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Concilio Vaticano I

El Concilio Vaticano I fue el vigésimo concilio ecuménico de la Iglesia católica. Convocado por el papa Pío IX, comenzó en Roma el 8 de diciembre de 1869 y quedó interrumpido en julio de 1870 por la guerra franco-prusiana. Promulgó dos constituciones dogmáticas de gran importancia: Dei Filius, sobre la fe católica, y Pastor Aeternus, sobre el primado y la infalibilidad del Romano Pontífice.1,2

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Ver información de la imagenConcilio Vaticano I, pintura contemporánea, c. 1870. http://corjesusacratissimum.org/2014/02/life-pope-pius-ix-ultramontanism-first-vatican-council/, ignoto, Dominio Público. 📄
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NombreConcilio Vaticano I
CategoríaEvento
DescripciónSiglo XIX, liberalismo político, nacionalismo, secularización, pérdida de los Estados Pontificios
DocumentosDei Filius, Pastor Aeternus
Fecha de Inicio8 de diciembre de 1869
Fecha de Términojulio de 1870
ImportanciaDefinió principios sobre revelación, fe, razón, primado e infalibilidad papal
Personas relacionadas
  • Pío IX
  • Concilio Vaticano I
TemaFe, razón, revelación, primado papal, infalibilidad papal, racionalismo, fideísmo
TipoConcilio, Concilio ecuménico
UbicaciónRoma

Tabla de contenido

Convocatoria y finalidad

Pío IX anunció la convocatoria del concilio mediante la bula Aeterni Patris, publicada en 1868. La reunión pretendía ofrecer una respuesta doctrinal a los principales desafíos intelectuales, políticos y eclesiales del siglo XIX.

El concilio debía tratar cuestiones relacionadas con:

  • La relación entre fe y razón.
  • La revelación divina y su transmisión.
  • El racionalismo, el materialismo y el ateísmo.
  • La autoridad de la Iglesia.
  • El primado del papa.
  • La organización y la unidad de la Iglesia.
  • La situación de los obispos y de las Iglesias particulares.

El programa inicial era mucho más amplio que el resultado final. El concilio preparó otros proyectos doctrinales, pero la guerra y la ocupación de Roma impidieron su discusión. La constitución Pastor Aeternus estaba concebida como la primera parte de una enseñanza más completa sobre la Iglesia; un segundo documento, Tametsi Deus, debía abordar con mayor amplitud el episcopado y la estructura eclesial, pero nunca llegó a debatirse.1

Contexto histórico del siglo XIX

Transformaciones políticas e intelectuales

El siglo XIX estuvo marcado por el liberalismo político, el nacionalismo, la secularización y la consolidación de los Estados modernos. Muchos Gobiernos intentaron aumentar su control sobre la Iglesia mediante políticas regalistas, nombramientos episcopales, restricciones a las órdenes religiosas y medidas anticlericales.

En el ámbito intelectual, el racionalismo pretendía someter toda verdad al juicio autónomo de la razón entendida en sentido autosuficiente. El materialismo reducía la realidad a la materia y negaba la dimensión espiritual, mientras que diversas corrientes científicas y filosóficas cuestionaban las formulaciones tradicionales de la fe.2,3

Dentro de la propia Iglesia también persistían corrientes que defendían una mayor autonomía de las Iglesias nacionales frente a Roma. El galicanismo y el febronianismo retomaban, con formas nuevas, tendencias conciliaristas que limitaban la autoridad del papa y atribuían un papel superior a los concilios o a las Iglesias particulares.2,1

La pérdida de los Estados Pontificios

La cuestión romana influyó profundamente en el ambiente del concilio. Durante el proceso de unificación italiana, los Estados Pontificios fueron incorporados progresivamente al Reino de Italia. En septiembre de 1870, poco después de la suspensión del concilio, las tropas italianas entraron en Roma. Pío IX rechazó reconocer la pérdida de su soberanía territorial y permaneció en el Vaticano.

