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Concilio de Letrán V

El Concilio de Letrán V fue el decimoctavo concilio ecuménico de la Iglesia católica. Celebrado en la basílica de San Juan de Letrán, en Roma, entre 1512 y 1517, afrontó el cisma promovido por el conciliábulo de Pisa, la reforma de la Curia romana, la disciplina eclesiástica, la defensa de la fe y la paz entre los príncipes cristianos. También definió como doctrina de fe la inmortalidad personal del alma humana, en oposición a determinadas interpretaciones filosóficas aristotélicas difundidas en las universidades italianas.

Cuadro resumen[Datos abiertos]
NombreConcilio de Letrán V
CategoríaEvento
DescripciónConcilio ecuménico celebrado en Roma entre 1512 y 1517. Decimoctavo concilio ecuménico de la Iglesia católica. 1512-1517
Fecha de Fundación1512
Contexto HistóricoA comienzos del siglo XVI persistían las tensiones entre la autoridad del papa y el conciliarismo, además de la crisis provocada por el conciliábulo de Pisa.
Doctrinas RelacionadasInmortalidad personal del alma humana
DocumentosSacrosanctae Romanae Ecclesiae, Apostolici regiminis
Fecha de Clausura16 de marzo de 1517
Fecha de Inicio1512
HistoriaCelebrado en la basílica de San Juan de Letrán, en Roma, entre 1512 y 1517, convocado inicialmente por Julio II y continuado por León X.
Importancia HistóricaPuso fin al conciliábulo de Pisa, reafirmó la autoridad pontificia, definió la inmortalidad personal del alma e intentó reformar la administración eclesiástica.
PaísItalia
Personas relacionadas
  • León X
  • Julio II y León X
TipoConcilio, Concilio ecuménico
Ubicación
  • Basílica de San Juan de Letrán, Roma
  • Roma

Tabla de contenido

Contexto histórico

La crisis conciliar y el conciliábulo de Pisa

A comienzos del siglo XVI persistían las tensiones entre la autoridad del papa y ciertas corrientes del conciliarismo, que atribuían al concilio general una autoridad superior o independiente respecto del pontífice romano. El conflicto se agravó durante el pontificado de Julio II (1503-1513).

Varios cardenales descontentos, con el respaldo político de Luis XII de Francia y el apoyo del emperador Maximiliano, convocaron en Pisa una asamblea que pretendía presentarse como concilio general. La reunión comenzó en 1511 y contó con la presencia de algunos cardenales, obispos, abades y representantes diplomáticos franceses. Sus participantes llegaron a suspender a Julio II y trasladaron posteriormente sus actividades a Lyon.1

Julio II rechazó la legitimidad de aquella iniciativa. En la bula Sacrosanctae Romanae Ecclesiae, promulgada el 18 de julio de 1511, defendió que la convocatoria de un concilio universal correspondía al papa y acusó a los cardenales rebeldes de haber intentado reunir a la Iglesia sin su cabeza legítima. La bula convocó un nuevo concilio en la basílica de San Juan de Letrán para abril de 1512.1

La convocatoria tuvo, por tanto, una doble dimensión: pretendía responder a una necesidad eclesial real -la reforma de la Iglesia- y, al mismo tiempo, constituía una respuesta jurídica y política al conciliábulo de Pisa.

La situación de la Iglesia

El concilio se reunió en un periodo marcado por varios problemas:

  • La intervención de las monarquías europeas en los asuntos eclesiásticos.
  • La acumulación de beneficios y cargos en manos de personas poco aptas.
  • La práctica de los beneficios en encomienda.
  • La existencia de abusos económicos en la Curia romana.
  • La insuficiente residencia de algunos obispos.
  • La deficiente formación del clero.
  • La relajación de la disciplina eclesiástica.
  • La amenaza militar del Imperio otomano.
  • La división política entre los príncipes cristianos.

