

  • Reproducción, es decir, obtener el nacimiento de un niño.

  • Terapia médica o investigación, con objetivos biomédicos.1

El juicio moral católico no cambia por el nombre que se use para la intención: la valoración se apoya en la compatibilidad con la dignidad humana y en si el embrión queda tratado como fin o como medio.1,2

Clonación reproductiva: problemas morales fundamentales

La enseñanza católica afirma con claridad que la clonación humana es intrínsecamente ilícita porque intenta «dar origen a una nueva persona» sin el vínculo propio del acto conyugal de mutua entrega entre los esposos, y —en términos más radicales— sin conexión con la sexualidad. Para el magisterio, esto abre la puerta a manipulaciones y abusos que dañan gravemente la dignidad humana.1

«Identidad genética predeterminada» y riesgo de «esclavitud biológica»

Respecto a la clonación reproductiva, se indica que impondría al resultado una identidad genética preestablecida, sometiéndolo a una forma de «esclavitud biológica», de la que sería difícil liberarse.1

La doctrina también subraya que la pretensión de atribuir a alguien la capacidad de determinar arbitrariamente las características genéticas de otra persona constituye una ofensa grave a la dignidad y a la igualdad fundamental de todos los seres humanos.1

Clonación «terapéutica» o para investigación: por qué también es inmoral

Es frecuente oír que la clonación llamada «terapéutica» no buscaría un nacimiento, sino la obtención de células para tratar enfermedades. Sin embargo, la enseñanza católica rechaza esta distinción cuando implica crear embriones con la intención de destruirlos.

Creación de embriones para destruirlos

La Instrucción Dignitatis personae afirma que crear embriones con la intención de destruirlos, incluso alegando ayudar a los enfermos, es incompatible con la dignidad humana: hace que la existencia de un ser humano en fase embrionaria se reduzca a un mero medio que se usa y se destruye, y es gravemente inmoral sacrificar una vida humana para fines terapéuticos.1

«El embrión es puesto como medio» y no se atenúa la gravedad

El Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia desarrolla el mismo punto: el juicio moral sobre la clonación propiamente dicha se considera contrario a la dignidad de la procreación porque se realiza en ausencia de un acto personal de amor entre cónyuges, y además representa una forma de dominio total del que «reproduce» sobre el individuo reproducido.2

Además, se añade expresamente que el uso para obtener células para terapia no reduce la gravedad, porque para extraerlas el embrión debe crearse y destruirse.2

«Dudas» sobre técnicas alternativas que pretenden evitar la destrucción

Algunos investigadores han propuesto técnicas para producir células de tipo embrionario sin destruir embriones «verdaderos», mencionando, por ejemplo, formas de transferencia nuclear alterada o reprogramación asistida del ovocito. El magisterio reconoce que se presentan como alternativas, pero indica que permanecen dudas sobre el estatuto ontológico del «producto» obtenido.1

En términos sencillos: aunque se discuta la manera de obtener material biológico, la Iglesia pide evaluar con rigor si el resultado que se obtiene sigue siendo realmente un ser humano en sentido moral y personal, y qué implica en el orden de la justicia hacia el concebido.1

Clonación y dignidad del embrión humano

La catequesis católica también describe cómo la clonación entra en colisión con el respeto debido al comienzo de la vida humana.

Reducción de la persona a «material biológico»

Un catecismo católico oriental afirma que la clonación viola la dignidad humana, al reducir a la persona a «material biológico». En consecuencia, se separa la dimensión de la procreación de su contexto humano auténtico, y se elimina la necesidad de la unión amorosa de los esposos que cooperan con Dios recibiendo el don de la vida.3

Intento de «ocupar el lugar» del Creador

También se enseña que la idea misma de clonación niega la realidad del matrimonio y la familia, porque intenta que alguien decida cómo y cuándo comenzar o terminar la vida humana.3

Matrimonio, familia y procreación: la dimensión conyugal que la técnica desplaza

Una de las claves del análisis católico es el vínculo entre el modo de procrear y el sentido humano del matrimonio.