La desaparición de los Estados Pontificios privó al papa de su poder temporal y reforzó la percepción de que la Iglesia necesitaba una autoridad espiritual claramente definida e independiente de los Gobiernos. Muchos obispos consideraban que un papado fortalecido podía proteger la libertad de la Iglesia frente al regalismo y al anticlericalismo, además de preservar su unidad en una época de grandes transformaciones.2,1

La definición del primado y de la infalibilidad papal no nació, por tanto, al margen de la historia política. El concilio respondió a una situación en la que la Iglesia había perdido su territorio, afrontaba la presión de los Estados nacionales y necesitaba precisar la naturaleza de la autoridad del sucesor de Pedro. Sin embargo, la doctrina definida no convirtió el poder espiritual del papa en una prolongación de su antiguo poder temporal. Pastor Aeternus fundamentó el primado en la institución de Cristo y en la misión pastoral de custodiar la unidad y la fe de la Iglesia.4,5

Desarrollo del concilio

El Concilio Vaticano I se inauguró solemnemente en la basílica de San Pedro el 8 de diciembre de 1869. Participaron obispos de numerosos países, en un contexto de creciente centralización de la vida eclesial en torno a Roma.

Los padres conciliares debatieron diversas cuestiones teológicas y disciplinarias. El trabajo se organizó mediante comisiones y congregaciones generales. Las discusiones sobre la infalibilidad pontificia provocaron especial interés dentro y fuera del concilio, pues algunos temían que la definición debilitara la autoridad de los obispos o transformara la Iglesia en una monarquía absoluta.

El concilio aprobó dos constituciones dogmáticas:

  • Dei Filius, promulgada el 24 de abril de 1870.
  • Pastor Aeternus, promulgada el 18 de julio de 1870.

La guerra franco-prusiana obligó a retirar las tropas francesas que protegían Roma. La situación política hizo imposible la continuidad normal de las sesiones. Pío IX suspendió el concilio el 20 de octubre de 1870; nunca volvió a reunirse formalmente.1,3

Constitución dogmática Dei Filius

Finalidad doctrinal

Dei Filius expone la doctrina católica sobre Dios, la revelación, la fe y las relaciones entre fe y razón. La constitución responde especialmente al racionalismo, aunque también rechaza el materialismo, el panteísmo, el fideísmo y otras posiciones que deformaban la comprensión católica del conocimiento humano y de la revelación.6,3

El documento se divide en cuatro capítulos:

  1. Dios creador de todas las cosas.
  2. La revelación.
  3. La fe.
  4. La relación entre fe y razón.

Dios y la creación

El concilio enseña que existe un único Dios verdadero, personal, espiritual y trascendente. Dios creó libremente todas las cosas de la nada y gobierna la creación mediante su providencia.

La creación no constituye una emanación necesaria de Dios ni una parte de la divinidad. Dios permanece distinto del mundo, aunque sostiene y conduce todo cuanto existe.

Revelación natural y sobrenatural

Dei Filius enseña que Dios puede ser conocido con certeza por la razón natural a partir de las cosas creadas. La razón humana, contemplando el mundo y su orden, puede alcanzar la existencia de Dios como principio y fin de todas las cosas.3,7

Esta afirmación no elimina la necesidad de la revelación sobrenatural. Dios quiso manifestarse de un modo que supera la capacidad natural de la razón, comunicando verdades relativas a su vida íntima y a su designio salvador. La revelación sobrenatural alcanza su plenitud en Jesucristo y llega a la Iglesia mediante la Sagrada Escritura y la Tradición.

La revelación permite conocer con facilidad, firmeza y sin error verdades que la razón podría alcanzar por sí misma, pero que, en la condición concreta de la humanidad, resultan difíciles de descubrir y de conservar sin mezcla de error.7

La fe como respuesta racional y sobrenatural

El Concilio Vaticano I presenta la fe como una virtud sobrenatural por la que el ser humano acepta como verdadera la revelación de Dios, no por la evidencia inmediata de cada misterio, sino por la autoridad del Dios que revela.

La fe no equivale a una opinión subjetiva ni a un sentimiento irracional. Posee un contenido cognoscitivo: afirma verdades reales sobre Dios y sobre su obra salvadora. Al mismo tiempo, la fe es un don de la gracia que requiere la respuesta libre de la persona.

