Vida consagrada y forma institucional
El Instituto del Buen Pastor pertenece a la vida consagrada en su configuración de instituto femenino, con profesión de votos y vida comunitaria regulada por constituciones propias. La tradición histórica descrita para el instituto lo presenta como una comunidad de hermanas con régimen de oración y votos, con distinción de roles internos según su función y forma de pertenencia.
Distinción esencial: institutos religiosos femeninos y sociedades de vida apostólica clericales
La clasificación canónica de los «institutos de vida consagrada» y de las «sociedades de vida apostólica» muestra realidades distintas. En primer lugar, algunos modelos de vida apostólica nacen con gran variedad: ciertas sociedades no adoptan votos públicos, mientras otras asumen los consejos evangélicos con vínculos que la Iglesia reconoce públicamente.
El derecho y la reflexión canónica distinguen también el modo de pertenencia y la finalidad clerical. En particular, el criterio de «instituto clerical» se entiende ligado a la finalidad clerical y a la presencia del ejercicio del orden sagrado dentro del instituto: la categoría clerical requiere que el instituto asuma el ejercicio del orden sacro y sea gobernado por clérigos, de forma coherente con el proyecto del fundador o con la tradición legítima.
La reflexión doctrinal precisa, además, que el estado de vida consagrada no se identifica automáticamente con lo clerical o lo laical; la «clericalidad» clasifica al instituto en función del proyecto que acompaña su identidad jurídica y sus elementos esenciales, no en virtud de la condición sacramental de cada miembro considerada aisladamente.
En contraste, las sociedades de vida apostólica aparecen como otra vía de consagración o vinculación apostólica: la tradición canónica distingue que existen sociedades sin votos públicos que, aun así, orientan la vida al seguimiento apostólico y, por tanto, no encajan del todo bajo la categoría de instituto religioso.
Con esos criterios en la mente, el Instituto del Buen Pastor se comprende en la categoría de instituto religioso femenino: la estructura descrita para el instituto (claustro, hermanas de coro, hermanas laicas o «converse» y «Tourières», más la profesión con votos y un compromiso específico) no corresponde al perfil de una sociedad clerical orientada al ejercicio del orden sagrado.,