En la doctrina católica, el varón soltero es aquel bautizado que no ha contraído matrimonio ni ha abrazado el celibato consagrado mediante votos religiosos o ministerio ordenado. No se trata de un estado definitivo o «tercero» equiparable al matrimonial o al virginal, sino de una situación provisional o permanente que surge de circunstancias diversas: discernimiento vocacional inconcluso, impedimentos personales, viudez sin nuevos compromisos o elección libre por motivos espirituales.1 La Iglesia subraya que todos los cristianos están llamados a la santidad mediante el amor esponsal a Cristo, pero la soltería laical no alcanza el grado de irrevocabilidad spousal propio del matrimonio sacramental o la virginidad consagrada.1
Teológicamente, este estado se vincula directamente a la vocación bautismal, que es la primera y fundamental llamada recibida en el sacramento del Bautismo. Como recuerda el Papa Francisco, incluso quienes no están llamados al matrimonio o la vida consagrada pueden ofrecer un testimonio particular de esta vocación a través de su crecimiento personal.2 San Gregorio Magno, en su Regla Pastoral, exhorta a los solteros a evitar las cargas mundanas del matrimonio si aspiran a la continencia, pero advierte contra la fornicación y recomienda el matrimonio si la tentación es insuperable.3
