Dignidad de la persona
La persona humana constituye el criterio fundamental de la actividad económica. La producción, el comercio, las finanzas y las instituciones públicas deben orientarse al desarrollo integral de las personas y de las comunidades. La economía pierde su legitimidad cuando sacrifica seres humanos en nombre de la rentabilidad, la competitividad o el crecimiento.
La Iglesia concede prioridad al trabajo humano sobre el capital. El trabajo no vale solo por el resultado material que produce, sino porque expresa la actividad de una persona. Por ello, la organización económica debe proteger el empleo digno, la participación y los derechos de los trabajadores.
Destino universal de los bienes
La propiedad privada cumple una función social. La Iglesia reconoce su utilidad para proteger la libertad, estimular la responsabilidad y favorecer la iniciativa, pero niega que el derecho de propiedad permita utilizar los bienes contra las necesidades de los demás.
Los bienes de la tierra están destinados a todos. La acumulación de riqueza pierde legitimidad moral cuando excluye a otras personas de los recursos necesarios para vivir con dignidad. Esta convicción explica la tradición cristiana de la limosna, la justicia distributiva y la atención preferente a los pobres. San Pablo VI recordó, a propósito de san Ambrosio, que quien entrega al pobre no le concede simplemente algo propio, sino que restituye aquello que corresponde al necesitado.
Solidaridad
La solidaridad no consiste en una ayuda ocasional ni en una mera disposición sentimental. Expresa la responsabilidad común ante la interdependencia social y económica. Las decisiones de una empresa, de un banco, de un Gobierno o de un consumidor pueden afectar a trabajadores, familias y comunidades situadas a gran distancia.
La Iglesia pide unir siempre libertad y solidaridad. La libertad económica merece respeto y protección, pero no puede convertirse en un absoluto separado de las consecuencias sociales de las decisiones privadas.
Subsidiariedad
El principio de subsidiariedad protege la responsabilidad de las personas, las familias, las asociaciones, las empresas y las comunidades locales. Las instancias superiores no deben absorber injustificadamente las funciones que pueden desempeñar las inferiores.
Este principio tampoco justifica la pasividad de los poderes públicos. El Estado debe crear un marco jurídico e institucional justo, corregir abusos, proteger los derechos y promover las condiciones necesarias para el bien común. La intervención pública no debe destruir la iniciativa privada, pero tampoco puede abandonar a los débiles ante poderes económicos desproporcionados.,
Bien común
El bien común no equivale a la suma de intereses particulares ni al crecimiento económico de la mayoría. Comprende el conjunto de condiciones sociales que permiten a las personas y a los grupos alcanzar su perfección de manera adecuada. Incluye libertades fundamentales, participación, justicia, paz, educación, trabajo y protección de los más vulnerables.
La empresa, el mercado y el Estado deben orientarse al bien común. La búsqueda del interés particular puede producir resultados beneficiosos, pero no garantiza por sí sola una sociedad justa. El orden económico necesita instituciones y normas que armonicen legítimamente el interés privado con las necesidades de toda la sociedad.