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Dicasterio para las Causas de los Santos

El Dicasterio para las Causas de los Santos es el organismo de la Curia Romana que estudia y tramita las causas de beatificación y canonización, además de otras materias relacionadas con los santos, las reliquias y el título de doctor de la Iglesia. Su actividad combina la investigación histórica, el análisis teológico y jurídico, el examen médico de los presuntos milagros y la decisión final del Romano Pontífice.

Cuadro resumen[Datos abiertos]
NombreDicasterio para las Causas de los Santos
CategoríaOrganización religiosa
DescripciónÓrgano de la Curia Romana que estudia y tramita causas de beatificación y canonización, y regula asuntos relacionados con santos, milagros, reliquias y el título de doctor de la Iglesia
Fecha de Fundación1969
Autoridad EclesiásticaPapa Francisco
Competencias PrincipalesExamen de causas de beatificación y canonización, investigación de milagros, conservación de reliquias, concesión del título de doctor de la Iglesia, orientación a obispos en procesos locales.
Contexto HistóricoEvolución desde la Sagrada Congregación de Ritos (1588) y la Congregación para las Causas de los Santos creada por Pablo VI en 1969, reformada por Juan Pablo II (1983) y renombrada mediante la constitución apostólica Praedicate Evangelium (2022).
FundadorPapa Pablo VI
TipoCongregación, Dicasterio, Constitución apostólica
Ubicación

Tabla de contenido

Naturaleza y finalidad

El Dicasterio pertenece a la Curia Romana, es decir, al conjunto de instituciones mediante las cuales el papa ejerce su misión al servicio de la Iglesia universal. La constitución apostólica Praedicate Evangelium, promulgada por el papa Francisco en 2022, emplea la denominación actual de «Dicasterio», en lugar de la anterior «Congregación».

Su competencia comprende «todo lo que atañe a las causas de beatificación y canonización», de acuerdo con el procedimiento establecido por la legislación eclesiástica.1

El Dicasterio no «crea» santos. La santidad pertenece a la acción de la gracia de Dios y a la vida concreta de los fieles. La Iglesia, mediante un discernimiento formal, reconoce que una persona vivió eminentemente la fe cristiana o entregó la vida por Cristo, y propone su ejemplo para la imitación, su intercesión para la oración y su culto litúrgico dentro de los límites autorizados.

La finalidad pastoral de las causas consiste, por tanto, en mostrar la fecundidad del Evangelio en distintas épocas, culturas y estados de vida. La canonización presenta al santo como testigo de la presencia transformadora de Cristo y como estímulo para que los fieles avancen hacia «la plenitud de la vida cristiana y la perfección de la caridad».2

Competencias principales

Causas de beatificación y canonización

El Dicasterio examina las causas instruidas por los obispos diocesanos o eparquiales. Ofrece normas, orientación y asesoramiento a quienes tienen la responsabilidad inmediata de investigar una causa en el ámbito local. Después revisa las actas, comprueba que la investigación haya respetado las normas y formula un juicio sobre el fondo del asunto para presentarlo al Romano Pontífice.3

La competencia del Dicasterio abarca:

  • Las causas de martirio.
  • Las causas de virtudes heroicas.
  • Las causas basadas en la oblación de la vida.
  • La investigación y aprobación de los milagros atribuidos a la intercesión de un siervo de Dios o de un beato.
  • Determinadas cuestiones relativas al reconocimiento y conservación de las reliquias.
  • La determinación sobre la concesión del título de doctor de la Iglesia, después de recibir el parecer del Dicasterio para la Doctrina de la Fe acerca de la eminencia de la doctrina del candidato.4

Asistencia a los obispos

La legislación actual concede al obispo diocesano un papel decisivo en la fase inicial. El Dicasterio no sustituye automáticamente la investigación local, sino que establece las normas y acompaña al obispo en su aplicación. La reforma de 1983 quiso reforzar la colaboración entre los obispos y la Santa Sede, manteniendo al mismo tiempo la seriedad de las pruebas.5

En el ámbito de las Iglesias católicas orientales, la expresión «obispo diocesano» incluye al obispo eparquial y a quien posee una autoridad jurídicamente equivalente.6

Historia de las causas de los santos

La veneración de los mártires

Durante los primeros siglos, las comunidades cristianas conservaron la memoria de los mártires, honraron sus sepulcros y celebraron el aniversario de su muerte como el día de su nacimiento para el cielo. La veneración surgía habitualmente en el ámbito local y estaba vinculada al testimonio público de quienes habían muerto por fidelidad a Cristo.

