La Constitución de 1917 y la legislación anticlerical
Tras la Revolución Mexicana, la Constitución de 1917 incluyó artículos que restringían severamente la actividad eclesial, especialmente el artículo 130, que prohibía la participación de los clérigos en la vida política y limitaba el número de sacerdotes autorizados. El gobierno de Calles intensificó estas disposiciones mediante la «Ley Calles», que persiguió a la Iglesia mediante el cierre de iglesias, la confiscación de bienes e incluso la persecución de sacerdotes y religiosos2.
Respuesta de la jerarquía eclesial
Los obispos mexicanos, ante la imposibilidad de ejercer el culto público, optaron por suspender la celebración pública de la Misa, una medida de resistencia pacífica que buscaba proteger la fe sin romper la obediencia al Papa3. Esta decisión fue acompañada de protestas formales al Estado y de peticiones de diálogo, como la carta de consolación enviada por el Santo Padre Pío XI en febrero de 19264.