El concilio también enseña que Dios ofrece signos que hacen razonable el asentimiento de la fe, entre ellos los milagros y las profecías. Estos signos no obligan mecánicamente a creer, pero manifiestan que el acto de fe no carece de fundamento.

Fe y razón

Condena del racionalismo

El racionalismo sostiene que la razón humana constituye la medida última de toda verdad y que nada puede aceptarse legítimamente si no queda comprendido por ella. Frente a esta posición, Dei Filius enseña que existen verdades que superan la capacidad natural de la inteligencia, aunque no contradicen la razón.

Los misterios revelados, como la Trinidad o la Encarnación, no pueden comprenderse plenamente mediante la filosofía. Sin embargo, tampoco contienen contradicción. La incapacidad de la razón para abarcar un misterio no demuestra su falsedad.

El concilio rechaza, por tanto, la pretensión de reducir la revelación a los límites de la razón autónoma. La razón puede reconocer la existencia de Dios y preparar el camino hacia la fe, pero no puede descubrir por sí sola todos los contenidos de la revelación sobrenatural.

Condena del fideísmo

El fideísmo representa el extremo opuesto. Esta corriente desconfía de la razón y considera que la fe carece de fundamentos racionales. Desde esta perspectiva, creer equivaldría a realizar un salto sin motivos intelectuales, basado solo en el sentimiento, la voluntad o la experiencia religiosa.

Dei Filius rechaza también esta posición. La fe no es irracional ni contraria al conocimiento humano. La razón puede conocer verdades fundamentales, reconocer signos de credibilidad y comprender que el acto de fe resulta conforme a la dignidad de la inteligencia.

El concilio establece una relación de distinción y armonía entre fe y razón:

  • La razón puede alcanzar ciertas verdades sobre Dios.
  • La fe comunica verdades que superan la razón natural.
  • La razón prepara el asentimiento y defiende la credibilidad de la revelación.
  • La fe libera a la razón del error y amplía su horizonte.
  • Ninguna verdad auténtica puede contradecir a otra verdad, porque ambas proceden de Dios.6,8

La doctrina de Dei Filius no autoriza ni el racionalismo, que niega la trascendencia de la revelación, ni el fideísmo, que desprecia la capacidad racional de la persona. La posición católica afirma que la gracia no destruye la razón, sino que la sana, la eleva y la conduce hacia su plenitud.

Constitución dogmática Pastor Aeternus

El primado del Romano Pontífice

Pastor Aeternus expone la doctrina católica sobre el primado del papa. El documento enseña que Jesucristo concedió a Pedro un primado real de jurisdicción sobre toda la Iglesia, no un simple primado honorífico.

El fundamento bíblico principal aparece en las palabras de Cristo a Pedro:

«Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia; y las puertas del infierno no prevalecerán contra ella. Te daré las llaves del reino de los cielos» (Mt 16,18-19).

El documento relaciona también el primado con el mandato de Cristo resucitado: «Apacienta mis corderos» y «apacienta mis ovejas» (Jn 21,15-17). Según Pastor Aeternus, Pedro recibió de Cristo la misión de ser principio visible de la unidad de la Iglesia.4

Ese ministerio continúa en los obispos de Roma, sucesores de Pedro. El papa posee sobre la Iglesia universal una autoridad suprema, plena, inmediata y universal en el ámbito de su misión eclesial. Esta autoridad tiene carácter pastoral y está ordenada a conservar la unidad, custodiar el depósito de la fe y confirmar a los cristianos en la verdad del Evangelio.

El primado como servicio a la unidad

La enseñanza del concilio no presenta el primado como una autoridad arbitraria. Pastor Aeternus lo vincula a la promesa de Cristo de proteger la fe de Pedro y de sus sucesores para el bien de toda la Iglesia.

La finalidad del primado consiste en:

  • Preservar la unidad de la Iglesia.
  • Confirmar a los fieles en la fe.
  • Defender la doctrina apostólica.
  • Resolver cuestiones doctrinales de importancia universal.
  • Proteger a la Iglesia frente al cisma y el error.

