En sentido canónico, se entiende por matrimonio mixto el matrimonio entre un católico y una persona no católica, incluyendo el caso de que la otra parte sea bautizada en una comunidad cristiana no católica. En la terminología clásica también se usa el término para designar uniones entre católicos y no creyentes o infieles, precisando la diferencia jurídica entre «disparidad de culto» y «religión mixta».2,3
Matrimonio mixto con un cónyuge bautizado no católico
Cuando el otro contrayente está bautizado (por ejemplo, en una confesión cristiana no católica), la Iglesia reconoce que esa persona puede estar en cierta comunión imperfecta con la Iglesia católica. En particular, se afirma que quienes creen en Cristo y han sido debidamente bautizados «están en una cierta, aunque imperfecta comunión» con la Iglesia católica.4,1
En este contexto, la disciplina canónica prevé un marco específico: la Iglesia no sitúa en el mismo plano el matrimonio entre católico y bautizado no católico y el matrimonio entre católico y persona no bautizada, precisamente por el grado distinto de comunión eclesial y sacramental.1
Matrimonio mixto con un cónyuge no bautizado (disparidad de culto)
Si la otra parte no está bautizada, aparece la llamada disparidad de culto (según la formulación clásica). En ese supuesto, el matrimonio del católico con un no bautizado no puede celebrarse válidamente sin lo que el derecho exige (dispensa y condiciones), y se insiste en una mayor circunspección por el riesgo de pérdida de la fe.3,2,1
