Divorciados vueltos a casar
La situación de los católicos divorciados y vueltos a casar civilmente es un tema pastoral y doctrinal complejo dentro de la Iglesia Católica. Aunque la Iglesia mantiene firmemente la indisolubilidad del matrimonio sacramental, reconoce la necesidad de acompañar con misericordia y discernimiento a aquellos que se encuentran en estas uniones «irregulares». Este artículo explora la doctrina de la Iglesia sobre el matrimonio, la indisolubilidad, la nulidad matrimonial, y las directrices pastorales para los divorciados vueltos a casar, incluyendo su participación en la vida eclesial y el acceso a los sacramentos.
Tabla de contenido
La Doctrina Católica del Matrimonio y su Indisolubilidad
El matrimonio, tal como lo entiende la Iglesia Católica, es una alianza conyugal establecida por el Creador, caracterizada por una unión íntima de vida y amor1. Esta alianza se basa en el consentimiento personal e irrevocable de los cónyuges, quienes se entregan de manera definitiva y total el uno al otro1. De esta unión surge un vínculo que Dios mismo ha establecido, haciendo que los cónyuges ya no sean dos, sino «una sola carne»1.
Las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la indisolubilidad2,1. La indisolubilidad significa que el vínculo matrimonial es perpetuo y no puede ser disuelto por ninguna autoridad humana3,4,5. Jesús mismo reafirmó esta enseñanza al decir: «Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre»1. Esta enseñanza se aplica a todo matrimonio verdadero, incluso antes de que fuera elevado a la dignidad de sacramento4.
Para los bautizados, el matrimonio es un sacramento5. Un matrimonio sacramental válido, una vez ratificado y consumado, no puede ser disuelto por ningún poder humano, incluyendo el del Romano Pontífice6. La Iglesia no tiene la autoridad para contravenir esta disposición de la sabiduría divina6.
Divorcio y Nuevo Matrimonio Civil
El divorcio, en el sentido de la disolución de un matrimonio válido, es incompatible con la unidad e indisolubilidad del vínculo matrimonial establecido por Dios2. La Iglesia permite la separación de los cónyuges en casos extremos donde la convivencia se vuelve imposible, pero el vínculo matrimonial permanece intacto y no permite un nuevo matrimonio mientras el primer cónyuge viva3.
Cuando personas bautizadas que están válidamente casadas se divorcian civilmente y contraen una nueva unión civil, su situación es considerada irregular a la luz de la doctrina católica7,8,9. Estas uniones contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, que es significada y actualizada en la Eucaristía10.
No Excomulgados, pero en Situación Irregular
Es fundamental entender que los católicos divorciados y vueltos a casar civilmente no están excomulgados11,12. Permanecen siendo parte de la comunidad eclesial y deben ser tratados con atención fraterna y acogida11,12. Sin embargo, su situación de vida contradice objetivamente la ley moral de la Iglesia, lo que tiene implicaciones para su plena participación en la vida sacramental10.
Nulidad Matrimonial
La Iglesia Católica, tras un examen por un tribunal eclesiástico competente, puede declarar la nulidad de un matrimonio13,14. Una declaración de nulidad significa que el matrimonio, a pesar de las apariencias, nunca existió válidamente desde el principio13,14. Esto no es un «divorcio católico», sino un reconocimiento de que las condiciones esenciales para un matrimonio válido no se cumplieron en el momento de la unión13.
Las razones para la nulidad pueden incluir defectos en el consentimiento matrimonial (por ejemplo, falta de intención de la indisolubilidad, la fidelidad o la procreación), impedimentos (como la impotencia o un vínculo matrimonial previo), o un defecto de forma canónica13,14. En estos casos, las partes son libres de casarse, siempre que se cumplan las obligaciones naturales de la unión anterior13,15.
