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Matrimonio natural

Matrimonio natural
Ayşegül Ferhat Kurtoğlu. Original, Yagmurdamlasi1967, CC BY-SA 4.0 📄

El matrimonio natural, en la enseñanza católica, se refiere a la unión conyugal entre un hombre y una mujer que cumple con los requisitos esenciales del matrimonio según la ley natural y la razón, independientemente de si los contrayentes están bautizados o no. Esta realidad natural, instituida por el Creador desde el principio, se caracteriza por su unidad y su ordenación al bien de los cónyuges y a la procreación y educación de la prole. Para los bautizados, este mismo pacto natural es elevado por Cristo a la dignidad de sacramento, pero la Iglesia reconoce la validez y la importancia del matrimonio natural como fundamento de la sociedad y como base sobre la cual se edifica el matrimonio sacramental.

Tabla de contenido

Fundamentos del Matrimonio Natural

La Iglesia Católica enseña que el matrimonio es una realidad natural, una verdad que puede ser discernida por la razón para el bien de la pareja y de la sociedad1. Esta comprensión se ve confirmada por la revelación divina, que vincula explícitamente la unión matrimonial con el «principio» de la creación, donde Dios creó al hombre y a la mujer y los unió para que «los dos se hagan una sola carne» (Gn 1:27; 2:24)1.

El matrimonio no es simplemente cualquier tipo de unión entre personas que pueda formarse según diversos modelos culturales1. Más bien, existe una inclinación natural profunda en el ser humano, tanto en el hombre como en la mujer, a unirse en matrimonio. Esta inclinación no es producto de la creatividad humana, sino que trasciende las diferencias históricas y culturales en sus características fundamentales1. Santo Tomás de Aquino explica que el matrimonio es natural no porque resulte de la necesidad de principios naturales, sino porque es una realidad a la que uno se inclina por naturaleza, aunque se concrete a través del libre albedrío1.

Propiedades Esenciales del Matrimonio Natural

El matrimonio natural posee propiedades esenciales que lo definen. Estas propiedades incluyen la unidad y la indisolubilidad2. La unidad implica que el matrimonio es la unión de un solo hombre y una sola mujer. La indisolubilidad significa que el vínculo matrimonial es permanente y no puede ser disuelto por la voluntad humana2.

Además de estas propiedades, el matrimonio está ordenado por su propia naturaleza a dos fines principales: el bien de los cónyuges (fin unitivo) y la procreación y educación de la prole (fin procreativo)3. El fin procreativo es fundamental, ya que la estabilidad y exclusividad del matrimonio se entienden en gran medida por el deseo y las exigencias de una comunidad procreativa, una familia4. La apertura a la procreación es un acto de justicia hacia el cónyuge, ya que no se entrega el don completo de uno mismo si se retiene la fecundidad4.

La sexualidad dentro del matrimonio natural abarca la totalidad del ser humano, cuerpo y alma, y debe ser una expresión de amor «plenamente humano» y «total»5. El acto conyugal debe respetar la conexión intrínseca entre su significado unitivo y procreativo, sin que uno separe deliberadamente estas dos dimensiones5,6.

Matrimonio Natural y Matrimonio Sacramental

Para las personas bautizadas, el pacto matrimonial natural es elevado por Cristo a la dignidad de sacramento3. Esto significa que, para los bautizados, un contrato matrimonial válido es, por ese mismo hecho, un sacramento2,3. Esta inseparabilidad del contrato matrimonial y el sacramento ha sido una enseñanza explícita del Magisterio desde al menos 18522.

La Iglesia enseña que el sacramento del Matrimonio tiene un elemento específico que lo distingue de otros sacramentos: es el sacramento de una realidad que formaba parte de la economía misma de la creación; es el pacto conyugal instituido por el Creador7,8. Por lo tanto, para identificar la realidad del matrimonio, tanto natural como sacramental, es necesario referirse a la realidad natural presentada en el Génesis7,8.

Aunque el matrimonio sacramental es una perfección en la gracia y un vínculo «más firme» que participa de la unidad indisoluble entre Cristo y su Iglesia, el matrimonio natural no es menos válido9. La Iglesia tiene un profundo respeto por el vínculo matrimonial natural10.

Diferencias y Conexiones

El Matrimonio Natural en la Sociedad

La Iglesia subraya la importancia del matrimonio natural como fundamento del verdadero bien de la sociedad y sus miembros13. Es fundamental que los hijos nazcan y sean educados en un hogar donde los padres estén unidos por un pacto fiel13.

