Primeras manifestaciones patrísticas
Los escritos de los Padres de la Iglesia ya aludían a la preeminencia del obispo de Roma como «primer entre iguales» (cf. Ignacio de Antioquía, Epístola a los Romanos). La tradición patrística reconoce a Pedro como fundamento visible de la unidad eclesial1.
Concilío Vaticano I (1870)
El documento Pastor aeternus definió de forma dogmática la primacía de jurisdicción y la infalibilidad papal. En su capitulo III se afirma que el Papa posee «el poder pleno y universal para pastorear la Iglesia» y que esta autoridad es inmediata y no mediada2. La definición subrayó que la primacía no convierte al Papa en un monarca absoluto, sino que su ejercicio está orientado a la unidad del koinonia3.
Concilío Vaticano II (1962‑1965)
Lumen Gentium reafirma la primacía como «principio y fundamento visible de la unidad tanto de los obispos como de los fieles»4 y la describe como «poder pleno, supremo e inmediato» del Pontífice, siempre ejercido en comunión con el Colegio de obispos5. Asimismo, Christus Dominus señala que el Papa goza de autoridad «suprema, plena, inmediata y universal» sobre el cuidado de las almas6.
Desarrollo posterior
Los documentos posteriores, como Ad Apostolorum principis (1958) de Pío XII, reiteran que el Papa es «el verdadero vicario de Cristo y cabeza de toda la Iglesia»7. La Comisión Teológica Internacional, en su estudio de 2018, destaca que la primacía garantiza la unidad de fe y comunión del Pueblo de Dios8. El Dicasterio para la Promoción de la Unidad Cristiana aclara que la jurisdicción papal es «ordinaria e inmediata», pero limitada por la collegialidad episcopal3.