Con el tiempo, la Iglesia también comenzó a reconocer a los confesores, es decir, cristianos que no habían sufrido una muerte violenta por la fe, pero que habían vivido con una santidad extraordinaria. Sus sepulcros recibieron una veneración semejante a la de los mártires, aunque la autoridad eclesiástica debía autorizar el culto público.7

Facultades episcopales y centralización romana

La historia de la canonización no comenzó como un sistema centralizado en Roma. Durante varios siglos, los obispos pudieron autorizar el culto público de mártires y confesores dentro del territorio sometido a su jurisdicción. En algunos lugares, esa competencia correspondió también a patriarcas o primados. El alcance del acto era normalmente local.7

La expansión de los cultos, la insuficiente investigación de algunas vidas y ciertos abusos de la piedad popular impulsaron una intervención progresiva de los papas. A partir de finales del siglo XI, los pontífices comenzaron a exigir un examen más riguroso de las virtudes y los milagros, primero en concilios y posteriormente mediante procedimientos reservados a la Santa Sede.7

La decretal Audivimus, vinculada al papa Alejandro III, afirmó que nadie podía recibir culto como santo sin la autoridad de la Iglesia romana. La reserva papal alcanzó una formulación universal con la incorporación de esta doctrina a las Decretales de Gregorio IX en 1234. Durante un periodo anterior coexistieron canonizaciones episcopales y papales, pero la competencia romana terminó imponiéndose como norma general.8

La canonización de san Ulrico de Augsburgo, realizada por el papa Juan XV en 993, suele considerarse la primera canonización papal documentada. Esta afirmación no significa que antes no existiera reconocimiento eclesial de la santidad, sino que manifiesta una etapa avanzada de la progresiva centralización romana.9

La distinción entre beatificación y canonización

La distinción técnica entre beato y santo adquirió una forma más definida entre los siglos XVI y XVII. La beatificación permitía un culto público limitado a determinados lugares, diócesis, familias religiosas o iglesias. La canonización, en cambio, extendía el culto a la Iglesia universal.9

Antes de la plena estructuración de estos conceptos existieron formas históricas de reconocimiento, como la elevación de las reliquias, la inscripción en calendarios locales y la aprobación de cultos antiguos. La confirmación de un culto inmemorial no equivale automáticamente a una canonización formal con los criterios procesales actuales.

La Congregación de Ritos

El papa Sixto V instituyó en 1588 la Sagrada Congregación de Ritos mediante la constitución apostólica Immensa aeterni Dei. Este organismo recibió competencias relacionadas con la liturgia y las causas de los santos.8

La legislación de Urbano VIII contribuyó decisivamente a regular las causas de beatificación y canonización, especialmente para evitar cultos prematuros y distinguir la fama de santidad de la autorización oficial del culto. La obra de Prospero Lambertini, futuro papa Benedicto XIV, sistematizó la doctrina y la práctica de las causas, hasta convertirse en una referencia clásica de la materia.8

La sección histórica

Pío XI creó en 1930 una sección histórica dentro de la Sagrada Congregación de Ritos. Esta sección debía estudiar las llamadas causas históricas, en las que la prueba principal procede de documentos y no de testimonios directos. En 1939, nuevas normas hicieron innecesario un proceso apostólico separado para esas causas y confiaron la investigación a un único proceso bajo autoridad ordinaria.5

La creación de la Congregación para las Causas de los Santos

Pablo VI reformó la Sagrada Congregación de Ritos en 1969. Mediante la constitución apostólica Sacra Rituum Congregatio, dividió sus competencias y creó, por una parte, el organismo encargado del culto divino y, por otra, la Sagrada Congregación para las Causas de los Santos.5

La reforma pretendió adaptar la investigación a los avances de las ciencias históricas y favorecer una colaboración más estrecha entre la autoridad episcopal y la Santa Sede. También estableció un procedimiento cognoscitivo único para las causas recientes, con el obispo como responsable de la recogida de pruebas.5

La reforma de 1983

Juan Pablo II promulgó el 25 de enero de 1983 la constitución apostólica Divinus perfectionis Magister. Este documento reorganizó el procedimiento de las causas y atribuyó a la entonces Congregación para las Causas de los Santos la elaboración de normas particulares para las investigaciones episcopales.10

La reforma sustituyó el antiguo sistema por una investigación diocesana o eparquial seguida del examen romano. Las Normae servandae in inquisitionibus ab Episcopis faciendis in Causis Sanctorum, publicadas en el mismo año, concretaron numerosos aspectos prácticos de la investigación.