El documento recuerda que el Espíritu Santo no fue prometido a los sucesores de Pedro para revelar doctrinas nuevas, sino para custodiar y exponer fielmente el depósito de la fe transmitido por los apóstoles.5

La infalibilidad papal

Definición de Pastor Aeternus

La definición conciliar afirma que el Romano Pontífice es infalible cuando cumple simultáneamente unas condiciones precisas. El papa debe:

  1. Hablar como pastor y doctor de todos los cristianos.
  2. Ejercer su suprema autoridad apostólica.
  3. Definir una doctrina.
  4. Referirse a la fe o a las costumbres.
  5. Presentar esa doctrina como vinculante para toda la Iglesia.

Cuando concurren estas condiciones, el papa goza de la asistencia divina prometida a Pedro. La definición enseña que esas declaraciones son irreformables por sí mismas, no porque dependan de la aprobación posterior de otra autoridad eclesial.9,5

La fórmula fundamental de Pastor Aeternus no atribuye infalibilidad a cualquier palabra, opinión, entrevista, homilía, decisión prudencial o documento pontificio. La restringe a las definiciones solemnes sobre fe y moral realizadas en las condiciones propias del magisterio ex cathedra.

Qué significa «ex cathedra»

La expresión latina ex cathedra significa literalmente «desde la cátedra». En este contexto, designa el ejercicio solemne del oficio doctrinal universal del papa.

No basta que el papa hable sobre un tema religioso. La definición exige que actúe formalmente como maestro supremo de toda la Iglesia y que pretenda establecer una doctrina que los fieles deben mantener definitivamente.

La infalibilidad papal tampoco depende de la solemnidad externa del lenguaje. Lo decisivo es la intención doctrinal y el cumplimiento de las condiciones establecidas por Pastor Aeternus.

Infalibilidad e impecabilidad

La infalibilidad no significa impecabilidad.

  • La infalibilidad se refiere a la protección divina frente al error cuando el papa define solemnemente una doctrina de fe o moral en las condiciones de Pastor Aeternus.
  • La impecabilidad significaría incapacidad para pecar, y la Iglesia nunca ha enseñado que el papa posea tal privilegio.

El papa sigue siendo un ser humano que necesita conversión, oración y gracia. Puede pecar, cometer errores personales, tomar decisiones prudenciales discutibles, expresar opiniones particulares equivocadas o ejercer de manera deficiente sus responsabilidades de gobierno. Nada de eso contradice la doctrina de la infalibilidad papal.

La infalibilidad tampoco convierte al papa en una fuente de revelación independiente. El Romano Pontífice debe custodiar y explicar el depósito apostólico; no puede inventar una nueva revelación ni modificar arbitrariamente la fe recibida.5

Infalibilidad de la Iglesia y del papa

La doctrina católica entiende la infalibilidad papal dentro de la misión de toda la Iglesia. El papa no recibe un carisma destinado a separarlo del cuerpo eclesial, sino una asistencia divina para confirmar a la Iglesia en la verdad.

La definición de Pastor Aeternus debe interpretarse junto con la enseñanza posterior sobre el episcopado, la colegialidad y la Iglesia universal. El Concilio Vaticano I quedó interrumpido antes de completar su tratado sobre la Iglesia, por lo que su eclesiología quedó centrada especialmente en el primado pontificio y necesitó una elaboración complementaria.1

Recepción de las definiciones

Las definiciones de 1870 suscitaron oposición dentro y fuera de la Iglesia católica. Algunos católicos temían que la infalibilidad transformara al papa en un soberano absoluto. Otros consideraban que el concilio había concedido a Roma una autoridad incompatible con la tradición episcopal y conciliar.

Un grupo de católicos alemanes rechazó la definición y originó el movimiento de los católicos antiguos. Diversos Gobiernos también reaccionaron contra la doctrina, especialmente porque la afirmación del primado universal parecía incompatible con sus políticas de control sobre las Iglesias nacionales.

