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Lector

El lector en la Iglesia Católica es un ministro laico instituido o designado para proclamar las lecturas de la Sagrada Escritura, excepto el Evangelio, durante las celebraciones litúrgicas. Este ministerio tiene raíces antiguas en la Iglesia, evolucionando desde una de las órdenes menores hasta un ministerio laical reconocido, accesible tanto a hombres como a mujeres. La función del lector es crucial para la Liturgia de la Palabra, requiriendo una preparación cuidadosa que abarque aspectos bíblicos, litúrgicos y técnicos para asegurar una proclamación reverente e inteligible de la Palabra de Dios.

Tabla de contenido

Historia y Evolución del Ministerio del Lector

El ministerio del lector tiene una larga y venerable historia en la Iglesia Católica, con sus orígenes que se remontan a los primeros siglos del cristianismo1. La práctica de la lectura pública de los Libros Sagrados en la iglesia continuó la tradición judía1.

El Lector en la Iglesia Primitiva

Las primeras menciones de un lector cristiano se encuentran en los escritos de Justino Mártir alrededor del año 165 d.C. y en la homilía «II Clemente a los Corintios»1. En aquel entonces, la posición del lector era honorable y digna, exigiendo un nivel de educación superior al de muchos otros oficios eclesiásticos1. En los primeros siglos, el lector leía todas las lecciones litúrgicas, incluyendo la Epístola y el Evangelio1. La institución de los lectores se realizaba mediante oraciones y ceremonias, lo que reflejaba la creencia de que cada persona que desempeñaba un oficio para la Iglesia debía recibir una bendición y dedicación especiales1.

El Lectorado como Orden Menor

Con el tiempo, el lectorado se estableció como la segunda de las cuatro órdenes menores en la Iglesia Latina (ostiario, lector, exorcista, acólito)1. Sin embargo, su importancia disminuyó gradualmente a medida que el diácono asumió la lectura del Evangelio y el subdiácono la de la Epístola1. En las Iglesias Orientales, aunque se esperaba que un lector leyera estas lecciones, su oficio, como todas las órdenes menores, podía ser suplido por un laico1. El lectorado, en este contexto, se convirtió en un paso preparatorio para las órdenes mayores, más que en un ministerio con funciones litúrgicas significativas propias1,2.

Reformas del Concilio Vaticano II y Ministeria Quaedam

Tras el Concilio Vaticano II, el Papa Pablo VI, mediante el Motu Proprio Ministeria Quaedam (1972), revisó las prácticas relativas a los ministerios no ordenados en la Iglesia Latina. Este documento suprimió la tonsura y el subdiaconado, manteniendo el lectorado y el acolitado, pero ya no como órdenes menores, sino como ministerios instituidos3,4. Originalmente, estos ministerios estaban reservados exclusivamente a hombres2,4. Sin embargo, Ministeria Quaedam les otorgó autonomía y estabilidad, permitiendo que fueran conferidos a fieles laicos4.

Apertura a las Mujeres en el Ministerio Instituido

En 2021, el Papa Francisco, con la carta apostólica Spiritus Domini, modificó el canon 230 § 1 del Código de Derecho Canónico, abriendo los ministerios instituidos de lector y acólito también a las mujeres2,5. Esta decisión se basó en la reflexión de que la reserva a los hombres no pertenecía a la naturaleza propia de estos ministerios y que su apertura a ambos sexos manifestaría mejor la dignidad bautismal común de todos los miembros del Pueblo de Dios2. Se reconoció así la valiosa contribución que muchas laicas ya ofrecían a la vida y misión de la Iglesia2.

Funciones y Deberes del Lector

El lector desempeña un papel esencial en la Liturgia de la Palabra, siendo el proclamador de las lecturas de la Sagrada Escritura, con la excepción del Evangelio6,7.