La reforma eclesial no constituía una cuestión secundaria. En el discurso inaugural de Egidio de Viterbo, superior general de los agustinos, apareció con fuerza la conciencia de que la Iglesia necesitaba una renovación profunda de sus costumbres y estructuras.2

Convocatoria y desarrollo

Primera etapa bajo Julio II

El concilio comenzó solemnemente el 10 de mayo de 1512, después de varios aplazamientos. La primera sesión estableció el orden de los trabajos, las funciones de abogados, procuradores, notarios y escrutadores, así como la distribución de los lugares correspondientes a los participantes.2

La segunda sesión, celebrada el 17 de mayo de 1512, condenó el conciliábulo de Pisa y declaró nulos sus actos. El concilio lateranense afirmó así su propia legitimidad y rechazó las decisiones adoptadas por los cardenales que habían actuado contra Julio II.2

La guerra entre Francia y el papado dificultó la apertura del concilio. La batalla de Rávena, librada el 11 de abril de 1512, retrasó el inicio efectivo de las sesiones. En la primera reunión participaron quince cardenales, los patriarcas latinos de Alejandría y Antioquía, diez arzobispos, cincuenta y seis obispos, abades, superiores de órdenes religiosas y representantes de algunos soberanos.1

Continuación bajo León X

Julio II murió en febrero de 1513. Su sucesor, León X (1513-1521), continuó el concilio y presidió sus últimas sesiones.

La asamblea pasó entonces de la cuestión estrictamente polémica del conciliábulo de Pisa a un programa más amplio, organizado en torno a tres objetivos:

  1. Restablecer la paz entre los príncipes cristianos.
  2. Reformar la Iglesia y la Curia romana.
  3. Defender la fe católica y combatir los errores doctrinales.2

El concilio celebró doce sesiones. Las primeras cinco correspondieron principalmente al pontificado de Julio II; las siete restantes tuvieron lugar bajo León X. La última sesión se celebró el 16 de marzo de 1517.2,1

Principales decisiones

Condena del conciliábulo de Pisa

El concilio declaró ilegítima la asamblea de Pisa y anuló sus decisiones. Con ello quedó formalmente rechazado el intento de algunos cardenales de convocar un concilio general sin autorización pontificia.

La condena puso fin al cisma promovido por aquel grupo y reafirmó la unidad de la Iglesia en torno al papa. El emperador Maximiliano y diversos monarcas acabaron reconociendo el Concilio de Letrán V y repudiando las actuaciones de Pisa.3

Revocación de la Pragmática Sanción de Bourges

Uno de los conflictos más delicados afectaba a la Pragmática Sanción de Bourges, promulgada en Francia en 1438. Aquel texto había limitado diversos derechos pontificios en territorio francés y había reforzado la intervención del poder regio en el nombramiento de obispos y en la administración de los beneficios eclesiásticos.

El Concilio de Letrán V condenó y revocó la Pragmática Sanción. Más tarde, en la undécima sesión, aprobó el acuerdo alcanzado entre León X y el rey Francisco I de Francia, conocido como Concordato de Bolonia. Este pacto reorganizó las relaciones entre la Santa Sede y la monarquía francesa, aunque concedió al rey una influencia considerable en la presentación de candidatos para obispados y abadías.1

Reforma de la Curia romana

El concilio aprobó normas para corregir los abusos administrativos y económicos de la Curia. La reforma atribuía especial importancia a:

  • La regulación de las tasas cobradas por los funcionarios.
  • La limitación de emolumentos.
  • La prohibición de exacciones abusivas.
  • El control de los oficios curiales.
  • La observancia de las normas canónicas.
  • La sanción de quienes utilizaran sus cargos para beneficio personal.

La constitución de reforma describía la Curia como un ámbito afectado por la ambición y la avaricia, y ordenaba devolver a sus funcionarios a una conducta conforme con la justicia y la disciplina tradicional.4

El concilio también legisló sobre la concesión de beneficios, las transferencias de clérigos, las encomiendas, las dispensas y la administración de las rentas eclesiásticas. Las abadías y los beneficios debían otorgarse a personas dignas y conforme al derecho canónico.5

Beneficios eclesiásticos y disciplina del clero

Las disposiciones conciliares intentaron contener prácticas muy extendidas:

  • El pluralismo, es decir, la acumulación de varios beneficios por una misma persona.
  • La concesión de dignidades a personas sin la edad o formación adecuadas.
  • La posesión de beneficios en encomienda.
  • La ausencia prolongada de los titulares.
  • La administración de bienes eclesiásticos con fines privados.
  • La simonía y la negligencia pastoral.

