Justicia distributiva
La justicia distributiva es un concepto fundamental en la doctrina social católica que se refiere a la equitativa distribución de los bienes y recursos comunes en una sociedad. No se limita a la caridad, sino que es una exigencia moral que busca asegurar que todos los miembros de la sociedad tengan acceso a lo necesario para una vida digna, respetando la dignidad inherente a cada persona creada a imagen y semejanza de Dios. Este artículo explora la evolución histórica de este concepto en el Magisterio de la Iglesia, sus principios clave y su aplicación en el contexto contemporáneo.
Tabla de contenido
Desarrollo Histórico en la Doctrina Social Católica
La preocupación por una distribución justa de los bienes no es nueva en la enseñanza católica, aunque el término «justicia distributiva» y su desarrollo sistemático se han consolidado a lo largo de los siglos, especialmente con el surgimiento de la doctrina social de la Iglesia.
Primeras Reflexiones
Desde los primeros Padres de la Iglesia hasta los grandes teólogos medievales como Santo Tomás de Aquino, la reflexión sobre la propiedad y la distribución de los bienes siempre estuvo presente. Santo Tomás, por ejemplo, consideraba que Dios es el distribuidor de todas las perfecciones y que la justicia distributiva se refiere a lo que la comunidad debe a sus ciudadanos en proporción a su contribución y necesidades1. La justicia, como virtud social, implica dar a Dios y a cada persona lo que le corresponde2.
Rerum Novarum y el Nacimiento de la Doctrina Social
La encíclica Rerum Novarum de León XIII (1891) marcó un hito crucial al abordar la «condición de los obreros» y la injusticia social que afectaba a las masas trabajadoras3,4. En ella, el Papa León XIII enfatizó que el Estado tiene el deber principal de actuar con estricta justicia —la que se llama distributiva— hacia todas las clases por igual5. Subrayó que, aunque no todos contribuyen de la misma manera, los intereses de todos son iguales ante el Estado, y la administración pública debe velar por el bienestar de las clases trabajadoras para no violar la ley de justicia que ordena dar a cada uno lo suyo5,6. La encíclica también defendió la propiedad privada como un derecho fundamental, pero insistió en que debe estar al servicio del bien común y que el gobierno tiene el deber de proteger a los pobres y necesitados7,8.
Quadragesimo Anno y la Consolidación del Concepto
Cuarenta años después, Pío XI, en su encíclica Quadragesimo Anno (1931), profundizó en la cuestión de la justicia distributiva y la justicia social. El Papa Pío XI afirmó que a cada uno debe dársele su parte de los bienes, y que la distribución de los bienes creados debe ser efectivamente devuelta y ajustada a las normas del bien común, es decir, a la justicia social9. Denunció la enorme disparidad entre los pocos extremadamente ricos y la innumerable masa de desposeídos9. Enfatizó que la riqueza, que aumenta continuamente con el progreso económico y social, debe distribuirse de tal manera que se preserve intacto el bien común de toda la sociedad, prohibiendo que una clase excluya a la otra de la participación en los beneficios10.
Desarrollos Posteriores
Pío XII, en su mensaje radiofónico a los trabajadores españoles (1951), reiteró la importancia de una distribución más justa de la propiedad y denunció la situación social donde, frente a un pequeño grupo de privilegiados y riquísimos, hay una enorme masa popular empobrecida, aunque reconoció que siempre habrá desigualdades económicas11. Juan Pablo II, en un discurso a la juventud europea (1982), también hizo hincapié en la distribución equitativa de los bienes de la tierra, urgiendo a los cristianos a remediar las desigualdades que impiden a gran parte de la humanidad satisfacer sus necesidades más básicas12.
El Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (2004) resume que la justicia es un valor que acompaña el ejercicio de la virtud moral cardinal y que se traduce en la voluntad constante y firme de dar a Dios y al prójimo lo que les es debido13. Destaca la importancia de la justicia social como un desarrollo real de la justicia general, que regula las relaciones sociales según el criterio de la observancia de la ley, y que concierne a los aspectos sociales, políticos y económicos, así como a la dimensión estructural de los problemas y sus soluciones13.
Principios Fundamentales de la Justicia Distributiva
La justicia distributiva en la doctrina social católica se asienta sobre varios principios interconectados:
Distinción entre Justicia Conmutativa y Distributiva
Es importante distinguir la justicia distributiva de la justicia conmutativa. La justicia conmutativa regula las relaciones entre individuos, exigiendo una estricta igualdad en el intercambio de bienes o en el cumplimiento de contratos14. Por ejemplo, un precio justo por un producto de calidad es un ejemplo de justicia conmutativa2.
Por otro lado, la justicia distributiva regula lo que la comunidad debe a sus ciudadanos en proporción a su contribución y necesidades2. Asegura que ningún miembro de la sociedad sea privado del acceso a bienes y servicios básicos, como la seguridad social, la atención médica o las pensiones2. Mientras que la justicia conmutativa se enfoca en la igualdad de las partes en una transacción, la distributiva se centra en la proporción de los bienes comunes que se asigna a cada miembro de la sociedad, considerando sus méritos y necesidades15.
El Bien Común
El objetivo último de la justicia distributiva es la preservación y promoción del bien común9,10. El bien común no es simplemente la suma de los bienes individuales, sino el conjunto de condiciones sociales que permiten a las personas y a los grupos alcanzar su perfección de manera más plena y fácil. La autoridad pública tiene el deber de asegurar que las leyes e instituciones contribuyan al bienestar público y a la prosperidad privada, promoviendo los intereses de los pobres en virtud de su cargo16.
