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Indiferentismo religioso

El indiferentismo religioso es la postura que considera irrelevante la verdad religiosa o sostiene que las religiones, pese a sus diferencias, tienen el mismo valor y pueden conducir indistintamente a la salvación. La Iglesia católica rechaza esa equiparación, pero distingue el indiferentismo del respeto a las personas, de la tolerancia civil y del derecho a la libertad religiosa.

Cuadro resumen[Datos abiertos]
NombreIndiferentismo religioso
CategoríaTérmino
DescripciónPostura que considera irrelevante la verdad religiosa o sostiene que las religiones tienen el mismo valor y conducen indistintamente a la salvación. El indiferentismo niega que el ser humano tenga el deber de buscar y practicar la religión verdadera, o sostiene que todas las religiones son igualmente verdaderas, buenas o falsas
Contexto HistóricoCondenado en el siglo XIX por los papas Gregorio XVI (Mirari vos, 1832) y Pío IX (Quanta cura y Syllabus, 1864).
EncíclicasMirari vos, Quanta cura
EnseñanzasLa Iglesia católica rechaza la equiparación de las religiones y sostiene que la verdad religiosa importa y la fe no es una preferencia subjetiva.
Personas relacionadasGregorio XVI, Pío IX
TemaRelativismo religioso, tolerancia religiosa, indiferencia religiosa, libertad religiosa.
TipoTérmino teológico

Tabla de contenido

Concepto y terminología

En sentido amplio, el indiferentismo niega que el ser humano tenga el deber de buscar y practicar la religión verdadera. La expresión también designa, en un sentido más específico, la opinión de que todas las religiones son igualmente verdaderas o buenas -o igualmente falsas- y, por tanto, indistintas en lo esencial.1,2

Conviene distinguir el indiferentismo de la indiferencia religiosa. El primero es una tesis sobre la verdad y el valor de la religión; la segunda describe la conducta de quien descuida sus deberes religiosos, crea o no que la religión sea necesaria. También difiere del indiferentismo político, expresión histórica empleada para describir una política estatal que trata a las religiones por igual ante la ley. Esa igualdad civil no implica por sí misma que todas las religiones sean igualmente verdaderas.1,3

Formas principales

Indiferentismo absoluto

El indiferentismo absoluto rechaza que exista una obligación fundamental de dar culto a Dios. Puede apoyarse en concepciones que niegan a Dios, reducen la divinidad a las fuerzas materiales o la identifican con una totalidad impersonal. También puede aparecer en formas de agnosticismo que consideran imposible alcanzar conocimiento cierto sobre Dios, o en el deísmo que admite un Dios personal pero niega que exija culto.1

La crítica católica parte de que la relación religiosa no es una preferencia sin consecuencias: expresa la relación de la persona con Dios y su obligación de responder a él. Desde esa perspectiva, negar toda relevancia a la religión no equivale simplemente a escoger una tradición distinta, sino a descartar la posibilidad de que la verdad sobre Dios obligue a la inteligencia y a la voluntad.1,4

Indiferentismo relativo

El indiferentismo relativo admite que la religión puede ser útil para la vida personal y social, pero considera que todas las religiones son igualmente válidas y agradables a Dios, con independencia de sus afirmaciones incompatibles. Una versión habitual sostiene que basta la sinceridad: cada persona podría permanecer en la religión recibida o cambiar a otra según su preferencia.1

La objeción católica no consiste en negar que otras religiones puedan contener verdades o que algunas personas actúen con sinceridad. Consiste en rechazar que la sinceridad vuelva equivalentes la verdad y el error, o que las diferencias doctrinales carezcan de importancia. Si dos religiones sostienen afirmaciones contradictorias sobre una misma cuestión, no pueden ser verdaderas en ese punto del mismo modo y al mismo tiempo.1

Enseñanza católica

La Iglesia sostiene que la verdad religiosa importa y que la fe no es una preferencia subjetiva fabricada a voluntad. La fe cristiana reconoce una revelación y una verdad que el ser humano está llamado a buscar y acoger; por ello, no considera intercambiables todas las creencias y formas de culto.4

La condena del indiferentismo tampoco permite concluir que la Iglesia considere equivalentes la libertad religiosa y la indiferencia doctrinal. La libertad religiosa civil protege a las personas frente a la coacción en materia de religión; no declara verdaderas todas las religiones ni resuelve por sí sola la cuestión de cuál es verdadera. Esta distinción permite afirmar a la vez la obligación de buscar la verdad y la protección de la libertad de las personas.3,5

Por la misma razón, rechazar el indiferentismo no exige tratar con hostilidad a quienes profesan otras religiones. Una cosa es juzgar que determinadas doctrinas son falsas; otra, distinta, es negar dignidad o respeto a quienes las sostienen. La crítica católica se dirige a la equiparación de la verdad y el error, no a la persona que busca a Dios o sigue su conciencia.2

