La expresión «Iglesia católica bizantina ítalo-albanesa» apareció como denominación conjunta en el Annuario Pontificio de 1993. El nombre agrupa dos realidades históricas diferentes:
- Las comunidades propiamente ítalo-albanesas, organizadas principalmente en las eparquías de Lungro y Piana de los Albaneses.
- La tradición ítalo-bizantina monástica de la abadía territorial de Grottaferrata, situada cerca de Roma.1
Esta agrupación facilita la descripción de la presencia católica bizantina en Italia, pero no debe confundirse con una sola Iglesia oriental autónoma dotada de una jerarquía común. Las eparquías y el exarcado tienen historias, estructuras y fundamentos jurídicos distintos.
Iglesia sui iuris
El Código de los Cánones de las Iglesias Orientales define una Iglesia sui iuris como una comunidad de fieles unida por una jerarquía conforme al derecho y reconocida expresa o tácitamente como autónoma por la autoridad suprema de la Iglesia. Esa realidad se sitúa entre las eparquías particulares, gobernadas por sus obispos, y la Iglesia universal presidida por el Romano Pontífice.2
El término rito posee un sentido más amplio que el de una simple lengua litúrgica o una costumbre ceremonial. Designa un patrimonio litúrgico, teológico, espiritual y disciplinar, configurado también por la cultura y la historia de un pueblo. Por ello, bizantino describe principalmente una tradición eclesial, mientras que albanés identifica una herencia histórica, cultural y lingüística. Ambos elementos pueden coincidir, pero no son idénticos ni inseparables.3