La reforma de la Curia romana

La constitución apostólica Praedicate Evangelium, promulgada en 2022, actualizó la organización de la Curia Romana y sustituyó generalmente la denominación «Congregación» por «Dicasterio». La institución recibe actualmente el nombre de Dicasterio para las Causas de los Santos.

La terminología refleja la estructura vigente de la Curia, pero no altera por sí misma la naturaleza teológica de la canonización: el Romano Pontífice conserva la autoridad de declarar solemnemente que una persona pertenece al canon de los santos.

Tipos de causas

Causas recientes y causas antiguas

Una causa es reciente cuando el martirio o las virtudes del siervo de Dios pueden demostrarse mediante declaraciones orales de testigos oculares. Una causa es antigua cuando las pruebas dependen principalmente de documentos históricos.11

En las causas antiguas, la investigación exige un trabajo crítico sobre archivos, crónicas, escritos, testimonios indirectos, tradiciones litúrgicas y otros documentos. La ausencia de testigos contemporáneos no impide la causa, pero exige valorar cuidadosamente la autenticidad, la fecha, la transmisión y la credibilidad de cada documento.

La investigación debe incluir también los elementos desfavorables. Las normas exigen una exposición cronológica de la vida, las obras, las virtudes, el martirio o la oblación de la vida, así como de la fama de santidad y de los signos atribuidos al candidato. También deben recogerse los datos contrarios o menos favorables.12

Causas por martirio

El martirio consiste en la muerte violenta sufrida por un cristiano a causa de la fe o de una virtud cristiana inseparablemente vinculada a ella. La tradición de la Iglesia reconoce tres elementos fundamentales:

  1. La víctima mantiene conscientemente la fe y acepta una muerte violenta y prematura antes que negar a Cristo.
  2. El perseguidor actúa movido por odio contra la fe o contra una virtud cristiana relacionada con ella.
  3. La víctima afronta la muerte con una actitud de caridad cristiana, unida a Cristo y sin responder al mal con odio.

El martirio no equivale a cualquier muerte injusta ni a toda muerte ocurrida durante una persecución. La investigación debe determinar la relación causal entre la muerte y el odio a la fe, además de examinar la disposición interior y el testimonio cristiano del candidato.13

Para la beatificación de un mártir, la Iglesia no exige la aprobación de un milagro. El martirio probado constituye la base propia de la beatificación.13

Para la canonización de un beato mártir, la disciplina de las causas contempla normalmente la aprobación de un milagro posterior a la beatificación, salvo las determinaciones particulares que pueda adoptar el Romano Pontífice.

Causas por virtudes heroicas

Las virtudes heroicas designan el ejercicio constante, libre y extraordinario de las virtudes cristianas. La Iglesia examina especialmente la fe, la esperanza y la caridad, junto con las virtudes cardinales de prudencia, justicia, fortaleza y templanza. También considera las virtudes propias del estado de vida del candidato.

La heroicidad no exige una existencia carente de dificultades, límites o sufrimientos. Exige que la persona haya respondido habitualmente a las circunstancias con una caridad y una madurez cristianas extraordinarias, sostenidas por la gracia.

El candidato que obtiene el reconocimiento pontificio de la heroicidad de sus virtudes recibe el título de venerable. Este título expresa que la Iglesia ha reconocido la heroicidad de su vida, pero todavía no autoriza el culto público propio de un beato o de un santo.

Para la beatificación de un venerable por virtudes heroicas, normalmente debe probarse un milagro atribuido a su intercesión. La investigación del milagro tiene carácter independiente respecto de la investigación sobre las virtudes.12

Causas por oblación de la vida

El papa Francisco instituyó en 2017 la oblación de la vida como una vía propia para la beatificación y la canonización, distinta del martirio y de la heroicidad de las virtudes.14

Esta vía contempla la entrega libre y voluntaria de la propia vida por caridad, acompañada de la aceptación heroica de una muerte cierta y próxima. La entrega debe guardar una relación causal con la muerte prematura. Además, el candidato debe haber practicado las virtudes cristianas al menos en un grado ordinario, conservar fama de santidad y dejar signos de esa fama después de la muerte.15

La oblación de la vida no equivale técnicamente al martirio. En el martirio, un perseguidor causa la muerte por odio a la fe o a una virtud cristiana. En la oblación de la vida, la muerte procede de una enfermedad, un riesgo o una circunstancia determinada que el candidato acepta y afronta por amor a Dios y al prójimo, sin que resulte necesario un perseguidor movido por odio religioso.