La promulgación de Pastor Aeternus coincidió con la guerra franco-prusiana y con la desaparición de la protección militar francesa de Roma. Austria aprovechó la nueva situación para denunciar su concordato con la Santa Sede.3

Con el tiempo, la teología católica precisó que la infalibilidad papal constituye un ejercicio excepcional y rigurosamente delimitado del magisterio, no una garantía general de ausencia de error en todas las actuaciones del papa.

Importancia teológica

El Concilio Vaticano I definió principios que marcaron profundamente la teología católica contemporánea.

Sobre la revelación

El concilio reafirmó que Dios se revela libremente y que la revelación sobrenatural supera las capacidades naturales de la razón. También defendió la existencia de una revelación natural accesible al conocimiento humano.

Sobre la fe

El acto de fe posee carácter sobrenatural, pero no es absurdo ni contrario a la inteligencia. La fe responde a Dios que revela y cuenta con signos de credibilidad.

Sobre la razón

Dei Filius rechazó tanto el racionalismo como el fideísmo. La razón y la fe proceden de Dios y, correctamente entendidas, no pueden contradecirse.6,8

Sobre la Iglesia

Pastor Aeternus definió la continuidad del primado de Pedro en los obispos de Roma y precisó la autoridad universal del papa. La doctrina pretendía proteger la unidad y la independencia espiritual de la Iglesia en un contexto de nacionalismo, regalismo y secularización.2,1

Relación con el Concilio Vaticano II

El Concilio Vaticano II no anuló las definiciones del Vaticano I, sino que las integró en una visión más amplia de la Iglesia.

Vaticano II desarrolló especialmente:

La constitución Lumen gentium presentó el primado pontificio junto con el colegio episcopal, evitando comprender la autoridad del papa de forma aislada. El desarrollo posterior mostró que el primado y la sinodalidad no son realidades opuestas, sino dimensiones relacionadas de la vida eclesial.2

Valoración histórica

El Concilio Vaticano I respondió a una época de crisis política, cultural y religiosa. La pérdida de los Estados Pontificios, la presión de los Estados nacionales, el anticlericalismo, el racionalismo y las tendencias conciliaristas crearon el contexto inmediato de sus definiciones.

Su celebración quedó incompleta, pero sus dos constituciones tuvieron una importancia decisiva. Dei Filius estableció el marco católico para comprender la revelación, la fe y la razón. Pastor Aeternus precisó el primado del papa y delimitó estrictamente la infalibilidad pontificia.

La enseñanza central del concilio no consiste en atribuir al papa una perfección personal ni una autoridad ilimitada en cualquier materia. Consiste en afirmar que Cristo asiste a su Iglesia y, en condiciones doctrinales determinadas, protege al sucesor de Pedro del error cuando define solemnemente una doctrina de fe o moral para toda la Iglesia.

Citas y referencias

  1. B3.Evoluciones del siglo XIX, Dicasterio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos. Sinodalidad y primado en el segundo milenio y hoy, 3.5 (2023). 2 3 4 5 6 7
  2. Cuestiones teológicas fundamentales - 2.3. Las definiciones del Concilio Vaticano I sobre el primado de jurisdicción y la infalibilidad papal - 2.3.1. Un enfoque hermenéutico del Vaticano I - A. El contexto histórico del concilio, Dicasterio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos. El Obispo de Roma, 61. 2 3 4 5 6
  3. Concilio Vaticano, Enciclopedia Católica, Concilio Vaticano (1913). 2 3 4 5
  4. Constitución dogmática: Pastor aeternus*, Papa Pío IX. Constitución dogmática: Pastor Aeternus, 1 (1871). 2
  5. Pastor aeternus, Concilio Vaticano I. Pastor Aeternus, 5 (1870). 2 3 4
  6. César Izquierdo. Revelación y fe, 4 (1993). 2 3
  7. Simon Francis Gaine, O.P. Dei Filius II: Sobre la revelación divina, 12 (2022). 2
  8. Anónimo. Dei Filius-La Constitución dogmática sobre la fe católica, 14 (2022). 2
  9. Papa Pío IX. Constitución dogmática: Pastor Aeternus, 3 (1871).
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