La Octava de Navidad se define como una extensión privilegiada de la solemnidad principal de la Natividad, conforme a las normas universales del calendario litúrgico. Según el documento promulgado por el Papa Pablo VI, esta octava está organizada de manera específica para resaltar aspectos complementarios del misterio navideño:
La Natividad del Señor tiene su propia Octava, dispuesta así:
a. El domingo dentro de la Octava o, en su defecto, el 30 de diciembre, es la fiesta de la Sagrada Familia de Jesús, María y José;
b. El 26 de diciembre es la fiesta de San Esteban, protomártir;
d. El 28 de diciembre, los Santos Inocentes;
e. Los días 29, 30 y 31 de diciembre son días dentro de la Octava;
f. El 1 de enero, octava día de la Natividad del Señor, es la Solemnidad de Santa María, Madre de Dios, y también la conmemoración de la imposición del santísimo Nombre de Jesús.1
Esta disposición subraya que las dos mayores solemnidades, Pascua y Navidad, se celebran durante ocho días completos, cada octava regida por sus propias normas.2 En la liturgia actual, los oficios y misas de estos días mantienen el carácter festivo, con colores litúrgicos blancos y antífonas que prolongan el gozo de la Theotokos (Madre de Dios).

