La teología católica ha resumido tradicionalmente los requisitos para recibir el título en tres elementos:
- Doctrina eminente (eminens doctrina).
- Santidad insigne de vida (insignis vitae sanctitas).
- Declaración de la autoridad de la Iglesia (Ecclesiae declaratio).
Doctrina eminente
La doctrina del candidato debe poseer una calidad singular. No basta con haber escrito mucho, haber ocupado una cátedra o haber alcanzado prestigio intelectual. La enseñanza debe mostrar una contribución relevante a la comprensión de la fe, bien mediante una síntesis teológica, bien mediante una penetración espiritual particularmente luminosa.
La eminencia doctrinal puede expresarse de formas muy diversas:
- Mediante tratados teológicos sistemáticos.
- A través de comentarios bíblicos.
- Mediante homilías, cartas o reglas monásticas.
- Mediante escritos místicos y autobiográficos.
- A través de una enseñanza espiritual transmitida principalmente por la vida y la predicación.
Santa Teresa del Niño Jesús constituye un ejemplo especialmente claro. No recibió una formación universitaria ni elaboró una teología sistemática, pero la Iglesia reconoció en su doctrina una síntesis madura de la espiritualidad cristiana, centrada en la confianza filial, la misericordia divina y el amor.
Santidad de vida
El Doctor de la Iglesia no es solo un maestro de ideas. La Iglesia contempla la unidad entre su enseñanza y su vida. La doctrina del santo nace de una existencia configurada con Cristo y orientada hacia la caridad.
Por esta razón, la experiencia espiritual de los santos posee un valor propio para profundizar en los misterios divinos. La Iglesia reconoce en ellos testigos vivos de la acción de Dios y, en palabras del Concilio Vaticano II, escucha la voz de Dios que habla a través de los santos.,
Declaración eclesial
La condición de Doctor requiere una proclamación formal de la autoridad suprema de la Iglesia. El papa realiza la declaración después de un estudio de la vida, los escritos y la influencia doctrinal del santo.
La antigua práctica vinculaba el título con la extensión a toda la Iglesia de una celebración litúrgica propia en la que aparecía el nombre de Doctor. En la disciplina actual, la declaración pontificia constituye el acto decisivo.
La Congregación para las Causas de los Santos recibía la competencia de examinar lo necesario para conceder el título, después de contar con la valoración de la Congregación para la Doctrina de la Fe acerca de la enseñanza eminente del candidato.