La positio de una causa por oblación debe responder a la cuestión de si consta una «oblación heroica de la vida hasta la muerte por caridad» y si el candidato practicó las virtudes cristianas, al menos en grado ordinario, para la finalidad jurídica de la causa.16

A diferencia del martirio, la oblación de la vida requiere un milagro para la beatificación.15

Desarrollo de una causa

El actor de la causa

Una causa suele comenzar por iniciativa de una diócesis, una familia religiosa, una asociación de fieles u otra persona jurídica eclesial que considera que un fiel goza de fama de santidad o de martirio. Esta persona o institución recibe el nombre de actor de la causa.

El actor presenta la petición al obispo competente y asume la responsabilidad de promover la investigación, reunir documentación y procurar los medios necesarios, siempre bajo la autoridad eclesiástica y con respeto a las normas sobre la administración de los bienes de la causa.

El postulador

El postulador representa al actor ante las autoridades eclesiásticas y coordina los trabajos de la causa. Recoge documentos, localiza testigos, colabora con historiadores y teólogos y prepara la documentación que debe presentarse al Dicasterio.

La función del postulador no consiste en fabricar una imagen idealizada del candidato. Su misión exige servicio a la verdad, rigor moral y cooperación con la Santa Sede. La normativa reclama que las causas mantengan una sensibilidad evangélica y no queden subordinadas a intereses económicos, prestigio personal o promoción indebida.6

La fase diocesana o eparquial

El obispo competente examina inicialmente la fama de santidad, de martirio o de oblación de la vida. Antes de iniciar formalmente la investigación, solicita información sobre la relevancia de la causa y consulta a los demás obispos de la región conforme a la normativa aplicable.

Una vez autorizada la apertura, constituye el tribunal o los organismos necesarios y ordena la recogida de pruebas. La investigación puede incluir:

  • Declaraciones de testigos.
  • Escritos publicados e inéditos del candidato.
  • Diarios, cartas y documentos personales.
  • Documentación histórica y biográfica.
  • Testimonios favorables y contrarios.
  • Análisis de la fama de santidad y de los signos.
  • Documentación médica, cuando la causa incluye un presunto milagro.

En las causas de miembros de institutos de vida consagrada, una parte significativa de los testigos debe proceder de fuera del instituto, salvo que las circunstancias concretas hagan imposible reunirlos. Esta norma pretende favorecer una valoración amplia e independiente.12

La investigación sobre los escritos

Los escritos del siervo de Dios reciben un examen teológico para comprobar que no contienen errores doctrinales. La ausencia de una declaración formal de santidad no permite presentar públicamente al candidato como santo ni anticipar el resultado de la causa.

La normativa prohíbe las celebraciones solemnes y los panegíricos que puedan inducir a los fieles a pensar que la canonización ya está garantizada mientras la investigación continúa.12

La fase romana

Cuando termina la investigación diocesana, el obispo remite las actas al Dicasterio. Los expertos revisan la documentación y determinan si la investigación local respetó las normas y reunió pruebas suficientes.

Después, un relator coordina la preparación de la positio, el conjunto ordenado de documentos que presenta la vida del candidato, la fama de santidad, el martirio, las virtudes o la oblación de la vida y los argumentos favorables y contrarios.

Consultores históricos, teólogos y, cuando procede, médicos estudian la positio. Sus conclusiones pasan a las sesiones correspondientes del Dicasterio. El resultado se presenta al papa, quien decide si autoriza la promulgación del decreto relativo al martirio, a las virtudes heroicas, a la oblación de la vida o al milagro.

Beatificación y canonización

Beatificación

La beatificación autoriza un culto público limitado. El beato puede recibir veneración litúrgica en los lugares, diócesis, institutos religiosos o comunidades expresamente determinados por la Santa Sede.

La beatificación no equivale todavía a la canonización. La diferencia afecta al alcance del culto y al grado de la declaración pontificia. Históricamente, la beatificación adquirió precisamente este carácter limitado frente a la canonización, que extendía la veneración a la Iglesia universal.9

Canonización

La canonización es el acto solemne por el que el papa declara que un beato pertenece al canon de los santos y puede recibir culto público en toda la Iglesia. La canonización posee un alcance universal y constituye la culminación ordinaria de una causa.

