El perdón de la culpa se basa en la revelación bíblica y la enseñanza de Cristo, quien otorgó a la Iglesia el poder de perdonar pecados. Jesús, al resucitar, sopló sobre los apóstoles y les dijo: «Recibid el Espíritu Santo; a quienes perdonaréis los pecados, les quedan perdonados». Este mandato divino establece que la remisión de los pecados no es exclusiva del Bautismo, sino que se extiende a toda la vida del cristiano.4
En la tradición patrística y conciliar, se presenta como una gracia restauradora tras el «naufragio» del pecado grave. Los Padres de la Iglesia lo describen como el «segundo tablón de salvación» después de la pérdida de la gracia bautismal, permitiendo la recuperación de la justificación.5 La Iglesia, como cuerpo de Cristo, posee esta potestad ministerial, que opera a través de los sacramentos instituidos por el Señor.6