El concilio reclamó también una mejor conducta de cardenales, obispos y sacerdotes. La enseñanza religiosa de los niños quedó presentada como una obligación, y el clero culpable de blasfemia, incontinencia, negligencia o simonía debía recibir castigos severos.5

Predicación y formación cristiana

La undécima sesión trató especialmente la cura de almas y la predicación. La Iglesia necesitaba pastores capaces de instruir al pueblo cristiano y de transmitir la doctrina con claridad.

El concilio quiso fortalecer la responsabilidad de los obispos y párrocos, aunque muchas de sus disposiciones dependían de la aplicación efectiva por parte de las autoridades eclesiásticas. La distancia entre la legislación aprobada y su cumplimiento práctico constituyó uno de los problemas centrales del pontificado de León X.

Montes de piedad

El concilio aprobó la institución de los montes de piedad, entidades destinadas a prestar dinero a los pobres bajo supervisión eclesiástica y en condiciones más justas que las ofrecidas por los prestamistas privados.

La decisión respondió a una cuestión social concreta: la necesidad de proteger a las personas sin recursos frente a la usura. Los montes de piedad debían funcionar con criterios de moderación y utilidad pública, sin convertirse en instrumentos de lucro desordenado.1

Imprenta y control doctrinal

Una de las disposiciones conciliares prohibió imprimir libros sin la autorización del ordinario de la diócesis correspondiente. La medida pretendía evitar la difusión de doctrinas consideradas contrarias a la fe y reforzar la responsabilidad de la autoridad eclesiástica ante la rápida expansión de la imprenta.1

La norma reflejaba una transformación cultural profunda. La producción de libros había dejado de depender exclusivamente de los centros universitarios y monásticos, y la circulación de ideas podía alcanzar con rapidez territorios muy alejados de su lugar de origen.

La inmortalidad del alma humana

El problema filosófico

Uno de los asuntos doctrinales más relevantes del Concilio de Letrán V fue la doctrina de la inmortalidad personal del alma. Durante las últimas décadas del siglo XV y los primeros años del XVI, la cuestión había suscitado intensos debates en las universidades de Padua y Bolonia.

El problema se vinculaba a la interpretación de Aristóteles y, especialmente, a la naturaleza del intelecto humano. Varias corrientes ofrecían respuestas distintas:

  • El aristotelismo influido por Avicena defendía la subsistencia individual del alma después de la muerte.
  • El averroísmo interpretaba el intelecto como una realidad única o común, lo que dificultaba afirmar la inmortalidad personal.
  • Alejandro de Afrodisia entendía el alma humana como una forma material inseparable del cuerpo y, por ello, mortal.
  • Santo Tomás de Aquino defendía la inmortalidad personal del alma.
  • Juan Duns Escoto consideraba la inmortalidad una verdad filosóficamente muy probable, pero no plenamente demostrable por la razón.6

El debate no afectaba solo a la historia de la filosofía. En aquella época, Aristóteles representaba para muchos intelectuales la máxima autoridad filosófica. Por ello, la discusión sobre la interpretación correcta de Aristóteles terminaba afectando a la relación entre fe y razón.7

La constitución Apostolici regiminis

En la octava sesión, celebrada el 19 de diciembre de 1513, León X promulgó la constitución Apostolici regiminis. El documento afirmó como doctrina revelada la inmortalidad del alma individual y rechazó las posiciones que negaban la supervivencia personal después de la muerte.7

La definición conciliar contiene dos afirmaciones relacionadas:

  1. Cada ser humano posee un alma intelectiva propia.
  2. El alma humana sobrevive a la muerte corporal.

La doctrina excluye, por tanto, la tesis de un intelecto único común a todos los hombres y también la reducción del alma a una función inseparable de la materia corporal.

La definición no pretendía resolver todos los problemas filosóficos acerca de la naturaleza del alma ni convertir una escuela filosófica concreta en doctrina obligatoria. Su finalidad principal consistía en afirmar la verdad cristiana de la supervivencia personal del alma y en protegerla frente a interpretaciones incompatibles con la fe.

Pomponazzi y la controversia posterior

El debate adquirió una nueva intensidad con Pedro Pomponazzi, profesor de filosofía en Bolonia. En 1516 publicó el tratado De immortalitate animae, obra que provocó una amplia controversia.