Las uniones que no cumplen con las características esenciales del matrimonio natural, como las llamadas «uniones de hecho» o las uniones entre personas del mismo sexo, son consideradas por la Iglesia como alternativas que debilitan la institución matrimonial13. Estas uniones carecen del compromiso mutuo y de la apertura confiada a una vida futura juntos que el amor debe crear y que la ley debe garantizar13. Las uniones de hecho entre homosexuales son descritas como una «deplorable distorsión» de lo que debería ser una comunión de amor y vida entre un hombre y una mujer en un don recíproco abierto a la vida13.

La ley canónica de la Iglesia considera la realidad natural del matrimonio, describiendo su esencia entre personas bautizadas tanto en el momento del pacto conyugal como en el estado permanente de las relaciones conyugales y familiares14. La jurisdicción eclesiástica sobre el matrimonio es decisiva y protege los valores familiares14.

Conclusión

El matrimonio natural es una realidad intrínseca al ser humano, discernida por la razón y confirmada por la revelación divina. Es la unión de un hombre y una mujer, caracterizada por la unidad y la indisolubilidad, y ordenada al bien de los cónyuges y a la procreación y educación de la prole. Para los bautizados, este matrimonio natural es elevado a la dignidad de sacramento, pero su validez como institución natural es reconocida y valorada por la Iglesia. La comprensión del matrimonio natural es fundamental para la doctrina católica sobre el matrimonio y la familia, y para el orden social en general.

Citas

  1. Al tribunal de la Sagrada Rota Romana, Papa Juan Pablo II. Al Tribunal de la Sagrada Rota Romana (1 de febrero de 2001), § 4 (2001). 2 3 4 5

  2. Lawrence J. Welch y Perry Cahall. Un Examen del Papel de la Fe en el Consentimiento Matrimonial y las Consecuencias para el Sacramento del Matrimonio, § 6. 2 3 4 5 6

  3. Título VII. Matrimonio, Código de Derecho Canónico, § 1055 (1983). 2 3 4

  4. Guy Mansini y Lawrence J. Welch. Revelación, Ley Natural y Uniones Homosexuales, § 28. 2

  5. Andrzej Kuciński. Orden de la Naturaleza–Orden del Amor: Argumentos contra una (Mal-)Interpretación Naturalista de Humanae Vitae, § 4. 2

  6. Andrzej Kuciński. Orden de la Naturaleza–Orden del Amor: Argumentos contra una (Mal-)Interpretación Naturalista de Humanae Vitae, § 5.

  7. Al tribunal de la Sagrada Rota Romana, Papa Juan Pablo II. Al Tribunal de la Sagrada Rota Romana (1 de febrero de 2001), § 8 (2001). 2 3

  8. Lawrence J. Welch y Perry Cahall. Un Examen del Papel de la Fe en el Consentimiento Matrimonial y las Consecuencias para el Sacramento del Matrimonio, § 8. 2 3

  9. Lawrence J. Welch. La Iglesia que Puede y No Puede Cambiar de John T. Noonan: Una Evaluación, § 10. 2

  10. Lawrence J. Welch. La Iglesia que Puede y No Puede Cambiar de John T. Noonan: Una Evaluación, § 11. 2

  11. B3. Creación y redención - 3.7. Matrimonio civil, Comisión Teológica Internacional. Proposiciones sobre la Doctrina del Matrimonio Cristiano - Tesis Cristológicas sobre el Sacramento del Matrimonio, § 3.7 (1977).

  12. B4. La reciprocidad entre fe y matrimonio - 4.2. Una quaestio dubia: La cualidad sacramental del matrimonio de los «no-creyentes bautizados» - A) planteando la cuestión, Comisión Teológica Internacional. La Reciprocidad entre Fe y Sacramentos en la Economía Sacramental, § 143 (2020).

  13. Papa Juan Pablo II. A la 14ª Asamblea Plenaria del Pontificio Consejo para la Familia (4 de junio de 1999) - Discurso (1999). 2 3 4 5

  14. V - Matrimonio cristiano y uniones de facto - Matrimonio, la institución del amor conyugal y otros tipos de uniones, Pontificio Consejo para la Familia. Familia, Matrimonio y Uniones «de Facto», § 33 (2000). 2