Lex Orandi
Lex orandi, lex credendi (del latín «la regla de la oración es la regla de la fe») es una máxima teológica que expresa la íntima relación entre la liturgia y la doctrina en la Iglesia Católica. Según esta máxima, la forma en que la Iglesia ora y celebra sus sacramentos constituye un testimonio vivo de lo que cree; la oración litúrgica no solo refleja la fe, sino que también la forma y la ilumina. La expresión, cuya primera formulación se atribuye a San Próspero de Aquitania en el siglo V, ha sido desarrollada por la tradición patrística, el Magisterio y los documentos conciliares, y sigue guiando la interpretación y la reforma litúrgica contemporánea1.
Tabla de contenido
Origen histórico y desarrollo patrístico
Próspero de Aquitania y la formulación inicial
En el siglo V, Próspero de Aquitania, secretario del Papa Celestino I y amigo de San Agustín, redactó la frase completa ut legem credendi lex statuat supplicandi («que la regla de la fe sea establecida por la regla de la oración»)1. Esta formulación surgió en el contexto de controversias monásticas sobre la autoridad doctrinal y subrayó que la práctica de la oración podía revelar verdades de fe, como la doctrina del pecado original, a partir de la observación de los ritos de bautismo infantil1.
Uso patrístico y primeros testimonios
Los Padres de la Iglesia ya empleaban la liturgia como «testimonio de fe». En la Epístola 8 del Catecismo de la Iglesia Católica se recuerda que la Iglesia «cree como ora» y que la liturgia es un elemento constitutivo de la Tradición viva2. Asimismo, la Enciclopedia del Cristianismo Oriental señala que, para los ortodoxos, la liturgia cumple el papel que el Magisterio tiene en la Iglesia Latina, actuando como «regla de oración que revela la regla de fe»1.
Significado teológico
Relación bidireccional entre liturgia y doctrina
El Concilio Vaticano II, en Sacrosanctum Concilium, afirmó que la liturgia es «una expresión indispensable de la fe» y que su estudio permite comprender la lex orandi como fuente primaria para la lex credendi3. Sin embargo, el Magisterio tiene la autoridad final para interpretar la liturgia; la relación no es de subordinación unilateral, sino de interacción recíproca. El Papa Pío XII, en Mediator Dei, advierte contra la idea de que la liturgia sea «un laboratorio» para probar doctrinas, subrayando que la regla de la oración no determina por sí sola la regla de la fe, sino que la liturgia «puede aportar pruebas y testimonios valiosos» para la determinación doctrinal4,5.
El papel del Magisterio y del sensus fidelium
El Sensus fidei de los fieles, formado y nutrido en la celebración eucarística, actúa como «escucha» del Magisterio. El International Theological Commission destaca que la Eucaristía «modela y forma el sensus fidelium» y que, a través de ella, la Iglesia recibe la enseñanza de los obispos y concilios, reforzando la conexión lex orandi – lex credendi6. La Congregación para el Culto Divino, en la instrucción Redemptionis Sacramentum, recalca que la alteración no aprobada de textos litúrgicos «puede atenuar o eliminar ese vínculo necesario» entre oración y fe7.
Aplicación práctica en la vida eclesial
Traducción y normativa litúrgica
El Código de Derecho Canónico y la normativa de la Congregación para el Culto Divino exigen que la traducción de los textos litúrgicos principales – el Ordo Missae, las oraciones eucarísticas y el Credo – se realice con especial atención al principio lex orandi – lex credendi8. Esta precisión protege la integridad doctrinal y evita «cambios constantes» que debiliten la transmisión de la fe9.
Reforma litúrgica y continuidad doctrinal
Los documentos de la Iglesia postconciliar, como la Instrucción Redemptionis Sacramentum y los escritos de los Papas, orientan la reforma litúrgica a partir de la «teología litúrgica» o theologia prima, que ve la liturgia como la prime theology que da forma a la doctrina. El teólogo Thomas A. Baima afirma que la participación en la liturgia produce una lex credendi que corresponde al sensus fidelium y que, a su vez, genera una lex vivendi – una forma de vida cristiana coherente con la fe10.
Perspectiva ecuménica
Comparación con la tradición ortodoxa
En la tradición ortodoxa, la ausencia de un Magisterio centralizado hace que la liturgia sea el principal vehículo de transmisión doctrinal. Farrugia señala que, para los ortodoxos, «el papel del Magisterio es cumplido en gran medida por la liturgia»1. Esta diferencia subraya la universalidad del principio lex orandi – lex credendi, aunque su aplicación concreta varíe según la estructura eclesial.
Uso en debates doctrinales contemporáneos
El Papa Pío IX utilizó la liturgia para defender la Inmaculada Concepción en la bula Ineffabilis Deus (1854), citando la máxima como argumento de autoridad litúrgica11. De manera similar, el Concilio Vaticano II y los documentos posteriores continúan empleando la liturgia como «fuente de prueba» en la definición de dogmas, manteniendo la coherencia entre oración y creencia.
Conclusión
La máxima lex orandi, lex credendi constituye un pilar fundamental de la teología católica, al revelar la profunda interdependencia entre la oración litúrgica y la doctrina. Desde sus raíces patrísticas hasta la normativa actual del Magisterio, la expresión guía la traducción, la reforma y la vivencia cotidiana de la fe, asegurando que la oración no solo refleje lo que creemos, sino que también lo forme y lo ilumine para la Iglesia universal.
Citas
Lex orandi, lex credendi, Edward G. Farrugia. Diccionario Enciclopédico del Oriente Cristiano, §Lex orandi, lex credendi (2015). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
sección primera la economía sacramental, Catecismo de la Iglesia Católica, § 1124. ↩
Liturgia, Edward G. Farrugia. Diccionario Enciclopédico del Oriente Cristiano, §Liturgia (2015). ↩
Papa Pío XII. Mediator Dei, § 46 (1947). ↩
Papa Pío XII. Mediator Dei, § 48 (1947). ↩
Capítulo 3: El sensus fidei fidelium en la vida de la Iglesia - 2. El sensus fidei y el magisterio - A) el magisterio escucha al sensus fidelium, Comisión Teológica Internacional. Sensus fidei en la vida de la Iglesia, § 75 (2014). ↩
B3. ¿Es importante prestar atención a los abusos? , Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Presentación de «Redemptionis Sacramentum» (Sobre algunas cosas que deben observarse o evitarse con respecto a la Santísima Eucaristía) (2004). ↩
I. Normas y procedimientos - Responsabilidades y competencias de las conferencias episcopales - - El proceso de traducción, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Decreto por el que se da cumplimiento a las disposiciones del can. 838 del Código de Derecho Canónico, § 25 (2021). ↩
Intervención del arzobispo Domenico Sorrentino - Una experiencia de fe, misterio, comunión - Expresión de fe, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Comentario sobre la instrucción «Redemptionis Sacramentum» (2004). ↩
Thomas A. Baima. Cristianismo Increíble: Hacia una Apologética Post-Liberal para el Cristo Histórico, § 8. ↩
Ritos, La Prensa Enciclopédica. Enciclopedia Católica, §Ritos. ↩