Consagración episcopal
La consagración episcopal es la ordenación de un obispo en la Iglesia Católica, un sacramento que confiere la plenitud del sacramento del Orden Sagrado1,2. Este rito establece al obispo como sucesor de los Apóstoles, otorgándole los oficios de santificar, enseñar y gobernar3,1. A través de la imposición de manos y la oración consecratoria, se comunica la gracia del Espíritu Santo y se imprime un carácter sagrado, permitiendo al obispo actuar in persona Christi como maestro, pastor y sacerdote3,1.
Tabla de contenido
Naturaleza y Significado Teológico
La consagración episcopal es el punto culminante del sacramento del Orden Sagrado2. Por medio de ella, el obispo recibe una efusión extraordinaria del Espíritu Santo, una dignidad incomparable y un poder que proviene de lo alto4. Este sacramento confiere una asimilación nueva y más profunda a Cristo, el Sumo Sacerdote4. El obispo, por su consagración, se convierte en un auténtico maestro de la fe, pontífice y pastor3.
Los obispos son los sucesores de los Apóstoles, a quienes Cristo constituyó como un colegio, con Pedro a la cabeza, para predicar el Evangelio, santificar y gobernar a todos los pueblos5,6. Esta sucesión apostólica se ha transmitido de generación en generación a través de la consagración episcopal1,6.
Ritos Esenciales de la Consagración
El rito de la consagración episcopal consta de elementos esenciales que confieren el sacramento. Estos incluyen la imposición de manos y la oración consecratoria1,7.
Imposición de Manos
La imposición de manos es un gesto antiguo y fundamental en la tradición apostólica1,7. Durante este momento, el obispo consagrante principal, seguido por los demás obispos presentes, impone las manos en silencio sobre la cabeza de cada elegido7,8. Este acto simboliza la transmisión del don espiritual del Espíritu Santo recibido por los Apóstoles1. El Concilio Vaticano II recomendó que todos los obispos presentes puedan imponer las manos9.
Oración Consecratoria
La oración consecratoria es el segundo elemento fundamental y se recita con las manos extendidas10. En el rito latino, esta oración invoca a Dios para que derrame sobre el elegido esa virtud que viene de Ti, el Espíritu principal que diste a tu amado Hijo Jesucristo, que Él mismo dio a los santos Apóstoles11,12. Esta oración pide que el obispo pueda apacentar el rebaño de Dios, ejercer el sumo sacerdocio sin reproche, servir a Dios día y noche, y tener el poder de perdonar los pecados y distribuir los dones según el mandato de Cristo13.
Los obispos co-consagrantes también recitan la parte esencial de la oración consecratoria, aunque en voz baja para que la voz del obispo consagrante principal sea claramente audible11,12.
Otros Elementos del Rito
Aunque la validez de la consagración requiere solo la imposición de manos y la oración consecratoria por un obispo con la intención debida14, el rito incluye otros elementos significativos:
Lectura del mandato apostólico: Antes de la homilía, se lee el mandato apostólico que confirma la elección del obispo6,15.
Libro de los Evangelios: El obispo consagrante principal coloca el libro abierto de los Evangelios sobre la cabeza del elegido, sostenido por dos diáconos, hasta que finaliza la oración de ordenación8.
Unción con el Santo Crisma: El obispo consagrante principal unge la cabeza del nuevo obispo con el Santo Crisma, simbolizando los dones del Espíritu Santo16.
Entrega de insignias episcopales: Se entregan al nuevo obispo el báculo (crosier), el anillo y la mitra, que simbolizan su oficio de pastor, su fidelidad a la Iglesia y su autoridad, respectivamente16.
Ministros de la Consagración
El ministro ordinario de la consagración episcopal es un obispo14. Para la validez de la consagración, basta con que un solo obispo realice los ritos esenciales con la debida intención14. Sin embargo, la disciplina de la Iglesia Católica requiere que, a menos que la Sede Apostólica conceda una dispensa, el obispo consagrante principal sea asistido por al menos otros dos obispos consagrantes17. Es especialmente apropiado que todos los obispos presentes participen en la consagración17,9.
Históricamente, la presencia de varios obispos en la consagración ha sido una práctica constante desde los primeros tiempos de la Iglesia14,16. Los obispos co-consagrantes, al imponer las manos y recitar la oración consecratoria, son considerados coautores del sacramento18.
Requisitos para la Validez y Licitud
Para la validez de la consagración episcopal, es indispensable que exista un mandato pontificio15,19. Sin este mandato, la consagración es ilícita y tanto el obispo consagrante como el que recibe la consagración incurren en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica20. El Primer Concilio de Letrán ya establecía que nadie podía consagrar a un obispo que no hubiera sido canónicamente elegido, bajo pena de deposición21.
Además, quien ha sido promovido al episcopado debe recibir la consagración episcopal dentro de los tres meses siguientes a la recepción de la carta apostólica y antes de tomar posesión de su oficio, a menos que un impedimento legítimo lo impida22.