Durante la Misa

Las responsabilidades específicas del lector durante la Misa incluyen:

Es importante destacar que la función de proclamar las lecturas es ministerial, no presidencial10. Por lo tanto, las lecturas deben ser proclamadas por un lector, mientras que el Evangelio lo proclama un diácono o un sacerdote distinto del celebrante10. Si no hay un diácono o un lector adecuado, el mismo sacerdote celebrante puede proclamar las lecturas10. Si hay varios lectores presentes, es recomendable que distribuyan las lecturas entre ellos, pero no es apropiado que varias personas dividan un solo elemento de la celebración, como la misma lectura, excepto en el caso de la Pasión del Señor11.

Otros Deberes

Más allá de la proclamación litúrgica, el rito de institución de los lectores también indica que su tarea es educar a niños y adultos en la fe y guiarlos a recibir los sacramentos dignamente12. Esto subraya la conexión del ministerio del lector con la catequesis y la formación en la fe12.

Formación y Preparación del Lector

Dada la importancia de la proclamación de la Palabra de Dios, la Iglesia enfatiza la necesidad de una preparación cuidadosa y adecuada para quienes ejercen el ministerio de lector13,14,15.

Tipos de Formación

La formación para los lectores debe ser integral, abarcando varios aspectos14:

Los obispos han elogiado las iniciativas diocesanas, de decanatos y parroquiales para proporcionar preparación y formación continua a los lectores, incluyendo días de retiro15. Estas actividades aseguran una proclamación reverente e inteligible de las Escrituras, permitiendo que el pueblo de Dios reciba abundantemente del tesoro de la Palabra de Dios15.

Cualidades del Lector

Aquellos que son encomendados con este oficio, incluso si no están instituidos formalmente, deben ser verdaderamente aptos y cuidadosamente formados14. La proclamación de la Palabra de Dios nunca debe realizarse de manera apresurada o descuidada, ya que los lectores son portadores privilegiados del don de la Palabra de Dios para el pueblo de Dios15.

Institución del Lector

La institución de los lectores es un rito litúrgico por el cual una persona es establecida permanentemente en este ministerio17.

Quién puede ser Instituido

Según el Código de Derecho Canónico, los laicos de edad adecuada y con las cualidades determinadas por decreto de la Conferencia Episcopal pueden ser asumidos establemente a los ministerios de lectores y acólitos mediante el rito litúrgico establecido17. El Papa Francisco ha clarificado que esta posibilidad se extiende a laicos de ambos sexos2. La institución no otorga derecho a sustento o remuneración por parte de la Iglesia17.

El Rito de Institución

La institución de los lectores es realizada por el obispo o por un superior mayor de un instituto religioso clerical, ya sea dentro de la Misa o en una celebración de la Palabra de Dios18. Después del Evangelio, el obispo se sienta y un diácono o presbítero convoca a los candidatos. Los candidatos responden «Adsum» (Presente) y se acercan al obispo. Luego, el obispo pronuncia una homilía, dirigiéndose a los candidatos y destacando su papel como relatores de la Palabra de Dios y su servicio a la fe18.

Es importante diferenciar entre ser un lector instituido y un lector designado temporalmente. Los laicos pueden cumplir la función de lector en acciones litúrgicas por designación temporal, incluso si no son lectores instituidos, cuando la necesidad de la Iglesia lo requiera y falten ministros17. Sin embargo, la institución confiere un carácter más estable y formal al ministerio.

Relación con las Órdenes Sagradas

Para los candidatos al diaconado permanente o transitorio, es un requisito haber recibido los ministerios de lector y acólito y haberlos ejercido durante un período de tiempo adecuado antes de su ordenación19. Esto subraya la importancia de estos ministerios laicales como pasos formativos en el camino hacia el sacerdocio.

Conclusión

El ministerio del lector en la Iglesia Católica es una vocación de gran importancia y dignidad. Desde sus orígenes en la Iglesia primitiva hasta las reformas contemporáneas, el lector ha sido un servidor de la Palabra de Dios, encargado de hacerla resonar en la asamblea litúrgica. La cuidadosa preparación bíblica, litúrgica y técnica, junto con un discernimiento adecuado, asegura que quienes ejercen este ministerio cumplan su función con reverencia y eficacia, permitiendo que la Palabra de Dios nutra la fe del pueblo de Dios14,15. La apertura de este ministerio a hombres y mujeres por igual subraya la dignidad bautismal común y el valioso aporte de todos los fieles laicos a la vida y misión de la Iglesia2.

