La tradición católica ha relacionado ciertos cuerpos de santos con una conservación extraordinaria: algunos cadáveres permanecen parcial o totalmente intactos durante un tiempo prolongado, y en determinados casos conservan una apariencia que no corresponde al proceso ordinario de descomposición.
Estos casos reciben tradicionalmente una consideración especial porque el cuerpo del santo fue instrumento de su vida cristiana y está destinado a la resurrección. La Iglesia conserva y venera las reliquias de los beatos y de los santos dentro de una disciplina destinada a proteger su autenticidad, su dignidad y su uso legítimo.
La incorruptibilidad de los santos, sin embargo, posee un carácter distinto de la incorruptibilidad de Cristo y de la preservación corporal de María. En los santos hablamos de un fenómeno observable en determinados restos mortales; en Cristo y en María hablamos de realidades vinculadas directamente al misterio de la Encarnación y a la Asunción.
Fenómeno extraordinario, no criterio automático de santidad
La conservación de un cuerpo no demuestra por sí sola que la persona haya vivido santamente o que goce de la visión de Dios. La Iglesia examina la vida, las virtudes, la fama de santidad, los escritos y otros elementos propios de una causa de beatificación o canonización. La investigación humana sobre la santidad de una persona nunca permite leer directamente la interioridad de su alma.
Por ello, la incorruptibilidad puede considerarse un signo que suscita reflexión o veneración prudente, pero no reemplaza el juicio eclesial sobre la vida cristiana. Tampoco la canonización depende de que el cuerpo permanezca incorrupto.
La Iglesia puede reconocer la santidad de una persona cuyos restos hayan experimentado una descomposición ordinaria. Del mismo modo, la conservación de un cuerpo no autoriza a rendir culto público a una persona que no haya recibido el reconocimiento eclesial correspondiente.