El celibato apostólico
El celibato apostólico se entiende como la renuncia explícita o implícita al matrimonio, asumida por quienes reciben el sacramento del Orden en sus grados superiores (diáconos, presbíteros y obispos en la Iglesia latina), con el fin de observar la castidad de manera más perfecta. No es un mero precepto disciplinario, sino un carisma que evoca la vida célibe de Jesús y de los apóstoles, quienes, aunque algunos casados inicialmente, abrazaron progresivamente esta forma de vida para dedicarse por entero al Reino de Dios.1
En la liturgia de la ordenación, el obispo advierte solemnemente al candidato sobre la gravedad de esta obligación: «Hasta ahora sois libres. Podéis aún, si lo queréis, volveros a las cosas del mundo. Pero si recibís este orden, ya no os será lícito retroceder». Al avanzar, el ordenando se vincula equivalente a un voto de castidad perpetua, que invalida cualquier matrimonio posterior y hace sacrílego cualquier transgresión grave.1
La virginidad cristiana
La virginidad, por su parte, es la reverencia por la integridad corporal motivada por una virtud superior, como la caridad o la religión. Incluye dos elementos: material (ausencia pasada y presente de deleite sexual completo y voluntario) y formal (resolución firme de abstenerse para siempre del placer sexual). No se destruye por todo pecado contra la castidad, ni se limita a la integridad física, sino que abarca la pureza interior.2
La Iglesia enseña que la virginidad es un estado preferible al matrimonio, no por desprecio a este, sino por su mayor libertad para amar a Dios sin división: «El que no tiene mujer se preocupa de las cosas del Señor, de cómo agradar a Dios» (1 Cor 7,32). Ambas realidades, celibato y virginidad, se elevan mutuamente en la vida consagrada.2