Pomponazzi distinguía entre lo que podía concluir la razón filosófica y lo que enseñaba la fe. Su posición generó reacciones porque parecía sostener que la inmortalidad del alma no podía demostrarse filosóficamente, aunque pudiera aceptarse por autoridad religiosa. El contexto inmediato de su obra fue precisamente la definición del Concilio de Letrán V.7

La enseñanza conciliar no debe confundirse con una simple condena de toda investigación filosófica. El concilio afirmó que la doctrina de la inmortalidad personal pertenece a la fe católica y que la razón no puede utilizarse legítimamente para negar esa verdad. La relación entre la demostrabilidad filosófica de la inmortalidad y su certeza teológica continuó siendo objeto de discusión entre teólogos y filósofos.

Paz entre los príncipes y defensa frente a los turcos

El concilio quiso promover la reconciliación entre los soberanos cristianos. La división política debilitaba la capacidad de los reinos europeos para responder a la expansión otomana y dificultaba cualquier iniciativa común de defensa de la cristiandad.

Las autoridades conciliares presentaron la paz entre los príncipes como una condición necesaria para emprender una campaña contra los turcos. El proyecto incluía la recaudación de diezmos sobre los beneficios eclesiásticos durante tres años para financiar la expedición.1

Sin embargo, las rivalidades entre Francia, el Imperio, Venecia y el papado impidieron una colaboración estable. Las alianzas cambiaban con rapidez y los intereses territoriales italianos pesaban más que los llamamientos a la unidad cristiana.

Reformas aprobadas y fracaso de su ejecución

La diferencia entre legislación y aplicación

El Concilio de Letrán V aprobó numerosas reformas administrativas y disciplinarias. Sus decretos regulaban la Curia, los beneficios eclesiásticos, la formación del clero, la predicación, la impresión de libros, la conducta de los funcionarios y la administración de los bienes eclesiásticos.

La aprobación de estas medidas no produjo, sin embargo, una reforma profunda y duradera. El principal problema no radicó solo en la falta de propuestas, sino en la ausencia de voluntad política y administrativa para aplicarlas con firmeza.

La propia reforma de la Curia había sido encomendada inicialmente por Julio II a varios cardenales. León X y el concilio confirmaron el proyecto, pero el pontífice tuvo que intervenir para completar una tarea que su predecesor no había podido llevar a término.4

Resistencias institucionales

La ejecución de las reformas tropezó con varios obstáculos:

  • Los intereses económicos de los funcionarios curiales.
  • La resistencia de cardenales y prelados beneficiados por el sistema vigente.
  • La dependencia del papa respecto de alianzas políticas.
  • La falta de mecanismos eficaces de inspección.
  • La escasa asistencia de obispos de fuera de Italia.
  • La prioridad concedida a los conflictos diplomáticos y militares.
  • La dificultad de imponer normas comunes en territorios con tradiciones jurídicas distintas.

La Curia continuó manteniendo muchos de los rasgos mundanos que el concilio había querido corregir. La pluralidad de beneficios, las encomiendas y la concesión de dignidades a personas demasiado jóvenes siguieron siendo prácticas habituales. Incluso León X incumplió en ocasiones disposiciones aprobadas por el propio concilio.5

El factor político

La política italiana absorbió gran parte de la atención de León X. Las guerras entre Francia, el Imperio, Venecia y el papado impidieron concentrar los esfuerzos en la reforma eclesiástica.

En 1516 y 1517, las tensiones internacionales, las disputas territoriales y una conspiración contra el papa agravaron la inestabilidad. El concilio terminó antes de que sus proyectos reformadores pudieran consolidarse.5

La falta de voluntad política no significa que las reformas fueran irrelevantes desde el punto de vista jurídico. El concilio creó normas y expresó con claridad los males que debían corregirse. Su fracaso relativo consistió en que las instituciones responsables no quisieron, o no pudieron, convertir esas normas en una transformación efectiva de la vida eclesial.

Valoración histórica

Logros

El Concilio de Letrán V alcanzó varios resultados importantes:

  • Puso fin al conciliábulo de Pisa.
  • Reforzó la autoridad pontificia.
  • Condenó la Pragmática Sanción de Bourges.
  • Aprobó el Concordato de Bolonia.
  • Definió la inmortalidad personal del alma.
  • Legisló sobre la Curia romana.
  • Promovió los montes de piedad.
  • Impulsó la reforma de la predicación y de la disciplina clerical.
  • Intentó organizar una respuesta común frente al Imperio otomano.

Su definición sobre el alma tuvo especial importancia doctrinal porque estableció con autoridad conciliar que la persona humana no desaparece con la muerte corporal y que el alma intelectiva posee una subsistencia personal.

