Constitución apostólica
Una Constitución Apostólica es un documento papal de la más alta autoridad en la Iglesia Católica, utilizado para promulgar leyes solemnes, definir doctrinas o establecer disposiciones importantes en materia de fe, moral o disciplina eclesiástica. Estos documentos se distinguen por su formalidad y por la intención del Romano Pontífice de vincular permanentemente a quienes van dirigidos, ya sea a toda la Iglesia o a partes específicas de ella. A lo largo de la historia, las Constituciones Apostólicas han abordado una amplia gama de temas, desde la erección de diócesis hasta la definición de dogmas infalibles.
Tabla de contenido
Naturaleza y Autoridad
Las Constituciones Apostólicas son ordenaciones emitidas por los Romanos Pontífices que vinculan a aquellos a quienes van dirigidas1. Desde los primeros siglos del cristianismo, los Papas fueron consultados sobre cuestiones de fe, moral y disciplina, y sus respuestas fueron recibidas con reverencia, consideradas como procedentes del Vicario de Cristo1. La autoridad de estas constituciones deriva directamente de la jurisdicción primacial de la Sede de Pedro1.
En el ámbito del derecho canónico, el término «constitución» (del latín constituere, establecer, decretar) es sinónimo de ley1. Una Constitución Apostólica es un acto legal del gobernante de la Iglesia, comparable a un decreto de un príncipe secular en el ámbito civil1. Sin embargo, a diferencia de las leyes civiles que derivan su autoridad del pueblo, el Papa recibe su poder directamente de Dios, siendo la fuente de todas las regulaciones eclesiásticas1.
Distinción de otras leyes eclesiásticas
Las constituciones eclesiásticas se distinguen de las leyes civiles en su origen, objeto y sanción2. Las leyes eclesiásticas emanan de una autoridad de institución directamente divina, tienen como objetivo último promover la salvación de las almas en el Reino de Dios en la tierra, y sus sanciones son de carácter espiritual2. Se sitúan entre la ley divina (contenida en las Escrituras y la tradición) y la ley natural (dictada por la razón humana), exponiéndolas y adaptándolas a tiempos, lugares y personas particulares2.
Aunque el término «constitución» se usa para ordenanzas papales, también puede aplicarse a mandatos conciliares, sinodales y episcopales, aunque con menos frecuencia en tiempos recientes1,2. Los decretos conciliares suelen denominarse cánones1.
Formas y Contenido
Las Constituciones Apostólicas pueden presentarse en diferentes formas, siendo las más comunes las Bulas y los Breves1,3. Las Bulas se utilizan para decretos más importantes y permanentes, comenzando con la fórmula: Pius (o nombre del papa) Episcopus, Servus servorum Dei1. Los Breves, por otro lado, son encabezados por el nombre del pontífice reinante, por ejemplo, Pius PP. X1. El Papa León XIII realizó algunos cambios en la forma externa de las Bulas papales en 18781.
En cuanto a su contenido, una Constitución Apostólica, en un sentido restringido, denota un estatuto que el Vicario de Cristo emite en forma solemne, con la intención de vincular permanentemente a quienes va dirigido1. Cuando las cartas papales se dirigen a los obispos de toda la Iglesia, se denominan Encíclicas, que son la forma más común utilizada por los Papas para tratar cuestiones de doctrina y disciplina1. Si los decretos pontificios toman la forma de respuestas, se les llama epístolas decretales1. Si se emiten motu proprio (es decir, sin una solicitud previa a la Santa Sede), se denominan decretos, aunque este nombre tiene también un significado más general1. Las ordenanzas emitidas a individuos sobre asuntos de menor o transitoria importancia se conocen como Rescriptos1.
Antes de emitir una constitución, el Papa suele consultar a sus consejeros, que han variado a lo largo de la historia de la Iglesia1.
Ejemplos Históricos y su Impacto
Las Constituciones Apostólicas han sido empleadas por los Papas para una variedad de propósitos significativos:
Definición de Dogmas: Un ejemplo notable es Munificentissimus Deus (1950) de Pío XII, que definió infaliblemente la Asunción de María en cuerpo y alma al cielo4.
Asuntos Doctrinales y Disciplinarios: Sacramentum Ordinis (1948) de Pío XII resolvió el debate sobre la materia del sacramento de la ordenación4.
Erección de Diócesis: Pío XII utilizó constituciones apostólicas para erigir diócesis, como en Chilapensis (1958)4. También el Papa Pío XI emitió constituciones para la erección y dismembración de diócesis, como Verae crucis (1922) y De Tulancingo (1922)5,6.
Modificación de Reglas para Elecciones Papales: Vacantis Apostolicae Sedis (1945) de Pío XII modificó las reglas para las elecciones papales4.
Regulación de la Vida Eclesiástica: Divini cultus sanctitatem (1928) de Pío XI abordó importantes asuntos disciplinarios7. Pastor Bonus (1988) de Juan Pablo II estableció la organización y competencias de la Curia Romana, incluyendo la Obra de Caridad del Sumo Pontífice8.
Establecimiento de estructuras para grupos específicos: Anglicanorum Coetibus (2009) de Benedicto XVI proporcionó la estructura normativa para la institución y vida de Ordinariatos Personales para fieles anglicanos que deseaban entrar en plena comunión con la Iglesia Católica9,10.