La doctrina tradicional distingue entre el acto pontificio de canonización y las formas históricas anteriores de reconocimiento local. Durante los primeros siglos, el culto de un mártir o confesor podía originarse en una comunidad y recibir posteriormente aprobación episcopal o romana. La centralización progresiva reservó finalmente a la Santa Sede la autorización universal del culto.7

Investigación de los milagros

El milagro constituye un signo atribuido a la intercesión de un siervo de Dios o de un beato. La investigación médica analiza si existe una explicación científica suficiente para la curación o el fenómeno estudiado. Después, los consultores teólogos examinan la relación entre la oración dirigida al candidato y el hecho extraordinario.

La investigación sobre el milagro debe tramitarse separadamente de la investigación sobre las virtudes, el martirio o la oblación de la vida.12

La Iglesia no considera el milagro como una simple rareza médica. El examen debe valorar la rapidez, totalidad, duración y carácter inexplicable de la curación, además de la intercesión exclusiva o determinante del candidato según los criterios propios de la causa.

Reliquias

El Dicasterio también posee competencias relacionadas con la conservación de las reliquias. Pablo VI atribuyó a la Congregación para las Causas de los Santos tanto las causas de beatificación y canonización como la conservación de las reliquias.17

La veneración de las reliquias no constituye adoración. La adoración corresponde únicamente a Dios. Las reliquias reciben veneración porque guardan relación con personas que dieron testimonio eminente de Cristo y porque remiten a la dignidad del cuerpo humano llamado a la resurrección.

La autenticidad, identificación, conservación, traslado y exposición de las reliquias requieren prudencia, documentación y respeto por la dignidad de los restos humanos. La devoción legítima no puede confundirse con superstición, comercio o manipulación emocional.

Organización y colaboradores

El Dicasterio cuenta con autoridades, oficiales, consultores y colaboradores especializados. Entre ellos figuran:

  • El prefecto.
  • El secretario.
  • Otros oficiales del Dicasterio.
  • Consultores históricos.
  • Consultores teológicos.
  • Expertos médicos.
  • Postuladores.
  • Peritos y colaboradores laicos.

La diversidad de especialidades responde a la complejidad de las causas. Una causa puede exigir conocimientos de historia, filología, archivística, teología espiritual, derecho canónico, medicina y ciencias forenses. La intervención de cada experto debe servir a la búsqueda de la verdad histórica y al discernimiento eclesial.

Valor teológico y pastoral

La canonización no presenta a los santos como personas perfectas en sentido humano ni como figuras alejadas de la condición ordinaria. La Iglesia reconoce en ellos una respuesta extraordinaria a la gracia de Dios dentro de circunstancias concretas: familia, trabajo, vida consagrada, sacerdocio, misión, enfermedad, persecución, pobreza o servicio caritativo.

La santidad canonizada posee una dimensión eclesial. El santo no pertenece únicamente a la comunidad que promovió su causa, sino que puede convertirse en testimonio para toda la Iglesia. Cada beatificación y canonización propone una forma concreta de seguimiento de Cristo y manifiesta la capacidad del Evangelio para transformar la vida humana.2

La fama de santidad constituye un punto de partida, pero no basta por sí sola. La devoción popular necesita el discernimiento de la autoridad eclesial, la investigación histórica y el examen teológico. La Iglesia evita así identificar la popularidad con la santidad o convertir una causa en un instrumento de intereses particulares.

Diferencias fundamentales entre las vías de santidad

VíaElemento propioMilagro para la beatificación
MartirioMuerte violenta causada por odio a la fe o a una virtud cristianaNo
Virtudes heroicasEjercicio extraordinario y constante de las virtudes cristianas
Oblación de la vidaEntrega libre de la vida por caridad y aceptación heroica de una muerte cierta y próxima

La tabla resume diferencias jurídicas y teológicas que no deben confundirse. La oblación de la vida es una vía autónoma, expresamente diferenciada del martirio y de las virtudes heroicas.14

Importancia de la investigación histórica

Las causas de los santos pertenecen a las llamadas causas mayores, tanto por la importancia de la materia como por su influencia en la vida del pueblo de Dios. La investigación debe buscar diligentemente la verdad mediante pruebas testimoniales y documentales.18

El rigor histórico protege a la Iglesia frente a leyendas, exageraciones devocionales, falsificaciones documentales y lecturas anacrónicas. También permite comprender al candidato dentro de su contexto cultural, político y religioso, evitando juzgarlo con categorías ajenas a su época o justificar conductas moralmente incompatibles con el Evangelio.

La investigación histórica no compite con la fe. La fe exige la verdad, y la verdad histórica ayuda a distinguir el testimonio auténtico de las construcciones posteriores.