Limitaciones

El concilio padeció varias limitaciones:

  • La escasa presencia de obispos procedentes de fuera de Italia.
  • La fuerte dependencia respecto de la autoridad pontificia.
  • El peso de los conflictos políticos.
  • La insuficiente participación de los príncipes cristianos.
  • La debilidad de los mecanismos de ejecución.
  • La resistencia de la Curia y de los beneficiarios del sistema eclesiástico.
  • La distancia entre las reformas promulgadas y su aplicación.

La reducida asistencia episcopal provocó incluso discusiones posteriores sobre el carácter ecuménico del concilio. Aun así, la asamblea fue reconocida por la Iglesia católica como concilio ecuménico y sus decretos fueron aprobados bajo la autoridad de Julio II y León X.2

El Concilio de Letrán V y la Reforma protestante

El concilio concluyó en marzo de 1517, pocos meses antes de que Martín Lutero difundiera sus críticas contra las indulgencias. Esta proximidad cronológica ha favorecido diversas valoraciones históricas.

El concilio había identificado muchos problemas que más tarde alimentarían la protesta reformadora: la corrupción administrativa, la acumulación de beneficios, la deficiente formación del clero y la necesidad de renovar la predicación. Sin embargo, no logró imponer una reforma suficientemente profunda ni crear una respuesta pastoral común para toda la Iglesia latina.

La incapacidad para aplicar sus propias decisiones debilitó la credibilidad de la reforma pontificia. El concilio representó una oportunidad parcialmente desaprovechada: formuló diagnósticos y aprobó normas, pero careció de la voluntad política necesaria para hacerlas efectivas.

Documentación y recepción

Los decretos del concilio adoptaron la forma de bulas pontificias. Habitualmente comenzaban con la fórmula «con la aprobación del sagrado concilio» y concluían indicando que habían sido promulgados en sesión pública solemne celebrada en la basílica de Letrán. Los padres conciliares votaban las propuestas y podían expresar verbalmente o por escrito su oposición, lo que permitía introducir modificaciones durante los debates.2

Los actos fueron publicados en Roma el 31 de julio de 1521, por orden de León X, bajo el título Sacrosanctum Lateranense concilium novissimum sub Iulio II et Leone X celebratum. Posteriormente pasaron a diversas colecciones de concilios.2

Significado eclesial

El Concilio de Letrán V fue el último gran concilio de la Iglesia latina antes del Concilio de Trento. Su importancia reside tanto en sus decisiones concretas como en el momento histórico que representa.

La asamblea confirmó la autoridad del papa frente al conciliarismo radical, defendió la inmortalidad personal del alma contra determinadas interpretaciones aristotélicas, intentó reformar la administración eclesiástica y buscó la paz entre los soberanos cristianos. No obstante, su eficacia quedó limitada por la falta de aplicación de muchas normas y por la prioridad que los conflictos políticos concedieron a los intereses territoriales sobre la renovación espiritual.

El concilio mostró así una paradoja característica de la Iglesia de comienzos del siglo XVI: existía una conciencia clara de la necesidad de reforma, pero faltaba la decisión institucional necesaria para llevarla a cabo. La renovación doctrinal y disciplinaria que el Concilio de Letrán V no consiguió realizar plenamente tendría que esperar al Concilio de Trento, convocado décadas más tarde.

Citas y referencias

  1. Quinto Concilio de Letrán (1512-17), Enciclopedia Católica, Quinto Concilio de Letrán (1512-17) (1913). 2 3 4 5 6 7 8
  2. Introducción, Documento del Concilio. Quinto Concilio de Letrán (1512-1517 d. C.), 1 (1512). 2 3 4 5 6 7 8
  3. Sanctorum Romanorum Pontificum. Magnum Bullarium Romanum: Tomus V, 669 (1860).
  4. V, Sanctorum Romanorum Pontificum. Magnum Bullarium Romanum: Tomus V, 589 (1860). 2
  5. Papa León X, Enciclopedia Católica, Papa León X (1913). 2 3 4
  6. J. Belda-Plans, Cayetano y la controversia sobre la inmortalidad del alma humana, 1 (1984).
  7. J. Belda-Plans, Cayetano y la controversia sobre la inmortalidad del alma humana, 2 (1984). 2 3
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