La palabra contrición procede del latín conterere, «triturar» o «quebrantar». Aplicada al arrepentimiento, expresa la ruptura interior con el pecado y con el apego a una conducta contraria a Dios. La imagen no significa que la persona deba despreciarse a sí misma, sino que su voluntad abandona el mal cometido y se dispone a cambiar de vida.4
El Concilio de Trento definió la contrición como «dolor del alma y detestación del pecado cometido, con propósito de no pecar en adelante». Esta definición reúne tres aspectos inseparables: reconocer el pecado, rechazarlo y decidir no repetirlo. Por eso, la contrición no equivale solo a lamentar las consecuencias de una acción ni a declarar que uno intentará comportarse mejor. Incluye una auténtica oposición de la voluntad al mal realizado.1
«Contrición, que ocupa el primer lugar entre los actos del penitente, es dolor del alma y detestación del pecado cometido, con determinación de no pecar en el futuro».1
La expresión dolor del alma no exige necesariamente una emoción intensa ni lágrimas. La doctrina católica entiende la contrición ante todo como un acto de la voluntad: la persona reconoce que pecó, desaprueba sinceramente ese acto y quiere apartarse de él. La tristeza sensible puede acompañar al arrepentimiento, pero su intensidad no mide por sí sola la autenticidad de la conversión.5,6
