Origen y características esenciales
El matrimonio natural es la institución que la ley natural reconoce como una unión permanente entre un hombre y una mujer, orientada al bien de los cónyuges y a la procreación y educación de los hijos1. Esta realidad se fundamenta en la creación (Génesis 1‑2) y en la razón humana, que percibe la necesidad de una comunión de vida y amor como parte del orden divino.
Valor para los no bautizados
Para los que no están bautizados, el matrimonio natural tiene valor legítimo y constituye un vínculo matrimonial válido a los ojos del Estado y de la sociedad civil, aunque no posee la dimensión sacramental que la Iglesia confiere a los bautizados2. El Consejo Pontificio para la Familia señala que el derecho natural es tomado en cuenta por la legislación eclesiástica, pero que la esencia sacramental se reserva a los fieles bautizados3.

