Decreto de unión y fecha de decisión
El decreto en Acta Apostolicae Sedis (AAS) establece criterios para unificar en una sola estructura las circunscripciones de Aquino, Sora y Pontecorvo, disponiendo que se proceda a la unión plena de las diócesis hasta entonces confiadas al cuidado pastoral de un solo obispo.
En ese mismo texto se fija que el proceso se desarrolla tras la aprobación de criterios y la concesión de facultades específicas por parte de la autoridad competente, y se determina que la estructura unificada recibe sede en la ciudad de Sora, manteniendo allí el título de la Iglesia Catedral existente.
Sede episcopal, títulos catedralicios y órganos diocesanos
El decreto es particularmente preciso al regular los títulos catedralicios:
La diócesis nueva tendrá como sede a Sora, donde se conservará el título propio de la Iglesia Catedral.
Las catedrales de Aquino y Pontecorvo pasan a ser concatedrales, «in memoriam earum inclitarum et veterum traditionum» (en recuerdo de sus ilustres y antiguas tradiciones).
Asimismo, la unificación implica una centralización institucional:
Se crea un único Capítulo Catedral, que será el capítulo de la Iglesia Catedral de la sede episcopal.
Se establece una única Curia episcopal y un único Tribunal eclesiástico, además de instancias como seminario, colegio de consultores, consejo presbiteral y consejo pastoral, entre otras estructuras diocesanas previstas por el derecho.
El mismo decreto prevé que los sacerdotes y diáconos incardinados hasta entonces en cada una de las diócesis unidas serán considerados incardinados en la diócesis nueva nacida de la unión.
Patronos de la diócesis unificada
El decreto afirma que los santos patronos de las diócesis que se integran serán honrados como patronos de la nueva diócesis.
Aunque estas fuentes no enumeran aquí el elenco completo de patronos de cada antigua sede, sí señalan uno de forma concreta para la catedral de Aquino en la información histórica anterior (véase más abajo).