Efectos de la Consagración Episcopal
La consagración episcopal confiere al obispo la plenitud del sacramento del Orden Sagrado1,2. Esto implica la comunicación de la plenitud del único y supremo sacerdocio de Cristo4.
Los efectos principales son:
Oficio de santificar: El obispo es constituido sacerdote del culto sagrado5.
Oficio de enseñar: Recibe el oficio de enseñar la doctrina de la fe, siendo un auténtico maestro3,5,1.
Oficio de gobernar: Se le confiere el oficio de gobernar la Iglesia3,5,1. Sin embargo, estos oficios solo pueden ser ejercidos en comunión jerárquica con la cabeza y los miembros del colegio episcopal1.
Carácter sagrado: Se imprime en el obispo un carácter espiritual indeleble, que lo asimila a Cristo como Maestro, Pastor y Pontífice3,1.
Membresía en el Colegio Episcopal: Por su consagración sacramental y en comunión jerárquica, el obispo se convierte en miembro del Colegio de Obispos, compartiendo la solicitud por todas las Iglesias5,1.
Conclusión
La consagración episcopal es un sacramento de profunda importancia en la Iglesia Católica, que confiere la plenitud del Orden Sagrado y establece a los obispos como sucesores de los Apóstoles. A través de la imposición de manos y la oración consecratoria, se les otorga la gracia del Espíritu Santo para santificar, enseñar y gobernar al pueblo de Dios, actuando en la persona de Cristo. Este rito no solo asegura la continuidad de la misión apostólica, sino que también integra al obispo en el Colegio Episcopal, bajo la autoridad del Romano Pontífice.
Citas
Capítulo III - Sobre la estructura jerárquica de la Iglesia y en particular sobre el episcopado, Concilio Vaticano II. Lumen Gentium, § 21 (1964). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10 ↩11 ↩12 ↩13
III. Los tres grados del sacramento del Orden, Catecismo de la Iglesia Católica, § 1557 (1992). ↩ ↩2 ↩3
III. Los tres grados del sacramento del Orden, Catecismo de la Iglesia Católica, § 1558 (1992). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6
Papa Pablo VI. 1 de agosto de 1969: Ordenación Episcopal de doce Obispos en Kololo (Uganda) (1969). ↩ ↩2 ↩3
Papa Juan Pablo II. A los Obispos de Brasil en su visita ad Limina (7 de febrero de 2003) - Discurso (2003). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Homilia, Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Ordinatione Episcopi, Presbyterorum et Diaconorum (La Ordenación de Obispos, Presbíteros y Diáconos), § 50. ↩ ↩2 ↩3
Papa Benedicto XVI. 12 de septiembre de 2009: Capilla Papal para la Ordenación Episcopal de cinco nuevos Obispos, § 12 de septiembre de 2009: Capilla Papal para la Ordenación Episcopal de cinco nuevos Obispos (2009). ↩ ↩2 ↩3
Impositio manuum et prex ordinationis, Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Ordinatione Episcopi, Presbyterorum et Diaconorum (La Ordenación de Obispos, Presbíteros y Diáconos), § 31. ↩ ↩2
Capítulo III - Los otros sacramentos y los sacramentales, Concilio Vaticano II. Sacrosanctum Concilium, § 76 (1963). ↩ ↩2
Impositio manuum et prex ordinationis, Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Ordinatione Episcopi, Presbyterorum et Diaconorum (La Ordenación de Obispos, Presbíteros y Diáconos), § 55. ↩
Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Ordinatione Episcopi, Presbyterorum et Diaconorum (La Ordenación de Obispos, Presbíteros y Diáconos), § 56. ↩ ↩2
Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Ordinatione Episcopi, Presbyterorum et Diaconorum (La Ordenación de Obispos, Presbíteros y Diáconos), § 36. ↩ ↩2
Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Ordinatione Episcopi, Presbyterorum et Diaconorum (La Ordenación de Obispos, Presbíteros y Diáconos), § 37. ↩
Papa Pío XII. Episcopali Consecrationis (30 de noviembre de 1944) (1944). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Capítulo I. La celebración y el ministro de la ordenación, Código de Derecho Canónico, § 1013 (1983). ↩ ↩2
Consagración, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, §Consagración. ↩ ↩2 ↩3
Capítulo I. La celebración y el ministro de la ordenación, Código de Derecho Canónico, § 1014 (1983). ↩ ↩2
Dicasterio para los Textos Legislativos. Sobre la correcta aplicación del canon 1382 del Código de Derecho Canónico (6 de junio de 2011), § 3 (2011). ↩
Papa Pío XII. Ad Apostolorum principis, § 47 (1958). ↩
Título II. Derecho penal y precepto penal, Código de Derecho Canónico, § 1387 (1983). ↩
Cánones, Documento Conciliar. Primer Concilio de Letrán (1123 d.C.), § 3 (1123). ↩
Capítulo II. Los Obispos, Código de Derecho Canónico, § 379 (1983). ↩