Antes de la reforma de 1969
Antes de la reforma litúrgica posterior al Concilio Vaticano II, el Dulce Nombre de María ocupaba un lugar estable en el calendario romano. La fiesta había recibido una amplia difusión desde el siglo XVII y, después de su extensión a la Iglesia universal, figuraba entre las celebraciones marianas del rito romano. En determinados periodos y calendarios particulares conservó fechas diferentes, pero la tradición romana acabó vinculándola de manera especial al 12 de septiembre.
La celebración no tuvo siempre la misma categoría ni el mismo día. En sus primeras etapas apareció asociada al 15 o al 17 de septiembre; en otros contextos religiosos recibió fechas propias. La historia de la fiesta muestra la diferencia entre una devoción nacida localmente, su aprobación para diócesis concretas y su posterior extensión universal.
Supresión del Calendario Romano general en 1969
La reforma del Calendario Romano general llevada a cabo en 1969 retiró la fiesta del Dulce Nombre de María del calendario universal. Esta supresión no significó la prohibición de la devoción ni la negación de la legitimidad de la veneración mariana. La reforma distinguió entre las celebraciones que debían permanecer en el calendario general y aquellas que podían conservarse en calendarios propios, diócesis, institutos religiosos, santuarios y comunidades.
Durante ese periodo, la memoria continuó celebrándose en diversos lugares mediante calendarios particulares y ejercicios de piedad. La ausencia del calendario general no eliminó la devoción arraigada entre los fieles, especialmente en España y en comunidades religiosas que conservaban una tradición propia vinculada al Dulce Nombre de María.
Restauración por san Juan Pablo II
San Juan Pablo II restituyó la celebración en el Misal Romano promulgado en 2002. La memoria quedó fijada el 12 de septiembre, fecha tradicional de la fiesta en el calendario romano. La disposición armonizó la devoción histórica con la organización litúrgica posterior a la reforma del Concilio Vaticano II. La autoridad litúrgica romana reconoce el 12 de septiembre como la fecha propia de la celebración del Santísimo Nombre de María.
La restauración no supuso un retorno íntegro a las formas litúrgicas anteriores a 1969. La memoria pertenece al calendario reformado y debe celebrarse conforme a los libros litúrgicos vigentes, a las normas del año litúrgico y a las disposiciones de cada conferencia episcopal y diócesis.
El 12 de septiembre se sitúa inmediatamente después de la Natividad de la Virgen, celebrada el 8 de septiembre. Esta proximidad permite contemplar primero el nacimiento de María y después el nombre que recibió, como signo de su identidad, su vocación y su misión en el plan de Dios.