Forma Extraordinaria del Rito Romano

La Forma Extraordinaria del Rito Romano es la expresión litúrgica del Missale Romanum promulgado en 1962 por el Papa Juan XXIII, que la Iglesia Católica reconoce como una segunda expresión del mismo rito, distinta de la forma ordinaria introducida tras el Concilio Vaticano II. Su uso está regulado por documentos magisteriales como Summorum Pontificum (2007) y Traditionis custodes (2021), y su vigencia depende de la autorización episcopal y de la normativa del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. El presente artículo aborda su historia, normativa, diferencias litúrgicas, libros propios y situación actual.
Historia y desarrollo
Orígenes del rito romano y la reforma litúrgica
El rito romano, consolidado por la Quo primum de 1570, estableció la unidad litúrgica mediante un único missal oficial1. A lo largo de los siglos, la Iglesia buscó adaptar la liturgia a las necesidades pastorales sin romper la tradición, como señaló el Papa Pío XII en Mediator Dei: el latín es «un signo manifiesto y hermoso de unidad» y su uso está bajo la autoridad de la Sede Apostólica2.
El Missal de 1962 y la normativa previa
El Missal de 1962, última edición antes del Concilio, quedó vigente durante el Concilio Vaticano II y fue la base para los primeros permisos de uso tradicional, regulados por documentos como Quattuor abhinc annos y Ecclesia Dei. Estos establecían que la celebración del rito anterior requería autorización pontifical, pero ya reconocían su valor patrístico.
Summorum Pontificum (2007)
El Papa Benedicto XVI, mediante la carta motu proprio Summorum Pontificum, declaró que el Missal de 1962 «nunca fue abrogado» y podía celebrarse como forma extraordinaria del rito romano, sin necesidad de permiso para misas sin congregación y con facultad de los obispos para autorizar su uso público3. El documento enfatizó que ambas formas comparten la misma lex orandi y no generan división en la lex credendi.
Traditionis custodes (2021) y posteriores
El pontificado de Francisco introdujo Traditionis custodes, que restringe el uso de la forma extraordinaria, estableciendo que los sacerdotes ordenados después del 16 julio 2021 deben solicitar permiso al obispo, quien a su vez necesita autorización de la Santa Sede4. La Responsa ad dubia aclara que el obispo debe enviar una petición formal al Vaticano antes de conceder el permiso5, y el Rescriptum ex audientia de 2023 confirma la supervisión del Dicasterio y la necesidad de informar cualquier dispensación al mismo órgano6.
Normas y autorización
Facultades del obispo y del sacerdote
Según Traditionis custodes, el obispo diocesano es el moderador y guardián de la vida litúrgica; solo él puede autorizar a los presbíteros que deseen celebrar con el Missal de 1962, previa solicitud al Vaticano5. El Rescriptum refuerza que el Dicasterio supervisa estas decisiones y que cualquier permiso concedido debe ser comunicado a la Santa Sede6.
Uso en misas sin congregación
Summorum Pontificum permite que cualquier sacerdote del rito latino celebre la misa sin fieles, usando el Missal de 1962 o el de 1970, sin necesidad de permiso episcopal ni papal, salvo en el Triduo Pascual3.
Requisitos litúrgicos
La forma extraordinaria exige el uso del latín y la observancia de los rubros y oraciones originales del Missal de 1962. El obispo debe asegurarse de que el sacerdote posea la competencia lingüística y pastoral necesaria, tal como indica Traditionis custodes4.
Diferencias con la forma ordinaria
Estructura de la Misa
En la forma extraordinaria se conserva el Canon romano sin alteraciones, mientras que la forma ordinaria incluye el Ordinarium con tres Eucaristías distintas y una mayor flexibilidad en las oraciones introductorias. La General Instruction of the Roman Missal subraya la continuidad de la tradición pese a las reformas del Concilio7.
Textos y oraciones
El Missal de 1962 mantiene el Sanctus y el Agnus Dei en latín, y el Preludio está ausente. La forma ordinaria incorpora nuevas oraciones, como la Oración de la Paz en el idioma vernáculo y la Oración de los fieles al final de la liturgia.
Calendario y propers
La forma extraordinaria sigue el calendario litúrgico anterior al Concilio, con diferentes fiestas de santos y solemnidades, y conserva el Propers y Commons tal como estaban en 1962, mientras que la forma ordinaria adoptó el ciclo trienal de lecturas y revisó algunas solemnidades.
Libros litúrgicos de la forma extraordinaria
Missale Romanum (1962)
Es el libro central, contiene la Missa, los propers, los commons y las oraciones fijas. Su edición típica es la que se utiliza para la celebración extraordinaria.
Breviario y Liturgia de las Horas
La Iglesia también conserva el Breviario de 1962 y la Liturgia de las Horas correspondiente, permitiendo la oración oficial del Oficio divino en latín.
Otros libros (Rituale Romanum, Pontificale)
Aunque Traditionis custodes limita el uso de algunos libros preconciliálicos, el Rituale Romanum (edición típica 1952) puede ser autorizado para sacramentos menores, mientras que el Pontificale Romanum queda generalmente excluido5.
Situación actual y perspectivas
Implementación bajo el pontificado de Francisco
Desde 2021, la Iglesia ha centralizado la autorización del uso de la forma extraordinaria, enfatizando la unidad litúrgica del rito romano. El Papa Francisco, en su carta a los obispos, explica que la medida busca «reestablecer una única expresión de la lex orandi del rito romano»8.
Respuestas de la comunidad tradicionalista
Muchos fieles y comunidades continúan solicitando el uso del Missal de 1962 por su riqueza espiritual y patrimonial. El Rescriptum de 2023 reconoce la necesidad de discernimiento pastoral y mantiene la posibilidad de crear parroquias personales para quienes desean esta forma, siempre bajo supervisión del Vaticano6.
Citas
Papa Pío V. Quo Primum (1570). ↩
Papa Pío XII. Mediator Dei, § 60 (1947). ↩
Carta apostólica dada motu proprio Summorum Pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1970, Papa Benedicto XVI. Summorum Pontificum (2007). ↩ ↩2
Carta apostólica emitida «motu proprio» por el sumo pontífice - Sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1970 - Traducción oficial, Congregación para la Doctrina de la Fe. Traditionis Custodes (2021). ↩ ↩2
Nota explicativa, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Responsa ad Dubia sobre algunas disposiciones de la Carta Apostólica Traditionis Custodes emitida «Motu Proprio» por el Sumo Pontífice (2021). ↩ ↩2 ↩3
Rescriptum ex audientia SS.Mi, Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Rescriptum Ex Audientia (2023). ↩ ↩2 ↩3
Preámbulo - Un testimonio de tradición ininterrumpida, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción General del Misal Romano, § 6 (2003). ↩
Papa Francisco. Carta del Santo Padre a los Obispos de todo el mundo, que acompaña la Carta Apostólica Motu Proprio data «Traditionis custodes» (2021). ↩