Disociación entre vida, sexualidad y procreación

El Pontificio Consejo para la Familia explica que intentos de aclarar el desafío ético que supone la clonación deben tener en cuenta preguntas fundamentales: qué significa ser padres y ser hijo, la dignidad del embrión y la verdad y sentido de la sexualidad humana.4

Se advierte además que una «disociación lenta y sutil» entre la vida humana y la familia —que es el lugar natural donde la vida nace y se desarrolla— se considera una de las consecuencias más dañinas de una «cultura de la muerte».4

Contra la «sustitución técnica» de la procreación responsable

El mismo documento sostiene que la posibilidad inquietante de clonar para fines «reproductivos», mediante la sustitución técnica de la procreación responsable, es contraria a la dignidad del hijo como tal (dignidad del hijo).4

El argumento de fondo puede expresarse así: en el pensamiento católico clásico, el matrimonio es la unión ordenada a la generación de los hijos, y la generación debe ser fruto de una mutua entrega y de la cooperación humana con el plan creador, no la mera producción técnica de un individuo.6,4

Clonación y ética social: derechos, bien común y justicia

La cuestión no se reduce a una decisión privada; afecta al modo en que la sociedad reconoce los derechos que brotan de la dignidad de la persona.

El Compendio de la Doctrina Social afirma que la clonación humana es un asunto de especial importancia moral y cultural por sus implicaciones sociales, y relaciona el tema con la defensa del «santuario de la vida» en la familia.2

La centralidad de la dignidad humana

El Catecismo de la Iglesia Católica enseña que la dignidad de la persona exige la búsqueda del bien común, y que las instituciones deben mejorar las condiciones de vida.7

Asimismo, subraya que la justicia social se obtiene respetando la dignidad trascendente del ser humano: la persona representa el fin último de la sociedad.8

Y recuerda que el respeto por la persona incluye el respeto a los derechos que fluyen de su dignidad, que son anteriores a la sociedad y deben ser reconocidos; si no, la autoridad solo puede apoyarse en la fuerza o la violencia.5

En ese marco, el magisterio católico interpreta que la clonación, al tratar al concebido como «material» o «producto» manipulado, debilita precisamente el reconocimiento del derecho fundamental del embrión a ser tratado con respeto y no como instrumento.3,2,5

Tecnología y criterio ético: no basta la capacidad técnica

La Iglesia no se limita a oponer «natural» y «artificial» como si todo lo artificial fuese indigno por definición. En cambio, insiste en que el desarrollo tecnológico debe evaluarse por su coherencia con la dignidad central del ser humano, y en que el criterio ético debe preceder al uso.

Progreso tecnológico al servicio de la persona

El papa Francisco, al tratar el desarrollo tecnológico desde la ética, señala que el progreso debe respetar la centralidad del ser humano y que la dignidad inherente de cada persona y la fraternidad común deben ser el fundamento para evaluar nuevas tecnologías antes de emplearlas.9

Protección del patrimonio genético humano

En el mismo contexto, se menciona una preocupación específica: la protección del patrimonio genético humano, prohibiendo prácticas contrarias a la dignidad, como la patentación de material biológico humano y la clonación de seres humanos.9

Riesgo de un paradigma tecnocrático

También se advierte del peligro de una «hegemonía de un paradigma tecnocrático», que tiende a reducir al ser humano a un conjunto de «prestaciones reproducibles» expresables en códigos, y se llama a discernir cómo ejercer la creatividad humana sin deformar lo propiamente humano.10

Dimensión jurídica e internacional: la respuesta frente al uso reproductivo

La reflexión católica de ámbito institucional también contempla el plano internacional, en parte por el carácter transfronterizo de la investigación biomédica.

El Pontificio Consejo para la Familia indica que se considera necesario contribuir a una presentación adecuada del problema y a destacar los aspectos éticos negativos contrarios a la dignidad de la persona y de la familia, con la vista puesta en la preparación de una convención internacional contra la clonación reproductiva de seres humanos bajo los auspicios de Naciones Unidas.4

Comparación de enfoques: por qué no se acepta la «neutralidad» moral por la finalidad

En los debates públicos, una objeción frecuente es que la clonación «terapéutica» sería distinta porque no se buscaría el nacimiento. La respuesta católica, en cambio, insiste en que el problema ético no desaparece cuando el embrión es creado con intención de ser destruido, porque entonces lo que se hace con el ser humano embrionario sigue siendo un uso instrumental.

