Iglesia sui iuris y rito
El derecho canónico oriental distingue cuidadosamente entre rito e Iglesia sui iuris. El rito comprende el patrimonio litúrgico, teológico, espiritual y disciplinar propio de un pueblo cristiano; la Iglesia sui iuris, en cambio, es una comunidad de fieles unida bajo una jerarquía y reconocida como autónoma por la autoridad suprema de la Iglesia.2
El Código de los Cánones de las Iglesias Orientales define la Iglesia sui iuris como:
«La agrupación de fieles cristianos unida por una jerarquía, a la que la autoridad suprema de la Iglesia reconoce expresa o tácitamente como autónoma».2
El mismo Código define el rito como un patrimonio litúrgico, teológico, espiritual y disciplinar diferenciado por la cultura y por las circunstancias históricas de los pueblos, y vinculado a una Iglesia sui iuris.2
Por tanto, celebrar la liturgia bizantina no convierte automáticamente a una comunidad en una Iglesia sui iuris. Una parroquia o un grupo de fieles puede conservar el rito bizantino y depender jurídicamente de un obispo latino. La pertenencia canónica corresponde a una Iglesia sui iuris, no simplemente al rito utilizado en una celebración.3
Aplicación al caso albanés
La comunidad católica bizantina albanesa tuvo una existencia histórica real, con fieles y ministros vinculados a la tradición constantinopolitana, pero no alcanzó la estructura jerárquica propia de una Iglesia oriental católica autónoma. La documentación histórica describe una comunidad reducida y localizada, especialmente en Elbasan, no una Iglesia albanesa bizantina dotada de eparquía, exarcado apostólico o jerarquía propia estable.4
La denominación «Iglesia católica bizantina albanesa» puede resultar útil en un contexto histórico o descriptivo, pero induce a error si atribuye a la comunidad un estatuto canónico que no posee. El Annuario Pontificio distingue la Iglesia ítalo-albanesa, localizada en Italia, de las jurisdicciones católicas latinas de Albania; no presenta una Iglesia católica bizantina albanesa autónoma equivalente a las Iglesias orientales católicas reconocidas. La única entidad histórica de Albania que aparece asociada a una sede católica bizantina en los datos eclesiásticos consultados es Durrës, y figura como una realidad histórica, no como una jurisdicción bizantina vigente.