Actualización de la legislación eclesiástica: Paenitemini (1966) de Pablo VI estableció normas sobre la penitencia11. Sapientia Christiana (1979) de Juan Pablo II abrogó leyes y costumbres contrarias a sus prescripciones sobre las universidades y facultades eclesiásticas12.
Preparación y Consecuencias de Concilios: Sacrae Laudis (1962) de Juan XXIII, emitida poco antes del Concilio Vaticano II, se refiere al Oficio Divino como una oración sacerdotal para obtener gracias para el Concilio13. El Concilio Vaticano II mismo emitió constituciones, como la Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el mundo actual, Gaudium et Spes14.
Disposiciones Finales y Abrogaciones: Las Constituciones Apostólicas a menudo incluyen cláusulas que establecen su validez y abrogan disposiciones anteriores que sean contrarias7,8,9,5,11,12,15,16,6. Por ejemplo, Episcopalis Communio (2018) del Papa Francisco abrogó disposiciones contrarias, incluyendo cánones del Código de Derecho Canónico y del Código de Cánones de las Iglesias Orientales, y el Motu Proprio Apostolica Sollicitudo de Pablo VI15.
Constituciones Apostólicas y Concilios Ecuménicos
Los Concilios Ecuménicos también han emitido constituciones durante casi ochocientos años, abordando grandes cuestiones doctrinales y disciplinarias4. La validez de los decretos de los concilios ecuménicos siempre ha requerido la confirmación papal, un principio reconocido por los propios concilios antiguos1.
Es importante distinguir las Constituciones Apostólicas emitidas por los Papas de las Constituciones Apostólicas (en plural y con mayúsculas), que se refieren a una colección pseudoapostólica del siglo IV17,18. Esta antigua colección, en ocho libros, contenía tratados sobre disciplina, culto y doctrina cristiana, y aunque no fue considerada de indudable autoridad apostólica por la Iglesia, sirvió como base para mucha legislación eclesiástica y es un valioso documento histórico18. El Concilio Trullano en 692 rechazó esta obra debido a interpolaciones heréticas, aceptando solo la porción conocida como los «Cánones Apostólicos»18.
El Executor Apostólico
Un Executor Apostólico es un clérigo encargado de poner en ejecución un rescripto papal, completando lo necesario para que sea efectivo19. Su función es ejecutar el favor solicitado, aunque si es notorio que el favor fue obtenido subrepticiamente, debe abstenerse de ejecutar el rescripto19. Este delegado de la Santa Sede debe verificar la veracidad de las razones alegadas en la petición y actuar dentro de los límites de su mandato19.
Conclusión
Las Constituciones Apostólicas son documentos fundamentales en la vida de la Iglesia Católica, reflejando la autoridad suprema del Romano Pontífice en la definición de la doctrina, la regulación de la disciplina y la promulgación de leyes. Su naturaleza solemne y su intención de vinculación permanente las convierten en pilares del magisterio y la legislación eclesiástica, guiando a los fieles en su camino hacia la salvación.
Citas
Constituciones papales, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Constituciones Papales. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8 ↩9 ↩10 ↩11 ↩12 ↩13 ↩14 ↩15 ↩16 ↩17 ↩18 ↩19
Constituciones eclesiásticas, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Constituciones Eclesiásticas. ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Cartas apostólicas, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Cartas Apostólicas. ↩
Christian D. Washburn. El Concilio Vaticano II y la autoridad teológica de Sacrosanctum Concilium como Constitución, § 3. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Pius episcopus servus servorum dei ad perpetuam rei memoriam - Constitutio apostolica - Verae crucis* - Dismembrationis et erectionis diocesis papantlensis, Papa Pío XI. Verae crucis, § Verae crucis (1922). ↩ ↩2
Pius episcopus servus servorum dei ad perpetuam rei memoriam - Constitutio apostolica - De tulancingo* - Dismembrationis dioecesis huejutlensis, Papa Pío XI. De Tulancingo, §De Tulancingo (1922). ↩ ↩2
Papa Pío XI. Divini cultus sanctitatem, § XI (1928). ↩ ↩2
IX, Papa Juan Pablo II. Pastor Bonus, §Art. 193 (1988). ↩ ↩2
Papa Benedicto XVI. Anglicanorum Coetibus, § XII (2009). ↩ ↩2
Papa Benedicto XVI. Anglicanorum Coetibus (2009). ↩
Capítulo iii, Papa Pablo VI. Paenitemini (1966). ↩ ↩2
Parte segunda - Normas especiales - Sección iv - Normas transitorias, Papa Juan Pablo II. Sapientia Christiana, §Art. 94 (1979). ↩ ↩2
Constitución apostólica, Papa Juan XXIII. Sacrae Laudis (6 de enero de 1962) (1962). ↩
John R. Bowlin, Edward T. Oakes. Simposio del libro: Introducción a la Teología Moral, § 26. ↩
Disposiciones finales, Papa Francisco. Episcopalis Communio, §Art. 27 (2018). ↩ ↩2
Papa Pío XI. Apostolici officii, §Apostolici officii (1928). ↩
Constituciones, apostólicas, Edward G. Farrugia. Diccionario Enciclopédico del Oriente Cristiano, §Constituciones, Apostólicas (2015). ↩
Constituciones apostólicas, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Constituciones Apostólicas. ↩ ↩2 ↩3
Ejecutor apostólico, The Encyclopedia Press. Catholic Encyclopedia, §Ejecutor Apostólico. ↩ ↩2 ↩3