El proceso de nulidad requiere una certeza moral por parte del juez de que el matrimonio nunca existió, y la probabilidad por sí sola no es suficiente16. La Iglesia ha establecido vías para demostrar la nulidad de un matrimonio anterior, buscando excluir cualquier divergencia entre la verdad verificable en el proceso judicial y la verdad objetiva conocida por una conciencia recta17.
Acompañamiento Pastoral y Participación en la Vida Eclesial
La Iglesia, con un corazón maternal, se acerca con amor a aquellos que viven en uniones irregulares, reconociendo la fragilidad humana y la acción de la gracia de Dios también en sus vidas9,12. El Papa Francisco ha enfatizado la necesidad de un acompañamiento pastoral y un discernimiento personal de cada caso particular18,7,19.
Este acompañamiento busca ayudar a los divorciados vueltos a casar a comprender su situación a la luz de la enseñanza de la Iglesia y a discernir los pasos que pueden fomentar una mayor participación en la vida eclesial18. Se les anima a participar en la vida de la comunidad a través de la oración, la escucha de la Palabra de Dios, la asistencia a la liturgia, la educación cristiana de sus hijos, la caridad y el servicio a los pobres20,12.
Es crucial evitar un lenguaje o una conducta que pueda hacerles sentir discriminados11. La integración de los divorciados vueltos a casar en la comunidad cristiana es clave, permitiéndoles experimentar gozo y ser fructíferos en la Iglesia, reconociendo que el Espíritu Santo derrama en sus corazones dones y talentos para el bien de todos20.
Acceso a los Sacramentos
La cuestión del acceso a los sacramentos, especialmente la Eucaristía y la Penitencia, para los divorciados vueltos a casar civilmente es un punto delicado.
Eucaristía y Reconciliación
La enseñanza constante de la Iglesia, reafirmada por Juan Pablo II y otros, es que los divorciados vueltos a casar civilmente no pueden ser admitidos a la Comunión Eucarística10. Esto se debe a que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía10. Además, admitirlos a la Eucaristía podría inducir a error y confusión en los fieles sobre la doctrina de la Iglesia acerca de la indisolubilidad del matrimonio10.
Para recibir la Eucaristía dignamente, es necesario estar en estado de gracia, es decir, sin conciencia de pecado grave21. Aquellos que persisten obstinadamente en un pecado grave manifiesto no deben ser admitidos a la Comunión22,10.
Sin embargo, existen excepciones para los divorciados vueltos a casar que, por razones serias (como la educación de los hijos), no pueden satisfacer la obligación de separarse, pero que se comprometen a vivir en perfecta continencia, absteniéndose de los actos propios de los cónyuges10. Si cumplen este propósito y han recibido el sacramento de la Penitencia, pueden acceder a la Comunión Eucarística, siempre que se evite el escándalo público10.
El discernimiento pastoral en el fuero interno, a través de la conversación con un sacerdote, puede ayudar a estas personas a formar un juicio correcto sobre lo que dificulta una plena participación en la vida de la Iglesia y sobre los pasos que pueden fomentarla18. Este discernimiento debe hacerse con humildad, discreción y amor a la Iglesia y a su enseñanza, en una búsqueda sincera de la voluntad de Dios18.
Conclusión
La Iglesia Católica, al tiempo que defiende la indisolubilidad del matrimonio como un don divino y un sacramento, también se esfuerza por acompañar con misericordia y comprensión a aquellos de sus hijos que se encuentran en situaciones matrimoniales irregulares. A través del discernimiento pastoral, la integración en la vida comunitaria y la posibilidad de la nulidad matrimonial, la Iglesia busca guiar a todos sus miembros hacia la plenitud del plan de Dios, recordándoles que nadie está condenado para siempre y que la caridad de Dios es siempre inmerecida, incondicional y gratuita8,23.