Terminología principal

  • Siervo de Dios: título utilizado para una persona cuya causa de beatificación ha comenzado formalmente.
  • Venerable: siervo de Dios a quien el papa ha reconocido la heroicidad de las virtudes.
  • Beato: persona cuya beatificación permite un culto público limitado.
  • Santo: persona canonizada por el Romano Pontífice y propuesta para el culto público universal.
  • Actor de la causa: persona o entidad que promueve la causa.
  • Postulador: representante y coordinador técnico de la causa.
  • Positio: expediente que ordena las pruebas y argumentos de la causa.
  • Causa reciente: causa fundada principalmente en testimonios de testigos oculares.
  • Causa antigua: causa fundada principalmente en fuentes documentales.
  • Fama de santidad: reputación estable de vida cristiana ejemplar, martirio u oblación de la vida.
  • Fama de signos: reputación de gracias o hechos extraordinarios atribuidos a la intercesión del candidato.
  • Promotor de justicia: responsable de favorecer la búsqueda objetiva de la verdad en la investigación diocesana.
  • Dicasterio: organismo de la Curia Romana conforme a la organización establecida por Praedicate Evangelium.

Conclusión

El Dicasterio para las Causas de los Santos custodia uno de los procesos mediante los cuales la Iglesia reconoce públicamente la acción de la gracia en sus miembros. Su historia refleja el paso desde los cultos locales bajo autoridad episcopal hasta la progresiva reserva de la canonización a la Santa Sede. Su legislación actual distingue con precisión el martirio, las virtudes heroicas y la oblación de la vida, y combina la responsabilidad del obispo con el examen especializado del Dicasterio y la decisión final del Romano Pontífice.

Citas y referencias

  1. V. Dicasterios - Dicasterio para las causas de los santos - Art. 98, Papa Francisco. Praedicate Evangelium, Art. 98 (2022).
  2. A los superiores, funcionarios y colaboradores de la Congregación para las Causas de los Santos, con motivo del 40.o aniversario de la creación del dicasterio, Papa Benedicto XVI. A los Superiores, Funcionarios y Colaboradores de la Congregación para las Causas de los Santos, con motivo del 40.o aniversario de la creación del Dicasterio (19 de diciembre de 2009), 1 (2009). 2
  3. V. Dicasterios - Dicasterio para las causas de los santos - Art. 99, Papa Francisco. Praedicate Evangelium, Art. 99 (2022).
  4. V. Dicasterios - Dicasterio para las causas de los santos - Art. 102, Papa Francisco. Praedicate Evangelium, Art. 102 (2022).
  5. Santa Sede. Acta Apostolicae Sedis: Número 4, abril de 1983, 5 (1983). 2 3 4
  6. Introducción, Congregación para las Causas de los Santos. Reglamento de los postuladores, Prefacio (2021). 2
  7. Beatificación y canonización, . Enciclopedia Católica, Beatificación y Canonización (1913). 2 3 4
  8. Giovanni Parise. El Casus Exceptus. Historia y valor canónico de la confirmación papal de un culto realizado Ab Immemorabili, 2016, Número 3, pp. 457-474, 2 (2016). 2 3
  9. Alban Butler. Vidas de los Santos de Butler: Tomo IV, 672 (1990). 2 3
  10. Congregación para las Causas de los Santos. Nuevas Leyes para las Causas de los Santos, Prefacio (1983).
  11. Congregación para las Causas de los Santos. Nuevas Leyes para las Causas de los Santos, 7 (1983).
  12. Sobre la ofrenda de la vida, Papa Francisco. Maiorem hac dilectionem, Art. 6 (2017). 2 3 4 5
  13. Papa Francisco. A los participantes de la Conferencia promovida por el Dicasterio para las Causas de los Santos (14 de noviembre de 2024) - Discurso, 1 (2024). 2
  14. Sobre la ofrenda de la vida, Papa Francisco. Maiorem hac dilectionem, Art. 1 (2017). 2
  15. Sobre la ofrenda de la vida, Papa Francisco. Maiorem hac dilectionem, Art. 2 (2017). 2
  16. Sobre la ofrenda de la vida, Papa Francisco. Maiorem hac dilectionem, Art. 4 (2017).
  17. Sagrada Congregación para las Causas de los Santos, Papa Pablo VI. Sacra Rituum Congregatio, 5 (1969).
  18. Santa Sede. Acta Apostolicae Sedis: Número 5, mayo de 2006, 32 (2006).
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