Una constitución dogmática es una forma de legislación eclesiástica que se distingue por su carácter doctrinal y su alta autoridad teológica1. El término «dogmático» señala que el documento trata sobre dogmas o doctrinas de fe y moral que son vinculantes para toda la Iglesia2,1. No todo el contenido de una constitución dogmática es necesariamente un dogma en el sentido estricto, pero el documento en su conjunto posee una autoridad doctrinal superior a otras formas de constituciones eclesiásticas1.
Estos documentos se caracterizan por el uso de un lenguaje específico que indica la intención del concilio o del Papa de enseñar de manera autoritativa. Esto puede incluir frases como «enseñamos» (docemus) o «declaramos» (declaramus), y a menudo contienen cánones que anatematizan errores doctrinales3.
