La excomunión es una censura eclesiástica que priva al cristiano de todos los derechos derivados de su condición social como miembro de la Iglesia1. Es una pena espiritual que presupone una culpa grave y busca la enmienda del delincuente1. Solo puede ser infligida a personas bautizadas y vivas que pertenecen a la sociedad eclesiástica1. Los no bautizados, como infieles, paganos, musulmanes y judíos, no pueden ser excomulgados porque nunca han sido miembros de la Iglesia1.
Existen dos tipos principales de excomunión:
Latae sententiae: Esta excomunión se incurre automáticamente por la comisión del delito, sin necesidad de una sentencia judicial2,3. Por ejemplo, un apóstata, hereje o cismático incurre en excomunión latae sententiae3. Del mismo modo, quien usa violencia física contra el Romano Pontífice también incurre en esta pena4.
Ferendae sententiae: Esta excomunión requiere una sentencia o precepto formal por parte de la autoridad eclesiástica competente para que sea efectiva1. Las penas latae sententiae deben establecerse con moderación y solo para delitos de especial gravedad2.