En formulación magisterial: crear embriones para destruirlos, incluso con intención de ayudar a enfermos, es incompatible con la dignidad humana.1

Conclusión

La clonación humana, tal como es entendida y evaluada por el magisterio católico, no es principalmente un «avance biotecnológico» neutral, sino un modo de intervenir en el origen de la vida humana que entra en conflicto con la dignidad de la persona, con el respeto debido al embrión humano y con la verdad del matrimonio y de la familia.1,3,2

La tradición católica, por tanto, propone un criterio más profundo que la mera posibilidad técnica: la vida humana no puede tratarse como «material» disponible para fines externos, sino como un don que debe ser recibido y protegido en justicia.2,5,9

Cuadro resumen

Cuadro resumen[Datos abiertos]
NombreClonación humana
CategoríaDoctrina
DefiniciónConjunto de técnicas propuestas para producir un nuevo ser humano mediante reproducción asexual y sin gametos, resultando en una copia genéticamente idéntica al individuo de origen.
Descripción BreveTécnicas que intentan reproducir seres humanos de forma asexual, creando individuos genéticamente idénticos.
Enseñanzas Principales1) La clonación humana es intrínsecamente ilícita porque elimina el vínculo conyugal y la sexualidad en la procreación. 2) Trata al embrión como mero medio y viola su dignidad. 3) La clonación reproductiva implica una «esclavitud biológica» al predeterminar la identidad genética. 4) La llamada clonación «terapéutica» también es inmoral porque implica crear embriones para destruirlos. 5) La tecnología debe evaluarse a la luz de la dignidad humana, no solo por su capacidad técnica.
ContextoEnseñanza católica de bioética y moral, basada en la Instrucción Dignitatis personae, el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia y el Pontificio Consejo para la Familia.
ImportanciaRelevante para la defensa de la dignidad de la persona, la vida humana desde la concepción y la verdad del matrimonio y la familia.
Documentos RelacionadosInstrucción Dignitatis personae; Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia; Pontificio Consejo para la Familia; Catecismo de la Iglesia Católica.
Autoridad EclesiásticaMagisterio de la Iglesia Católica

Citas y referencias

  1. Sobre la instrucción dignitatis personae - Tercera parte: Nuevos tratamientos que implican la manipulación del embrión o del patrimonio genético humano - Clonación humana, Congregación para la Doctrina de la Fe. Sobre la Instrucción Dignitatis Personae, §Tercera Parte (2008). 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
  2. B. La familia es el santuario de la vida, Consejo Pontificio para la Justicia y la Paz. Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia 🔗, § 236 (2006). 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11
  3. Parte tres - La vida de la Iglesia - III. La familia cristiana como nueva creación (el cuarto, quinto, sexto y noveno mandamientos) - B. Matrimonio cristiano y la defensa de la dignidad del comienzo de la vida humana - 2. Clonación humana, Sínodo de la Iglesia Greco‑católica Ucraniana. Catecismo de la Iglesia Católica 🔗 Ucraniana: Cristo – Nuestro Pascha, § 878 (2016). 2 3 4 5 6
  4. Consejo Pontificio para la Familia. Clonación: la desaparición de la paternidad directa y la negación de la familia (2003). 2 3 4 5 6
  5. Capítulo dos, la comunión humana. Catecismo de la Iglesia Católica 🔗, § 1930 (1992). 2 3 4
  6. Aspecto moral y canónico del matrimonio. Enciclopedia Católica, §Aspecto Moral y Canónico del Matrimonio (1913).
  7. Capítulo dos, la comunión humana. Catecismo de la Iglesia Católica 🔗, § 1926 (1992).
  8. Capítulo dos, la comunión humana. Catecismo de la Iglesia Católica 🔗, § 1929 (1992).
  9. Papa Francisco. A los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado a la Santa Sede (8 de enero de 2024) (2024). 2 3
  10. Papa Francisco. A la Asamblea General de la Academia Pontificia para la Vida (12 de febrero de 2024) (2024).



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