La teología católica tradicional distingue tres dimensiones en la Ley mosaica: los preceptos morales, los ceremoniales y los judiciales. Esta clasificación ayuda a comprender por qué la Iglesia afirma simultáneamente la continuidad de la moral bíblica y la superación de las ceremonias de la antigua alianza.
Preceptos morales
Los preceptos morales expresan exigencias fundamentales de la ley natural y de la voluntad de Dios. Ordenan la relación con Dios y con el prójimo, protegen la dignidad humana y orientan la conducta hacia el bien.
El Decálogo constituye la expresión principal de esta dimensión moral. Sus exigencias esenciales -adorar al único Dios, respetar a los padres, rechazar el homicidio, la adulterio, el robo, la mentira y la codicia- no quedan abolidas por la nueva alianza. Cristo las confirma, las purifica y las lleva a su plenitud interior mediante el amor y la gracia.
La superación del judaísmo ritual no significa relativismo moral. El cristiano no queda liberado de la ley moral, sino que recibe la gracia para vivirla desde el amor a Dios y al prójimo.
Preceptos ceremoniales
Los preceptos ceremoniales regulaban el culto de Israel: sacrificios, circuncisión, purificaciones rituales, distinciones alimentarias, fiestas, prescripciones sobre el Templo y otras prácticas propias de la antigua alianza.
Estas normas tenían un carácter profético. Apuntaban hacia Cristo, su sacrificio redentor, el sacerdocio nuevo y el culto espiritual de la Iglesia. Una vez cumplida la realidad prefigurada, las ceremonias mosaicas ya no pueden imponerse como obligaciones de la alianza vigente.
La tradición teológica admite que ciertos usos semejantes a los antiguos ritos puedan conservarse por costumbre, disciplina eclesiástica o razones culturales, siempre que no se practiquen como obligaciones de la Ley abrogada ni como medios necesarios de salvación.
Preceptos judiciales
Los preceptos judiciales regulaban la organización civil y penal de la sociedad israelita. Estaban vinculados a la existencia histórica de Israel como pueblo constituido políticamente en la tierra prometida.
Con la venida de Cristo y la universalización de la Iglesia, esas normas civiles dejaron de constituir el orden jurídico propio del pueblo de Dios. La Iglesia no es un Estado nacional regido por el código judicial de Israel, sino una comunidad universal formada por personas de todos los pueblos.
La distinción entre los tres tipos de preceptos evita dos errores opuestos: pensar que toda la Ley mosaica conserva exactamente la misma obligatoriedad o concluir que la nueva alianza elimina cualquier exigencia moral.