La palabra dogma procede del griego dógma, término relacionado con una decisión, una doctrina o un decreto. En el lenguaje teológico católico, designa una verdad revelada por Dios que la Iglesia propone definitivamente para la fe de todos los fieles.1
El dogma posee, por tanto, dos dimensiones inseparables:
- Una dimensión revelada: la verdad procede de Dios y pertenece al depósito de la fe.
- Una dimensión eclesial: la Iglesia, mediante su Magisterio, propone esa verdad con autoridad vinculante.
En sentido estricto, un dogma es una doctrina mediante la cual la Iglesia propone definitivamente una verdad revelada y obliga a toda la Iglesia universal a aceptarla; la negación pertinaz de esa verdad constituye herejía.2
No todos los documentos pontificios, conciliares o episcopales contienen definiciones dogmáticas. El Magisterio puede enseñar con diversos grados de autoridad y obligación. La Comisión Teológica Internacional reconoce la autoridad de los concilios ecuménicos, del Magisterio ordinario y universal de los obispos y del Magisterio pontificio, pero reserva el término dogma para las proposiciones que presentan definitivamente una verdad revelada y obligan a la Iglesia universal.3
La Iglesia también interpreta cada dogma dentro del conjunto de la fe. Las verdades dogmáticas mantienen entre sí una conexión interna, llamada tradicionalmente nexus mysteriorum. Aunque todas las verdades reveladas proceden de la misma autoridad divina, su importancia teológica depende de su relación con el misterio central de Cristo.4


