Rechazo del racionalismo y del fideísmo
El cuarto capítulo presenta una síntesis entre fe y razón. Dei Filius rechaza tanto el racionalismo, que somete toda verdad al poder de la razón autónoma, como el fideísmo, que reduce la fe a una adhesión sin fundamentos racionales.
La razón puede conocer la existencia de Dios, reconocer signos de la revelación y mostrar que la fe no contradice la inteligencia. Sin embargo, la razón no puede convertir los misterios sobrenaturales en conclusiones plenamente demostrables a partir de principios naturales.
El racionalismo pretende construir toda la fe desde la razón. El fideísmo, por el contrario, apenas concede una función a la inteligencia en la recepción y comprensión de la revelación. El concilio rechaza ambas posiciones y presenta la fe y la razón como órdenes distintos, aunque armoniosos.
Los misterios sobrenaturales
La revelación contiene misterios verdaderos y propiamente dichos. Un misterio no es una contradicción ni un absurdo; designa una verdad que supera la capacidad natural de la razón, aunque no se oponga a ella.
La Trinidad, la Encarnación y la gracia pertenecen a este ámbito. La razón puede aclarar conceptos, defender la coherencia de la doctrina y mostrar sus relaciones internas, pero no puede descubrir por sí sola la realidad íntima de esos misterios.
El primer canon del capítulo cuarto condena la afirmación de que todos los dogmas puedan comprenderse y demostrarse a partir de principios naturales mediante una razón correctamente desarrollada.
El nexo de los misterios
La expresión latina nexus mysteriorum, «conexión de los misterios», describe la relación interna entre las verdades reveladas. La teología puede avanzar desde un misterio hacia otro, mostrando cómo las verdades de la fe forman una unidad orgánica.
Este principio no convierte los misterios en demostraciones racionales. Permite comprender mejor su mutua coherencia y descubrir las consecuencias que una verdad revelada proyecta sobre otras. La razón teológica trabaja, por tanto, dentro de la fe y no al margen de ella.
Libertad de la investigación científica
El concilio reconoce una legítima libertad de las disciplinas humanas. Cada ciencia debe investigar su objeto propio y emplear los métodos adecuados a dicho objeto. Sin embargo, la libertad científica no autoriza a mantener como verdadera una afirmación que contradiga una doctrina revelada definida por la Iglesia.
El segundo canon del capítulo cuarto condena la afirmación de que las disciplinas humanas puedan conservar como verdaderas, sin posibilidad de censura eclesial, proposiciones contrarias a la doctrina revelada.
Esta norma no identifica la teología con las ciencias naturales ni permite que la autoridad eclesial sustituya el trabajo propio de cada disciplina. Afirma la unidad de la verdad: una contradicción real entre una verdad revelada y una conclusión cierta de la razón resultaría imposible, porque Dios es autor tanto de la naturaleza como de la revelación.
Inmutabilidad del sentido dogmático
La Iglesia puede explicar con mayor profundidad una doctrina, precisar su vocabulario y desarrollar sus consecuencias. No puede atribuir a un dogma un sentido contrario al que la Iglesia entendió y entiende.
El tercer canon del capítulo cuarto condena la posibilidad de conceder a los dogmas, bajo pretexto del progreso científico, un sentido diferente del que la Iglesia les ha atribuido.
La doctrina conciliar distingue así entre desarrollo homogéneo y transformación contradictoria. El desarrollo profundiza la misma verdad; la contradicción sustituye esa verdad por otra.