Citas
Sección dos los diez mandamientos, Catecismo de la Iglesia Católica, § 2364. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
Sección dos los siete sacramentos de la Iglesia, Catecismo de la Iglesia Católica, § 1664. ↩ ↩2
Papa León XIII. Arcanum Divinae, § 41 (1880). ↩ ↩2
Papa Pío XI. Casti Connubii, § 34 (1930). ↩ ↩2
Brevi osservazioni su alcuni sacramenti in particolare: - Sul matrimonio, Papa Pío XII. A los párrocos de Roma para la Cuaresma (17 de febrero de 1945) (1945). ↩ ↩2
John Corbett, OP, Andrew Hofer, OP, et al. Propuestas recientes para el cuidado pastoral de los divorciados y vueltos a casar: una evaluación teológica, § 5. ↩ ↩2
Capítulo ocho acompañamiento, discernimiento e integración de la fragilidad - El discernimiento de las situaciones «irregulares» 325, Papa Francisco. Amoris Laetitia, § 298 (2016). ↩ ↩2
Capítulo ocho acompañamiento, discernimiento e integración de la fragilidad - El discernimiento de las situaciones «irregulares» 325, Papa Francisco. Amoris Laetitia, § 297 (2016). ↩ ↩2
Capítulo ocho acompañamiento, discernimiento e integración de la fragilidad, Papa Francisco. Amoris Laetitia, § 291 (2016). ↩ ↩2
La Eucaristía en el ordenamiento jurídico de la Iglesia - Límites al derecho a recibir la santísima Eucaristía - Denegación de la sagrada Eucaristía (CIC, can. 915), Dicasterio para los Textos Legislativos. La Eucaristía en el ordenamiento jurídico de la Iglesia (12 de noviembre de 2005), § II (2005). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7 ↩8
Capítulo seis algunas perspectivas pastorales - Proyectar luz sobre las crisis, preocupaciones y dificultades - Acompañamiento después de la ruptura y el divorcio, Papa Francisco. Amoris Laetitia, § 243 (2016). ↩ ↩2 ↩3
La familia - 21. Familias heridas (II), Papa Francisco. Audiencia General del 5 de agosto de 2015: La familia - 21. Familias heridas (II) (2015). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Sección dos los siete sacramentos de la Iglesia, Catecismo de la Iglesia Católica, § 1629. ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
A los miembros del tribunal de la Sagrada Rota Romana, Papa Juan Pablo II. A los miembros del Tribunal de la Sagrada Rota Romana (21 de enero de 2000), § 4 (2000). ↩ ↩2 ↩3
Capítulo I. Casos para declarar la nulidad del matrimonio. Código de Derecho Canónico, § 1682 (1983). ↩
Al tercer grupo de obispos de los Estados Unidos de América en su visita «ad limina», Papa Juan Pablo II. Al tercer grupo de Obispos de los Estados Unidos de América en su visita «ad Limina» (17 de octubre de 1998), § 5 (1998). ↩
Kevin L. Flannery, S.J. y Thomas V. Berg. Amoris Laetitia, discernimiento pastoral y Tomás de Aquino, § 25. ↩
Capítulo ocho acompañamiento, discernimiento e integración de la fragilidad - El discernimiento de las situaciones «irregulares» 325, Papa Francisco. Amoris Laetitia, § 300 (2016). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Capítulo ocho acompañamiento, discernimiento e integración de la fragilidad - La gradualidad en la pastoral, Papa Francisco. Amoris Laetitia, § 293 (2016). ↩
Capítulo ocho acompañamiento, discernimiento e integración de la fragilidad - El discernimiento de las situaciones «irregulares» 325, Papa Francisco. Amoris Laetitia, § 299 (2016). ↩ ↩2
Capítulo cuatro - La Eucaristía y la comunión eclesial, Papa Juan Pablo II. Ecclesia de Eucharistia, § 36 (2003). ↩
Capítulo cuatro - La Eucaristía y la comunión eclesial, Papa Juan Pablo II. Ecclesia de Eucharistia, § 37 (2003). ↩
Capítulo ocho acompañamiento, discernimiento e integración de la fragilidad - El discernimiento de las situaciones «irregulares» 325, Papa Francisco. Amoris Laetitia, § 296 (2016). ↩