La Iglesia visigoda en el siglo VII
El Concilio de Toledo XIV ocurrió en la etapa final del reino visigodo de Toledo, cuando la Iglesia hispánica contaba con una sólida organización episcopal y con una intensa tradición conciliar. Los concilios toledanos trataban conjuntamente cuestiones doctrinales, disciplinares y políticas, dentro de la estrecha relación existente entre la monarquía visigoda y la jerarquía eclesiástica.1
Durante el reinado de Ervigio se celebraron también los concilios toledanos XII y XIII, ambos de carácter nacional. El decimocuarto, en cambio, tuvo naturaleza provincial, aunque abordó una cuestión de alcance universal: la recepción en Hispania de la doctrina aprobada por un concilio ecuménico.1
La controversia monotelita
El monotelismo fue una doctrina cristológica que sostenía que Cristo poseía una sola voluntad. La controversia surgió en el contexto de los debates sobre la relación entre la divinidad y la humanidad de Jesucristo. La posición defendida por la Iglesia católica afirmaba que Cristo, verdadero Dios y verdadero hombre, posee dos voluntades naturales, una divina y otra humana, en perfecta armonía dentro de la única persona del Verbo.
El III Concilio de Constantinopla, celebrado entre los años 680 y 681, condenó el monotelismo y confirmó la doctrina de las dos voluntades y las dos operaciones naturales de Cristo. El Concilio de Toledo XIV recibió esta enseñanza en la comunión doctrinal de la Iglesia hispánica con la Iglesia universal.2