Dignidad de la Persona Humana
En el corazón de la justicia distributiva está el respeto por la dignidad inherente de cada persona17. Cada individuo, creado a imagen y semejanza de Dios, tiene derecho a lo esencial para una vida digna. Esto implica que las políticas sociales y económicas deben orientarse a garantizar que nadie sea excluido y que todos tengan la oportunidad de participar en la vida social y económica17.
Solidaridad y Subsidiariedad
Estos dos principios son esenciales para la aplicación de la justicia distributiva:
Solidaridad: Implica que todos los miembros de la sociedad deben sentirse responsables unos de otros, especialmente de los más vulnerables. La justicia distributiva no es caridad, sino una exigencia moral que busca la inclusión basada en la solidaridad y el amor14.
Subsidiariedad: Sostiene que las decisiones deben tomarse al nivel más bajo posible y que las estructuras sociales superiores deben apoyar a las inferiores sin absorber sus funciones. En el contexto de la justicia distributiva, esto significa que las comunidades y los individuos deben ser empoderados para contribuir al bien común, con el apoyo del Estado cuando sea necesario para garantizar una distribución justa18.
Aplicación en el Contexto Contemporáneo
En la actualidad, la justicia distributiva sigue siendo un desafío crucial. El Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia señala que el bienestar económico de un país no se mide solo por la cantidad de bienes producidos, sino también por la equidad en la distribución del ingreso, que debe permitir a todos el acceso a lo necesario para su desarrollo personal19. Se busca una distribución equitativa de los ingresos no solo con base en criterios de justicia conmutativa, sino también de justicia social, considerando la dignidad humana de quienes realizan el trabajo19.
Esto implica la implementación de políticas sociales adecuadas para la redistribución del ingreso, que tengan en cuenta tanto el mérito como la necesidad de cada ciudadano19. La Iglesia, por lo tanto, no solo predica la caridad, sino que exige una reestructuración de los sistemas económicos y sociales para que la justicia distributiva sea una realidad efectiva.
Conclusión
La justicia distributiva es un pilar fundamental de la doctrina social católica, que va más allá de la mera caridad para convertirse en una exigencia ética y moral. Desde las enseñanzas de Santo Tomás de Aquino hasta las encíclicas modernas, la Iglesia ha insistido en la necesidad de una distribución equitativa de los bienes y recursos, asegurando que cada persona tenga lo necesario para vivir una vida digna y participar plenamente en la sociedad. Este principio, arraigado en la dignidad de la persona humana y en la búsqueda del bien común, sigue siendo un llamado constante a la acción para construir una sociedad más justa y solidaria.
Citas
Christopher J. Malloy. De Lubac sobre el deseo natural: Dificultades y antítesis, § 31. ↩
Parte tercera - La vida de la Iglesia - IV. La sociedad transfigurada en la Iglesia (los mandamientos quinto, séptimo, octavo y décimo de Dios) - C. Las dimensiones sociales de la Iglesia - 3. Justicia social - A. Propiedad privada, justa administración, intercambio equitativo y distribución de bienes materiales, Sínodo de la Iglesia greco-católica ucraniana. Catecismo de la Iglesia Católica Ucraniana: Cristo – Nuestra Pascua, § 942 (2016). ↩ ↩2 ↩3 ↩4
Papa León XIII. Rerum Novarum, § 2 (1891). ↩
Papa León XIII. Rerum Novarum, § 3 (1891). ↩
Papa León XIII. Rerum Novarum, § 33 (1891). ↩ ↩2
Papa León XIII. Rerum Novarum, § 34 (1891). ↩
Papa León XIII. Rerum Novarum, § 38 (1891). ↩
Papa León XIII. Rerum Novarum, § 37 (1891). ↩
Papa Pío XI. Quadragesimo Anno, § 58 (1931). ↩ ↩2 ↩3
Capital y trabajo - De la misma encíclica, «Quadragesimo Anno», 15 de mayo de 1931, Heinrich Joseph Dominicus Denzinger. Las Fuentes del Dogma Católico (Enchiridion Symbolorum), § 3732 (1854). ↩ ↩2
Papa Pío XII. Radiomensaje a los trabajadores españoles (11 de marzo de 1951), § 2 (1951). ↩
Papa Juan Pablo II. A los jóvenes de Europa (30 de diciembre de 1982) - Discurso, § 5 (1982). ↩
D. Justicia, Pontificio Consejo Justicia y Paz. Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, § 201 (2004). ↩ ↩2
Capítulo I. Los principios para Mensuram Bonam - Doctrina social católica (DSC). Buenas medidas para la orientación y práctica del inversor. - Justicia social, La Pontificia Academia de Ciencias Sociales. «Mensuram Bonam». Medidas basadas en la fe para inversores católicos: un punto de partida y un llamado a la acción, § 23 (2022). ↩ ↩2
Justicia, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, §Justicia. ↩
Papa León XIII. Rerum Novarum, § 32 (1891). ↩
Robert John Araujo, S.J. Sobre la justicia social, el «discurso de Ratisbona» y Spe Salvi, § 3. ↩ ↩2
Russell Hittinger. La coherencia de los cuatro principios básicos de la doctrina social católica: una interpretación, § 40. ↩
Compendio de la doctrina social de la Iglesia, indefinido. Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, § 303 (2004). ↩ ↩2 ↩3