Citas

  1. Lector, The Encyclopedia Press. Enciclopedia Católica, §Lector. 2 3 4 5 6 7 8 9 10

  2. Papa Francisco. Carta del Santo Padre Francisco al Prefecto de la Congregación (2021). 2 3 4 5 6 7

  3. Papa Juan Pablo II. Audiencia General del 13 de octubre de 1993, § 3 (1993).

  4. Capítulo II - La participación de los fieles laicos en la vida de la Iglesia como comunión - Los ministerios, oficios y funciones de los fieles laicos, Papa Juan Pablo II. Christifideles Laici, § 23 (1988). 2 3

  5. Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Carta de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos a los Presidentes de las Conferencias Episcopales sobre el Rito de Institución de Catequistas (3 de diciembre de 2021) (2021).

  6. Capítulo III los deberes y ministerios en la misa - III. Ministerios particulares - El ministerio del acólito y lector instituidos, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción General del Misal Romano, § 99 (2003). 2 3

  7. Capítulo IV las diferentes formas de celebrar la misa - I. Misa con pueblo - D. Deberes del lector - La liturgia de la palabra, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción General del Misal Romano, § 196 (2003). 2 3

  8. Capítulo IV las diferentes formas de celebrar la misa - I. Misa con pueblo - D. Deberes del lector - Ritos iniciales, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción General del Misal Romano, § 194 (2003).

  9. Capítulo IV las diferentes formas de celebrar la misa - I. Misa con pueblo - D. Deberes del lector - Ritos iniciales, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción General del Misal Romano, § 195 (2003).

  10. Capítulo II la estructura de la misa, sus elementos y sus partes - III. Las partes individuales de la misa - B. La liturgia de la palabra - Las lecturas bíblicas, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción General del Misal Romano, § 59 (2003). 2 3

  11. Capítulo III los deberes y ministerios en la misa - IV. La distribución de los deberes y la preparación de la celebración, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción General del Misal Romano, § 109 (2003).

  12. I. El ministerio del catequista, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Carta a los Presidentes de las Conferencias Episcopales sobre el Rito de Institución de Catequistas (3 de diciembre de 2021), § 9 (2021). 2

  13. Capítulo III los deberes y ministerios en la misa - III. Ministerios particulares - Otros ministerios, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Instrucción General del Misal Romano, § 101 (2003).

  14. Parte segunda: Verbum in ecclesia - La liturgia, ámbito privilegiado para la palabra de Dios - Proclamación de la palabra y ministerio del lector, Papa Benedicto XVI. Verbum Domini, § 58 (2010). 2 3 4 5 6 7

  15. Parte quinta - Vivir la palabra de Dios, Conferencias Episcopales Católicas de Inglaterra y Gales, y de Escocia. El Don de la Escritura, § 76 (2005). 2 3 4 5

  16. Apéndice I - Formación del clero para los medios de comunicación en documentos oficiales de la Iglesia (en orden cronológico), Congregación para la Educación Católica. Guía para la formación de los futuros sacerdotes sobre los instrumentos de comunicación social, §Apéndice I. 40 (1986).

  17. Título II. Las obligaciones y los derechos de los fieles cristianos laicos, Código de Derecho Canónico, § 230 (1983). 2 3 4

  18. Caput I de institutione lectorum, Sagrada Congregación para el Culto Divino. De Institutione Lectorum et Acolythorum de Admissione Inter Candidatos ad Diaconatum et Presbyteratum de Sacro Caelibatu Amplectendo (La institución de lectores y acólitos, la admisión de candidatos al diaconado y presbiterado, y el rito de abrazar el celibato sagrado). § 15. 2

  19. Capítulo II. De los que han de ser ordenados, Código de Derecho Canónico, § 1035 (1983).