Condenas y desarrollo histórico

El siglo XIX

En la encíclica Mirari vos (1832), Gregorio XVI condenó la opinión de que la salvación eterna pueda alcanzarse mediante cualquier profesión de fe con tal de mantener una conducta honrada. El documento relacionó esa postura con la pretensión de defender una libertad de conciencia entendida como indiferencia ante la verdad religiosa.6

Pío IX volvió sobre el asunto en Quanta cura (1864) y en las proposiciones del Syllabus asociadas a la encíclica. Entre las opiniones rechazadas figuraban que cada persona puede profesar la religión que estime verdadera, que cualquier culto puede conducir a la salvación o que el protestantismo constituye, sin diferencia sustancial, otra forma de la misma religión cristiana.4

Estas condenas se dirigían al indiferentismo y al relativismo religiosos: la negación de una verdad religiosa única y la equiparación de las religiones. En el debate histórico del siglo XIX, algunos autores vincularon esa equiparación con la libertad civil de culto; la interpretación teológica posterior distinguió entre sostener que todas las religiones son verdaderas y reconocer que las personas poseen un derecho civil a la libertad religiosa.3,5

Libertad religiosa e indiferentismo

La libertad religiosa no significa que todas las creencias tengan el mismo valor ante la verdad. Reconocer a personas de distintas religiones una protección civil frente a la coacción no obliga a afirmar que sus doctrinas sean igualmente verdaderas. Esta distinción entre el derecho de las personas y la evaluación de las creencias resulta central para evitar tanto el indiferentismo como la confusión entre la defensa de la verdad y la imposición civil de una religión.3

Por tanto, la condena del indiferentismo no puede reducirse a una condena de toda libertad religiosa. La cuestión doctrinal es la pretensión de que las religiones sean equivalentes o de que la verdad religiosa resulte indiferente; la cuestión civil es qué protección corresponde a la persona para buscar, profesar y practicar su religión sin coacción.3,5

Diferencias con otras actitudes

El relativismo religioso sostiene que no existe una verdad religiosa exclusiva o que las afirmaciones religiosas dependen enteramente de perspectivas particulares. El indiferentismo suele extraer de esa idea la conclusión práctica de que da igual qué religión se profese. Ambos conceptos están relacionados, pero no son idénticos: el relativismo describe una tesis sobre la verdad, mientras que el indiferentismo expresa la falta de importancia atribuida a las diferencias entre religiones.3

La tolerancia religiosa tampoco equivale necesariamente a indiferentismo. Una persona puede considerar falsa una doctrina y, a la vez, defender que quienes la profesan reciban respeto y protección civil. La indiferencia aparece cuando la tolerancia se convierte en la afirmación de que la verdad y el error religiosos tienen exactamente el mismo valor.2,3

Finalmente, la indiferencia religiosa práctica puede aparecer en personas que nunca han adoptado una teoría sobre la equivalencia de las religiones. Describe el abandono o descuido de la vida religiosa, no una doctrina sobre la verdad de los distintos credos.1

Relevancia contemporánea

El indiferentismo puede presentarse hoy como una forma de convivencia: para evitar conflictos, algunas personas consideran que todas las afirmaciones religiosas deben tenerse por igualmente válidas. Sin embargo, la convivencia pacífica y el reconocimiento de la libertad ajena no requieren afirmar que las religiones sean idénticas o que sus desacuerdos carezcan de importancia.7,3

Desde la perspectiva católica, el diálogo entre religiones exige respeto y atención a lo que cada tradición realmente enseña, pero no obliga a renunciar a la búsqueda de la verdad ni a ocultar las diferencias doctrinales. El indiferentismo surge cuando esa búsqueda se considera innecesaria y todas las religiones quedan reducidas a opciones equivalentes por el solo hecho de existir.1,2

Citas y referencias

  1. Indiferentismo religioso, Enciclopedia Católica, Indiferentismo religioso (1913). 2 3 4 5 6 7 8
  2. Tolerancia religiosa, Enciclopedia Católica, Tolerancia religiosa (1913). 2 3 4
  3. B2. La sustancia doctrinal de la condena de la libertad religiosa por Pío IX, Martin Rhonheimer. La «hermenéutica de la reforma» de Benedicto XVI y la libertad religiosa, 11 (2011). 2 3 4 5 6 7 8
  4. Fe, Enciclopedia Católica, Fe (1913). 2 3
  5. Martin Rhonheimer. La «hermenéutica de la reforma» de Benedicto XVI y la libertad religiosa, 24 (2011). 2 3
  6. Indiferentismo (contra Félicité de Lamennais) - De la encíclica «Mirari vos arbitramur», 15 de agosto de 1832, Heinrich Joseph Dominicus Denzinger. Las fuentes del dogma católico (Enchiridion Symbolorum), 2730 (1854).
  7. A. Aranda. Fe y nihilismo como actitudes existenciales, 11 (1992).
Modificado el 24 de septiembre de 2026 • FideScore™ 9.08 • Citar este artículo • Paq. Scorm (LMS) • Sugerir mejora • Compartir artículo • Imprimir artículo • Generar QR • Instalar aplicación • ark:28736/m3n6vctxf

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